SJS nº 2 314/2019, 4 de Noviembre de 2019, de Badajoz
Ponente | JUANA MARIA RODRIGUEZ GARLITO |
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2019 |
ECLI | ES:JSO:2019:7298 |
Número de Recurso | 37/2019 |
JDO. DE LO SOCIAL N. 2
BADAJOZ
SENTENCIA: 00314/2019
-C/ ZURBARAN N 10
Tfno: 924223140
Fax: 924255067
Correo Electrónico: social2.badajoz@justicia.es
Equipo/usuario: AML
NIG: 06015 44 4 2019 0000144
Modelo: N02700
DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000037 /2019
Procedimiento origen: /
Sobre: DESPIDO
DEMANDANTE/S D/ña: María Rosario
ABOGADO/A: ANTONIO SERRA MENA
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
DEMANDADO/S D/ña: EXCMO AYUNTAMIENTO DE DIRECCION000, Almudena, MINISTERIO FISCAL
ABOGADO/A: LETRADO AYUNTAMIENTO,,
PROCURADOR:,,
GRADUADO/A SOCIAL:,,
En BADAJOZ, a 4 de noviembre de 2019.
Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 2 Doña JUANA MARÍA RODRÍGUEZ GARLITO, los presentes autos número 37/2019, seguidos a instancia de María Rosario, contra
AYUNTAMIENTO DE DIRECCION000, Y Almudena, sobre DESPIDO, y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A Nº 314/19
ÚNICO.- Con fecha 16 de enero de 2019 tuvo entrada demanda formulada por María Rosario, contra AYUNTAMIENTO DE DIRECCION000, Y Almudena, con la intervención del MINISTERIO FISCAL sobre DESPIDO, y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES, y admitida a trámite se citó de comparecencia a las partes, vista que fue suspendida, convocándose nueva comparecencia y abierto el acto de juicio por S.Sª. las comparecidas manifestaron cuantas alegaciones creyeron pertinentes en defensa de sus derechos practicándose seguidamente las pruebas que fueron admitidas según queda constancia en el acta correspondiente, y finalmente manifestaron por su orden sus conclusiones.
En la tramitación de este proceso se han observado las prescripciones legales.
HECHOS PROBADOS
La actora Doña María Rosario, ha venido prestado servicios por cuenta y orden del AYUNTAMIENTO DE DIRECCION000, con una antigüedad 30 de junio de 2017 con la categoría profesional de Categoría 1-Gupo A2 y salario bruto mensual de 1904 euros, con inclusión de la parte proporcional de las pagas extras.
La actora inició la prestación laboral con la demandada por medio de contrato temporal de obra o servicio determinado suscrito el 30 de junio de 2017.
La actora fue despedida por el AYUNTAMIENTO DE DIRECCION000 en fecha 29 de diciembre de 2017 interponiendo demanda contra el despido solicitando la nulidad o subsidiariamente la improcedencia del despido, cuyo conocimiento correspondió al Juzgado de lo Social nº 4 de Badajoz (autos nº 76/2018) que en fecha 24 de agosto de 2018 dictó sentencia estimando la demanda y declarando la nulidad del despido de la trabajadora, condenando a la empresa a la inmediata readmisión de la trabajadora con abono de los salarios dejados de percibir.
Obra copia de dicha sentencia en las actuaciones dándose el contenido de la misma por reproducida a efectos de su incorporación a los hechos probados.
Interpuesto recurso de suplicación por el Ayuntamiento de DIRECCION000 fue desestimado por sentencia de la Sala de lo Social del TSJ de Extremadura de fecha 19 de noviembre de 2018.
Obra copia de dicha sentencia en las actuaciones dándose su contenido por reproducido a efectos de su incorporación a los hechos probados.
QUINT O.- En fecha 27 de septiembre de 2018 la Concejala Delegada de Recurso Humanos del Ayuntamiento de DIRECCION000 dicta resolución acordando la readmisión de la actora con fecha de efectos de 29 de diciembre de 2017., que se proceda a su alta en la Seguridad Social desde esa fecha, todo ello en cumplimiento de la sentencia referenciada
La actora recibió un mensaje de texto en su móvil el 21 de septiembre de 2018 con el siguiente contenido "Debe presentarse el lunes 24-09-2018 a las 8:00 en la Sección de Personal del Ayuntamiento de DIRECCION000 .
La actora compareció en el día y la hora indicado en la Sección de Personal no siendo recibida inmediatamente por la Concejala Delegada de RRHH Doña Almudena, la cual atendió antes a otros usuarios que estaban incluidos previamente en la agenda del día de la concejala.
La actora fue atendida por la Sra Almudena en torno a las 10:20 horas, se le indicó que debía comprobar las obras que hay en el parque, y que debía entregar informe sobre su labor diaria a la Concejala y al Delegado del Parque.
A la actora ese mismo día se le ubica provisionalmente, y así se le indica, junto a otros trabajadores del Ayuntamiento, en la segunda planta al lado de la impresora, disponiendo la actora de una mesa, una silla,
y ese mismo día el equipo de informática del Ayuntamiento le instaló ordenador, si bien la actora no podía acceder a internet porque no existían en el lugar puntos de conexión libres.
A la actora se le facilita por el Delegado del Parque una lista de obras al día siguiente de su incorporación.
La actora mientras no ha tenido conexión a internet ha entregado los informes grabados en un pen que le facilita la secretaria de la Concejala Delegada de RRHH.
La actora solicita el 25 de septiembre de 2018 reducción de jornada por cuidado de hijo (siendo el horario de trabajo de 9:15 a 13:30 horas, y acumulación de horas de lactancia (al final de la jornada laboral de 14 a 15 horas hasta el 13 de marzo de 2019), que le es concedida mediante resolución de la Concejala Delegada de RRHH dictada el 3 de octubre de 2018 en los términos interesados por la actora.
En fecha 27 de septiembre de 2018 la actora presenta escrito dirigido al Alcalde de DIRECCION000 en el que exponía que cuando se reincorporó a su puesto de trabajo tras la sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Badajoz la Concejala Delegada la tuvo esperando hasta las 10.20 horas, que antes de recibirla hizo pasar a un policía local que había llegado detrás que ella, que delante de la Secretaria le dijo que se iba a sentar en una mesa al lado de la impresora .porque se iba a ir a otro sitio, que se iba a dedicar a visitar las obras del parque, que antes de las 3 le tiene que enviar a ella y al Delegado del parque informe de lo que ha visto y hecho, que cuando se vaya no haga lo mismo que cuando se fue dejando el ordenador vacío, que no estaba ni la cuenta de su correo electrónico, que está pensando en demandarla por usurpación documental, que lo está valorando el departamento jurídico. Que le indica a la Concejala que no su correo está en copia en todos los correos importantes, que ha dejado copia impresa en todos los documentos.
Que la concejala le indica que le habían echado de otra empresa por engañar, que había entrado en el Ayuntamiento engañando, que la echaron porque engañaba y que ahora ha entrado por la puerta de atrás, que no cuenta con su confianza ni con la de nadie del Ayuntamiento, sólo de los que le han ayudado a llegar allí, que lo único que le pide es que le informe de todo, de todas las obras del ayuntamiento diariamente y ella y al Delegado del Parque.
Que cuando sale del despacho en la mesa indicada sólo hay un calendario, que a los pocos minutos la Concejala sale de su despacho y le pregunta que está haciendo, y le contesta que esperando un ordenador, que le señala la mesa de enfrente y le dice que use el teléfono y llame a Jesús, indicándoles su número, que éste no contesta, y reitera la llamada, que le contesta y Don Jesús le indica que está esperando un informe de la concejala porque tiene trabajadores que no quieren ponerse la ropa de trabajo, que le solicito un listado de obras visitar. Que la concejala le solicita información sobre la conversación, que le comenta lo de la ropa de trabajo y se le indica que lo haga y se lo pase, que la concejala le pregunta si tiene el listado de obras, si Jesús se lo va a enviar por correo electrónico, a lo que le contesta que no tiene acceso a internet, que el listado se lo va a entregar Don Jesús al día siguiente en persona por la mañana.
Que sobre las 12.20 se le instala ordenador, que el informático indica a la concejala en su presencia que no hay conexión a red en ese lugar, que comienza a elaborar informe, que la concejala le pregunta en qué está trabajando y le contesta que ya ha terminado el informe de lo que ha hecho que no lo puede imprimir ni enviar por e-mail. A las 14 horas se dirige a informática para preguntar si puede disponer de conexión a red y se le dice que en ese lugar no puede ser, que pregunta a Don Juan Francisco cómo solicitar el permiso de lactancia y reducción de jornada, que se le indica que a través del Registro General, que no lo puede hacer porque está cerrado.
Que el martes 25 de septiembre continúa sin conexión a red, que presenta las solicitudes en el registro general a las 10.30 horas.
Que el encargado general de obras le entrega el listado de obras, y le señala que ha detectado problemas en materia de riesgos laborales con los trabajadores bajo su responsabilidad, que le muestra los recibí de entrega de EPI's a sus trabajadores, que queda con él en que su encargado, Pio pasará por ella a visitar las obras al día siguiente, que le recoge a las 9.30 en el Ayuntamiento y le acompaña a las obras. Que redacta el informe que no puede imprimir ni enviar, que la...
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