SAP Sevilla 471/2019, 18 de Septiembre de 2019

PonenteCARLOS MARIA PIÑOL RODRIGUEZ
ECLIES:APSE:2019:1392
Número de Recurso4009/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución471/2019
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla

PRADO DE SAN SEBASTIAN S/N

Tlf.: . Fax:

N.I.G. 4108742C20160002954

Nº Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 4009/2018

Autos de: Familia. Divorcio Contencioso 672/2016

Juzgado de origen: JUZGADO MIXTO Nº4 DE SANLUCAR LA MAYOR

Negociado: 5N

Apelante: Rosalia

Procurador: ANTONIA MARIN CABALLERO

Abogado:

Apelado: Luciano

Procurador: SANTIAGO RODRIGUEZ JIMENEZ

Abogado:

SENTENCIA NÚM. 471

ILTMO SR. PRESIDENTE

DON MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA

ILUSTRISIMOS MAGISTRADOS SRES.

DON RAFAEL MARQUEZ ROMERO

DON CARLOS PIÑOL RODRIGUEZ

En la Ciudad de Sevilla a dieciocho de Septiembre de dos mil diecinueve.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio sobre DIVORCIO, procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de DON Luciano, que en el recurso es parte APELADA, representado por el Procurador Sr. RODRIGUEZ JIMENEZ contra DOÑA Rosalia, que en el recurso es parte APELANTE, representada por la Procuradora Sra. MARIN CABALLERO, es parte el MINISTERIO FISCAL.

.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 17 de Julio de 2017, que expresa literalmente en su parte dispositiva:"Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rodríguez Jiménez en representación de DON Luciano, contra DOÑA Bibiana DEBO DECLARAR Y DECLARO disuelto por divorcio el matrimonio de ambos cónyuges con todos los efectos legales inherentes a esta declaración, y sin hacer expreso pronunciamiento sobre sobre las costas procesales.

Se adoptan como consecuencia de este divorcio las siguientes medidas:

  1. - Se acuerda elevar a def‌initiva la medida provisional solicitada y que se acordó por Auto de fecha 20/12/2016, en la pieza separada que se formó al efecto, nº 672.01/2016 de este Juzgado consistente en f‌ijar como pensión de alimentos a cargo DE Teodosio a favor de su hija mayor de edad una pensión de 150 euros.

  2. - DOÑA Rosalia permanecerá en el uso u disfrute del domicilio y ajuar familiar sito en c/ DIRECCION000 NUM000 de Espartinas hasta que se proceda a la liquidación legal de gananciales.

  3. - Se establece una pensión compensatoria a favor de la demandada y a satisfacer por el actor Sr. Teodosio que queda f‌ijada en 400 euros mensuales por un periodos máximo de 2 años desde el dictado de la presente resolución".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta...

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