SAP Almería 506/2019, 16 de Julio de 2019

PonenteLAUREANO FRANCISCO MARTINEZ CLEMENTE
ECLIES:APAL:2019:935
Número de Recurso1055/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución506/2019
Fecha de Resolución16 de Julio de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

SENTENCIA 506/2019

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ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. LAUREANO MARTÍNEZ CLEMENTE

MAGISTRADOS:

Dª. MARIA DEL MAR GUILLEN SOCIAS

D. JUAN ANTONIO LOZANO LOPEZ

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En la Ciudad de Almería a 16 de julio de 2019.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, ha visto y oído en grado de apelación, Rollo nº 1055-18, los autos de Juicio Cambiario procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Roquetas de Mar, seguidos con el nº 407/13, entre partes, de una como actor-apelante la mercantil AGRICOLA FERVISA, SL, representada por el Procurador D. Salvador Martín Alcalde y dirigida por el Letrado D. Juan Salvador Ventura y, de otra, como demandada-apelada la mercantil AGRICULTURA ORGANICA LLANETES, SL, representada por el Procurador D. Diego Moreno Cortés y dirigida por la Letrada Dª. Josefa Ramos Márquez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Roquetas de Mar, en los referidos autos se dictó Sentencia con fecha 6 de mayo de 2014, cuyo Fallo dispone:

"Que estimando la oposición formulada por procurador Sr. Moreno Cortés, en nombre y representación de Agricultura Orgánica Llanetes, S.L frente a la demanda inicial de Proceso Especial Cambiario interpuesta por el procurador Sr. Martín Alcalde, en nombre y representación de la Agrícola Fervisa S.L., debo absolver y absuelvo a la parte demandada de pago de la cuantía reclamada sin expresa condena en costas.".

TERCERO

Contra la referida Sentencia y por la representación procesal de la parte actora cambiaria se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo correspondiente y seguido el recurso por sus trámites, habiéndose personado únicamente la recurrente, se señaló para Deliberación, Votación y Fallo el día 16 de julio de 2019, solicitando en su recurso la parte apelante se dicte sentencia que revoque la dictada por el Juzgado, y se estimen los pedimentos formulados en la demanda con imposición de costas a la parte contraria. La parte

apelada solicitó se dicte sentencia, que desestime el recurso presentado conf‌irmando íntegramente la dictada por el Juzgado de Primera Instancia, con expresa condena en costas a la parte recurrente.

CUARTO

En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Laureano Martínez Clemente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima la demanda de oposición formulada por la mercantil Agricultura Orgánica Llanetes, SL, (en adelante AOL) frente a la acción cambiaria deducida por la mercantil Agrícola Fervisa, SL, (en adelante AF) en reclamación de un pagare por importe de 11.806,29 euros emitido por la oposicionista, que resulto impagado a su vencimiento y que han generado unos gastos por devolución de 15 euros, que también se reclamaban junto al principal. Por lo tanto son antecedentes necesarios, AOL presentó demanda de oposición alegando inexistencia o falta de consumación de las relaciones comerciales, argumentando que el pagaré no obedecía a ninguna operación mercantil, habiendo sido librado únicamente como garantía de pago de una operación a realizar, que no llegó a materializarse. La sentencia de primera instancia estimó la demanda de oposición, al no haber quedado suf‌icientemente acreditada por la demandante cambiaria, AF, la conclusión de la operación que habilitaba el devengo de unos suministros para cuyo pago la mercantil AOL entregó el pagare y tampoco que esa falta de materialización tuviera su origen en una causa imputable a ella. La representación de AF presenta recurso de apelación invocando error en la aplicación de las reglas de la carga de la prueba del art. 217 de la LEC, en cuanto se le exige al demandante la carga de la prueba de la existencia y cumplimiento del negocio subyacente del pagaré, interesando que se revoque la resolución combatida y, en su lugar, se rechace la demanda de oposición planteada por el deudor, acogiendo en su integridad las pretensiones deducidas por la ahora apelante en su demanda de juicio cambiario. La parte apelada, en trámite de oposición al recurso, solicitó la conf‌irmación de la sentencia combatida.

SEGUNDO

La sentencia de primera instancia estima la demanda de oposición argumentando que AF no acredita suf‌icientemente la conclusión de la operación de suministro de mercancías que habilitaba el cobro, para cuyo pago la mercantil AOL entregó el pagaré. Entiende la recurrente que dicha resolución aplica de forma errónea las reglas de la carga de la prueba del art. 217 de la LEC en cuanto se le exige a ella la carga de la prueba de la existencia y cumplimiento del negocio subyacente del pagaré, cuando para el ejercicio de la acción cambiaria es suf‌iciente " la corrección formal del título cambiario ", como expresa el artículo 821.2 LEC, siendo quien se opone a ella a quien corresponde la prueba de las excepciones personales o extracambiarias, el recurso debe ser estimado.

Como recuerda la STS de 18-5-2012 nº 333/12: " las reglas de distribución de la...

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