SAP León 91/2020, 28 de Febrero de 2020

PonenteCARLOS MIGUELEZ DEL RIO
ECLIES:APLE:2020:466
Número de Recurso287/2020
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución91/2020
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2020
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de LEON

SENTENCIA: 00091/2020

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

C/ EL CID, 20, LEÓN

Correo electrónico: scop.seccion2.leon@justicia.es

Equipo/usuario: MFR

Modelo: 213100

N.I.G.: 24115 41 2 2018 0005091

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000287 /2020

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de PONFERRADA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000199 /2019

Delito: ROBO CON VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN

Recurrente: Juan Antonio

Procurador/a: D/Dª ANTOLINA HERNANDEZ MARTINEZ

Abogado/a: D/Dª JOSÉ LUIS FERNÁNDEZ VÁZQUEZ

Recurrido: Carlos Ramón, Pedro Enrique, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª ALEJANDRO TAHOCES BARBA, JULIA SECO SOTELO,

Abogado/a: D/Dª ANA BEATRIZ GONZALEZ FOLGUERAL, MARIA PILAR FERNANDEZ RODRIGUEZ,

Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

La siguiente:

SENTENCIA Nº 91/2020

SEÑORES DEL TRIBUNAL:

D. MANUEL ÁNGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Presidente

D. TEODORO GONZÁLEZ SANDOVAL.- Magistrado

D. CARLOS MIGÚELEZ DEL RÍO.-Magistrado

En la ciudad de León, a 28 de febrero de 2020.

Visto ante esta Audiencia Provincial el presente Recurso de Apelación nº 287-2020, interpuesto en nombre de Juan Antonio, representado por la Procuradora Sra. Hernández Martínez y defendido por el Letrado Sr. Fernández Vázquez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Ponferrada de fecha 20 de diciembre de 2019, en el Procedimiento Abreviado nº 199/2019, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 8 de Ponferrada, seguido por un delito de robo con violencia e intimidación, habiendo sido parte apelada el Ministerio Fiscal y Ponente el Magistrado Carlos Miguélez del Río.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal de Palencia, con fecha 20 de diciembre de 2019, dictó Sentencia en la causa indicada, pronunciando el siguiente Fallo: " ABSOLVER a D. Pedro Enrique y a D. Carlos Ramón de toda responsabilidad criminal derivada de las presentes actuaciones. CONDENAR a D. Juan Antonio como autor responsable de un DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN COMETIDO EN ESTABLECIMIENTO ABIERTO AL PÚBLICO, concurriendo las circunstancias ATENUANTES DE DROGADICCIÓN y LA ANALÓGICA DE REPARACIÓN DEL DAÑO, a la pena de DOS AÑOS Y SIETE MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO durante el tiempo de la condena. Una vez firme la condena y siempre que esta se mantenga superior al año de prisión, procédase a sustituir la pena de prisión por la inmediata EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL del condenado, con la PROHIBICIÓN DE REGRESAR AL PAÍS EN UN PLAZO DE SEIS AÑOS. Procédase en fase de ejecución de sentencia a ofrecer el dinero que fue entregado por el condenado en el momento de su detención a la compañía de seguros que asumió el pago de la indemnización a la perjudicada, siempre y cuando no se hubiera dado a este dinero otro destino legal. Las costas procesales causadas se imponen al condenado".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia interpuso recurso de Apelación la defensa del condenado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solicitando la revocación de la sentencia apelada en lo relativo a su expulsión del territorio nacional.

TERCERO

Del recurso se dio traslado al Ministerio Fiscal, quien informó solicitando la confirmación de la resolución recurrida.

CUARTO

En los antecedentes de hecho de la sentencia anteriormente indicada se recogen las conclusiones definitivas formuladas por las partes y se relatan los hechos que la Jueza de Instancia estima probados, relato que se acepta por esta Salay que son los siguientes " Primero. El día 5 de noviembre de 2.018, sobre las 19:30 horas, Juan Antonio, consumidor habitual de sustancias estupefacientes, con el ánimo de obtener un enriquecimiento patrimonial ilícito accedió al supermercado COVIRAN, sito en la...

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