STSJ Asturias 1767/2019, 25 de Julio de 2019

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2019:3237
Número de Recurso1058/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1767/2019
Fecha de Resolución25 de Julio de 2019
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01767/2019

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL - OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33044 44 4 2018 0003057

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001058 /2019

Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 503/2018

RECURRENTE/S D/ña Encarnacion :

GRADUADO/A SOCIAL: JAVIER HURLE MOSQUEIRA

RECURRIDO/S D/ña AYUNTAMIENTO DE OVIEDO

ABOGADO/A: DOMINGO VILLAAMIL GOMEZ DE LA TORRE AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DOMINGO VILLAAMIL GOMEZ DE LA TORRE, LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL,,,,

Sentencia núm. 1767/2019

En OVIEDO, a veinticinco de julio de dos mil diecinueve.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Presidente, Dª CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Dª CATALIÑA ORDÓÑEZ DÍAZ y Dª MARÍA DE LA ALMUDENA VEIGA VÁZQUEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO DE SUPLICACIÓN NÚM. 1058/2019, formalizado por el Graduado Social D. Javier Hurle Mosqueira, en nombre y representación de Dª Encarnacion, contra la sentencia número 92/2019 dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de OVIEDO en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 503/2018, seguido a instancia de la citada recurrente frente al AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, representado por el Letrado D. Domingo Villamil Gómez de la Torre, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Encarnacion presentó demanda contra el AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual dictó la sentencia número 92/2019, de fecha doce de febrero de dos mil diecinueve.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - La actora prestó servicios para el Ayuntamiento de Oviedo desde el 14 de febrero de 2000, como personal cedido por el Servicio Público de Empleo, entonces INEM, en el régimen de colaboración social conforme con los RD 1445/80 y 1809/86, con la categoría profesional de Ordenanza, siendo su centro de trabajo, los centros sociales.

    La relación inicial que finalizó el 26 de marzo de 2000, se prorrogó en los siguientes periodos:

    . Del 28 de septiembre de 2000 al 27 de septiembre de 2001.

    . Del 28 de marzo al 27 de septiembre de 2005

    . Del 28 de septiembre de 2005 al 27 de septiembre de 2006

    . Del 28 de septiembre de 2006 al 27 de septiembre de 2007

    . Del 28 de septiembre de 2007 al 27 de septiembre de 2008

    . Del 28 de septiembre de 2008al 27 de septiembre de 2009

    . Del 28 de septiembre al 31 de diciembre de 2009

    . Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010

    . Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011

    . Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012

    . Del 1 de enero al 24 de junio de 2013, fecha en que cesó por jubilación.

  2. - La categoría de Ordenanza se encuadra en el grupo C2 nivel 12 y le corresponde una retribución bruta mensual de 1.658,58€.

  3. - La actora suscribió un convenio especial con efectos al 29 de septiembre de 2008, siendo la cuota mensual abonada de 124,44€ en ese año, 126,13€ en el año 2009, 126,40 € en 2010, 127,13€ en 2011, 172,86€ en 2012 y 188,99€ en 2013 hasta junio de ese año en que fue de 151,11€.

  4. - El Inss le reconoció el derecho a una pensión de jubilación con efectos al 25 de junio de 2013 sobre una base reguladora mensual de 808,42€ en un 100%.

  5. - La actora presentó una reclamación ante el Ayuntamiento de Oviedo el 8 de marzo de 2018, en la que solicitó el reconocimiento de la existencia de relación laboral con efectos l 14...

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