SJS nº 2 376/2019, 5 de Noviembre de 2019, de Burgos
Ponente | MARIA JESUS MARTIN ALVAREZ |
Fecha de Resolución | 5 de Noviembre de 2019 |
ECLI | ES:JSO:2019:7165 |
Número de Recurso | 301/2019 |
JDO. DE LO SOCIAL N. 2
BURGOS
SENTENCIA: 00376/2019
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
AVDA. REYES CATOLICOS S/N BURGOS (PLANTA 1ª-SALA VISTAS 1)
Tfno: 947284055
Fax: 947284056
Correo Electrónico:
Equipo/usuario: MBL
NIG: 09059 44 4 2019 0000899
Modelo: N02700
SAN SANCIONES 0000301 /2019
Procedimiento origen: /
Sobre: SANCIONES
DEMANDANTE/S D/ña: Norberto
ABOGADO/A: ROSA MARIA FERNANDEZ GONZALEZ
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
DEMANDADO/S D/ña: GONVARRI I. CENTRO DE SERVICIOS SL
ABOGADO/A:
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
SENTENCIA 376/19
En BURGOS, a cinco de noviembre de dos mil diecinueve.
D/Dª. MARIA JESUS MARTIN ALVAREZ Magistrado/a Juez del JDO. DE LO SOCIAL N. 2 tras haber visto el presente SANCIONES 0000301 /2019 a instancia de D/Dª. Norberto que comparece asistido de la Letrada Doña Rosa Maria Fernandez Gonzalez contra GONVARRI I. CENTRO DE SERVICIOS S.L., que comparece
representada por Don Cesar Pinilla Rodriguez y asistida del letrado Don Jesus Bal Frances EN NOMBRE DEL REY, ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA
D/Dª. Norberto presentó demanda en procedimiento de SANCIONES contra GONVARRI I. CENTRO DE SERVICIOS SL, en la que exponía los hechos en que fundaba su pretensión, haciendo alegación de los fundamentos de derecho que entendía aplicables al caso y finalizando con la súplica de que se dicte sentencia accediendo a lo solicitado.
Que admitida a trámite la demanda, se ha/n celebrado los actos de conciliación, y en su caso, juicio/el acto de juicio con el resultado que obra en las actuaciones .
En la tramitación de estos autos se han observado todas las prescripciones legales.
HECHOS PROBADOS
DON Norberto viene prestando servicios para la empresa GONVARRI I. CENTRO DE SERVICIOS S.L., con una antigüedad de 9 de junio de 1.987 ostentado la categoría profesional de GPSC y salario mensual bruto con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 3.979,52 €.
En fecha 20 de marzo de 2.019 la empresa demandada notificó al actor carta de sanción del tenor literal que obra como documento número 1 del ramo de prueba de la parte demandada, cuyo contenido se da por reproducido, habiendo cumplido la sanción del 25 al 29 de marzo de 2.019.
El demandante viene desarrollando su actividad para la empresa demandada en el puesto de trabajo del embalado de la Línea 480, que tiene fijado un objetivo genérico de producción de 110 rollos flejados, que es un objetivo que no ha sido acordado ni pactado con el Comité de Empresa ni se trata de un sistema establecido de medida científica del trabajo.
El demandante ha flejado los siguientes rollos durante los siguientes días:
- 25/02/2019: 23
- 26/02/2019: 84
- 27/02/2019: 75
- 28/02/2019: 106
- 01/03/2019: 58
- 04/03/2019: 48
- 05/03/2019: 72
- 06/03/2019: 88
- 07/03/2019: 92
- 08/03/2019: 77
- 11/03/2019: 102
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