SAP Sevilla 471/2019, 18 de Septiembre de 2019
Ponente | CARLOS MARIA PIÑOL RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APSE:2019:1392 |
Número de Recurso | 4009/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 471/2019 |
Fecha de Resolución | 18 de Septiembre de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª |
Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla
PRADO DE SAN SEBASTIAN S/N
Tlf.: . Fax:
N.I.G. 4108742C20160002954
Nº Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 4009/2018
Autos de: Familia. Divorcio Contencioso 672/2016
Juzgado de origen: JUZGADO MIXTO Nº4 DE SANLUCAR LA MAYOR
Negociado: 5N
Apelante: Rosalia
Procurador: ANTONIA MARIN CABALLERO
Abogado:
Apelado: Luciano
Procurador: SANTIAGO RODRIGUEZ JIMENEZ
Abogado:
SENTENCIA NÚM. 471
ILTMO SR. PRESIDENTE
DON MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA
ILUSTRISIMOS MAGISTRADOS SRES.
DON RAFAEL MARQUEZ ROMERO
DON CARLOS PIÑOL RODRIGUEZ
En la Ciudad de Sevilla a dieciocho de Septiembre de dos mil diecinueve.
Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio sobre DIVORCIO, procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de DON Luciano, que en el recurso es parte APELADA, representado por el Procurador Sr. RODRIGUEZ JIMENEZ contra DOÑA Rosalia, que en el recurso es parte APELANTE, representada por la Procuradora Sra. MARIN CABALLERO, es parte el MINISTERIO FISCAL.
.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 17 de Julio de 2017, que expresa literalmente en su parte dispositiva:"Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rodríguez Jiménez en representación de DON Luciano, contra DOÑA Bibiana DEBO DECLARAR Y DECLARO disuelto por divorcio el matrimonio de ambos cónyuges con todos los efectos legales inherentes a esta declaración, y sin hacer expreso pronunciamiento sobre sobre las costas procesales.
Se adoptan como consecuencia de este divorcio las siguientes medidas:
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- Se acuerda elevar a definitiva la medida provisional solicitada y que se acordó por Auto de fecha 20/12/2016, en la pieza separada que se formó al efecto, nº 672.01/2016 de este Juzgado consistente en fijar como pensión de alimentos a cargo DE Teodosio a favor de su hija mayor de edad una pensión de 150 euros.
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- DOÑA Rosalia permanecerá en el uso u disfrute del domicilio y ajuar familiar sito en c/ DIRECCION000 NUM000 de Espartinas hasta que se proceda a la liquidación legal de gananciales.
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- Se establece una pensión compensatoria a favor de la demandada y a satisfacer por el actor Sr. Teodosio que queda fijada en 400 euros mensuales por un periodos máximo de 2 años desde el dictado de la presente resolución".
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta...
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