STSJ Comunidad Valenciana 2821/2019, 26 de Noviembre de 2019

PonenteFRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
ECLIES:TSJCV:2019:6606
Número de Recurso2961/2018
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución2821/2019
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

COMUNIDAD VALENCIANA

Sala de lo Social

Recurso de suplicación 002961/2018

Ilmos/as. Sres/as.

Dª Francisco Javier Lluch Corell, presidente

Dª. Inmaculada Linares Bosch

Dª. Ana Sancho Aranzasti

En Valencia, a veintiseis de noviembre de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado la siguiente,

SENTENCIA NÚM. 002821/2019

En el recurso de suplicación 002961/2018, interpuesto contra la sentencia de fecha 01/06/2018, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 5 DE VALENCIA, en los autos 000323/2017, seguidos sobre invalidez, a instancia de MUTUA UNIVERSAL MUGENAT MUTUA, asistida por la letrada Dª. María José Boluda Castelló, contra D. Juan Miguel, asistido por el letrado D. Pedro José Perez Torres, CLECE SA, asistida por la letrada Dª. Cristina Vaño Valiente, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente MUTUA UNIVERSAL MUGENAT MUTUA, ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: " DESESTIMO la demanda promovida por MUTUA UNIVERSAL MUGENAT, MCSS Nº 10, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, D. Juan Miguel y CLECE SA, ABSOLVIENDO a los demandados de las pretensiones deducidas de contrario.".

SEGUNDO

En la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "1.- El trabajador demandado, D. Juan Miguel, nacido el día NUM000 -1979 y con DNI nº. NUM001, figura afiliado a la Seguridad Social con el n.º NUM002 y en situación de alta en el Régimen General en la fecha del hecho causante, siendo su profesión habitualespecialista carretillero en almacén y realizando tareas de operador de carretilla en almacén de ecoparque (Folio 67 del expediente administrativo y documental aportada por la empresa a los autos). 2.- El 22-10-2015, fechas en las que prestaba servicios laborales para la empresa CLECE SA, que tenía concertadas sus contingencias profesionales con MUTUA UNIVERSAL MUGENAT sufrió un accidente de trabajo al precipitarse desde 3 m de altura sufriendo policontusiones (parte de accidente de trabajo obrante como documento n.º 50 de la mutua). Tras el accidente acudió a la mutua el 23-10-2015 iniciando en la

misma fecha proceso de baja por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo con diagnóstico fractura vértebra cervical C-1 cerrada sin les cordón espinal (documento n.º 48 de la mutua) situación en la que permaneció hasta el 24-6-2016 en la que se emitió alta por curación o mejoría que permite trabajar (documento n.º 48 de la mutua). 3.- En fecha 27-6-2016 fue objeto de examen médico de retorno al trabajo por parte del Servicio de Prevención, en relación al puesto de carretillero, que apreciando a la exploración física en columna vertebral: limitación de la lateralidad cervical y limitación de la flexoextensión cervical, declaró al trabajador apto con las siguientes recomendaciones / limitaciones para el puesto de trabajo: "no puede operar con vehículos (puentes-grúa, grúas-torre,...) ni carretillas elevadoras, restringido a trabajar a nivel del suelo, pero puede subir escalera, no puede levantar pesos superiores a 15 kg". (Documento n.º 6 del trabajador). Asimismo el Servicio de Prevención emitió informe de 13-7-2016 estableciendo pautas de trabajo que se adaptaran a la aptitud con restricciones establecida en relación al puesto de trabajo limpiador carretillero: (documento n.º 7 del trabajador) TAREAS a realizar: Las tareas que a continuación se detallan, las realizará en la zona de Inyección en el interior de las Naves de SRG GLOBAL. Las zonas de limpieza son oficinas, baños, cantina y hall. En Matricería, despachos y varias salas contiguas. Las tareas a realizar serán: - Limpieza de suelos, fregado, mopeado de manera manual. - Limpieza y desempolvado de mobiliario y elementos decorativos, (mesas, estanterías, etc...). Para la limpieza de zonas altas como estanterías, armarios, etc.. podrá utilizar como medios auxiliares escaleras de mano de cinco peldaños. - Limpieza y desinfección de aseos. - Retirada de residuos, siempre con la ayuda de medios auxiliares, como es el carrito de limpieza, cubos con ruedas, etc.... Las bolsas de basura, no podrán alcanzar un peso superiora los 15kg. EQUIPO DE TRABAJO. - Útiles propios de limpieza (escoba, recogedor, mapa, fregona etc.) - Carro de limpieza, cubo de basuras con ruedas, etc. - Escaleras de mano (cinco peldaños) 4.- Instado por el trabajador expediente de incapacidad permanente ante el INSS y reconocido que fue, en fecha 13-9-2016se emitió informe de valoración médica en los siguientes términos: (Folio 67 y ss del expediente administrativo).". MANIFESTACIONES DEL INTERESADO. ANTECEDENTES. Expediente a instancia del interesado por accidente de trabajo Hombre de 36 años Sufrio una precipitacion desde 3 m de altura el 22-10-2015 con policontusiones, produciendose una FRACTURA DE APÓFISI ODONTOIDES CON SEPARACION Y RETROPULSION DE FRAGMENTO, FRACTURA MASA VETEBRAL DE ATLAS. (TAC 22-10-2015)El 23-10-2015 Rx Control se aprecian las fracturas estables con discreto edema intraoseo. Se intervino colocando un tornillo transodontomastoideo el 10-10-2015 JD H INTERNUTUAL FRACTURA VERTEBRA SIN LESION ESPINAL. (805) Evolucion sin alteraciones neurologicas, buena movilidad. TAC de contro. 20-1-2016 osteosintesis de fractura de odontoides de C1, aguja de kischner, que no se ha movilizado de posicion respecto al estudio previo._Consolidacion practicamente completa de masa lateral derecha de C1. En C2 persiste zona radiolucente. TAC 5-4-2016 persiste defecto radiolucente de 2 mm en extremo proxinial de odontoides, sin cambios. AFECTACION ACTUAL paciente seguÍa igual, por lo que fue dado de alta, quedando una limitacion de movilidad en rotaciones, lo que puede aconsejar cambio de puesto de trabajo dado el profesiograma. Aporta informe de a empresa de prevericion de riesgos laborales en que doras, restringido a trabajar. a nivel del suelo. indica que no puede operar con...

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