SAP Pontevedra 4/2020, 20 de Enero de 2020
Ponente | JUAN JOSE TRASHORRAS GARCIA |
ECLI | ES:APPO:2020:143 |
Número de Recurso | 29/2020 |
Procedimiento | Penal. Apelación procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 4/2020 |
Fecha de Resolución | 20 de Enero de 2020 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00004/2020
- ROSALIA DE CASTRO NÚM. 5
Teléfono: 986.80.51.19
Correo electrónico:
Equipo/usuario: JE
Modelo: N545L0
N.I.G.: 36006 41 2 2019 0001305
ADL APELACION JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000029 /2020 -L
Juzgado procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2 de CAMBADOS
Procedimiento de origen: JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000229 /2019
Delito: AMENAZAS (TODOS LOS SUPUESTOS NO CONDICIONALES)
Recurrente: Ángel Daniel, Dolores
Procurador/a: D/Dª ANA MARIA FERNANDEZ CHAMORRO, ANA MARIA FERNANDEZ CHAMORRO
Abogado/a: D/Dª JOSE MANUEL OCAMPO MARTINEZ, JOSE MANUEL OCAMPO MARTINEZ
Recurrido: Adriano
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª ALBERTO JOSE BARREIRO RODRIGUEZ
Procedimiento: APELACION JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000029 /2020
SENTENCIA 4/2020
Ilmo. Sr. MAGISTRADO D.JUAN JOSÉ TRASHORRAS GARCÍA
En PONTEVEDRA, a veinte de enero de dos mil veinte.
La Sala 002 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA ha visto en grado de apelación, de vista pública, el presente procedimiento seguido contra Ángel Daniel, Dolores y Adriano, siendo las partes en esta instancia como apelante Ángel Daniel e Dolores, y como apelado Adriano .
El Juez de JDO.PRIMERA INST. /INSTRUCCION nº 002 de CAMBADOS, con fecha 23 de septiembre de 2019 dictó sentencia en el Juicio de delitos leves del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.- Sobre las 16:58 horas del día once de junio de dos mil diecinueve Don Ángel Daniel se persona en las dependencias del puesto de la Guardia Civil de Sanxenxo para formular denuncia contra Don Adriano, dando cuenta de unos hechos que podrían ser constitutivos de un delito de amenazas.
Sobre las 17:18 horas del día once de junio de dos mil diecinueve Doña Dolores se persona en las dependencias del puesto de la Guardia Civil de Sanxenxo para formular denuncia contra Don Adriano, dando cuenta de unos hechos que podrían ser constitutivos de un delito de amenazas.
Sobre las 16:39 horas del día diez de junio de dos mil diecinueve Don Adriano se persona en las dependencias del puesto de la Guardia Civil de Sanxenxo para formular denuncia contra Don Ángel Daniel, dando cuenta de unos hechos que podrían ser constitutivos de un delito de amenazas".
La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:
"Se absuelve a Don Ángel Daniel de los hechos objeto de las presentes actuaciones, declarando de oficio las costas causadas.
Se absuelve a Don Adriano de los hechos objeto de las presentes actuaciones, declarando de oficio las costas causadas" .
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por Ángel Daniel e Dolores, que fue admitido en ambos efectos y, practicadas las diligencias oportunas, las diligencias fueron elevadas a este órgano judicial, donde se registraron, se formó rollo de...
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