SAP Barcelona 489/2019, 14 de Mayo de 2019

JurisdicciónEspaña
Número de resolución489/2019
Fecha14 Mayo 2019

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN VIGÉSIMA

Rollo Apelación penal nº 249/2018 -GH

NIG : 08101 - 43 - 2 - 2017 - 0503032

Procediemiento Abreviado núm.:305/2018

Juzgado: Juzgado Penal 17 Barcelona

S E N T E N C I A NÚM.: 489/19

Ilmos. Sres. Magistrados

Dª Mª DEL CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ

D. JAVIER HERNÁNDEZ GARCÍA

Dª CELIA CONDE PALOMANES

En Barcelona, a catorce de mayo de dos mil diecinueve

Visto por la Sección VIGÉSIMA de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto, en grado de apelación, el Procedimiento Abreviado núm.305/2018 Rollo de Sala Apelación penal nº 249/2018 -GH, sobre delito de Malos tratos en ámbito familiar procedente del Juzgado Penal 17 Barcelona habiendo sido partes, en calidad de apelante Florencia y Adolfo representado por el Procurador Oscar Berbegal Añon y MªSoledad Bestue Lozano y defendido por el Letrado Don Albert Forment Torrent y Ignacio Rueda Diaz de Rabago y en calidad de apelado MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado Ponente JAVIER HERNÁNDEZ GARCÍA quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal se dictó en el procedimiento de referencia, sentencia de la que trae causa el presente rollo, cuyo fallo establece: "Que he de CONDENAR y CONDENO a Adolfo como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar previsto y penado en el art. 153.1º, y del Código Penal, sin concurrencia de circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal, a la pena de PRISION DE NUEVE MESES Y UN DÍA, con la accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y con inhabilitación para el ejercicio del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de DOS AÑOS Y DOS DÍAS; y al pago de las costas procesales. Así mismo le PROHÍBO aproximarse a Florencia a una distancia inferior a MIL metros de su persona, domicilio o lugar de trabajo y de cualquiera que fuera el lugar en el que se hallare, por tiempo de UN AÑO, NUEVE MESES Y UN DÍA. En concepto de responsabilidad civil, Adolfo indemnizará a Florencia en la cantidad de 1260 euros por los perjuicios derivados de las lesiones causadas, incrementada

con el interés legal del art 576 LEC. Que he de ABSOLVER y ABSUELVO a Adolfo de los delitos de lesiones del art 147.1 y de amenazas en el ámbito familiar del art 171.4, ambos del Código Penal por los fue acusado".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia la parte apelante interpuso recurso de apelación, con apoyo en los argumentos que constan en el escrito presentado, dándose traslado a las demás partes con el resultado que obra en las actuaciones, que fueron remitidas a esta Audiencia para la resolución del recurso presentado.

HECHOS PROBADOS

Único: Se aceptan como tales, los así declarados en la sentencia. "Sobre las 20:15 horas del día 31 de agosto de 2017 el acusado, Adolfo, mayor de edad, sin antecedentes penales, se hallaba el domicilio familiar, sito en la CALLE000 nº NUM000, Esc NUM001, puerta NUM002 de DIRECCION000 y, al entablarse una discusión entre él y su esposa, Florencia, el acusado, con ánimo de menoscabar la integridad física de la Sra Florencia y de ejercer sobre ella una posición de dominio en el contexto de su relación, la siguió por el pasillo de la vivienda y, en presencia del hijo menor de ambos, Efrain, de diez años de edad y, tras agarrarla por detrás, le dio una patada que la hizo caer en el suelo, y después le dio una patada en la cabeza, que la hizo sangrar profusamente y varias patadas más por todo el cuerpo, al tiempo que le decía "te voy a matar". A consecuencia de estos hechos, Dª Florencia sufrió lesiones de carácter leve, consistentes:

- en región malar y periauricular, varias sufusiones hemorrágicas consecuentes a la agresión sufrida.

-hematoma en el brazo izquierdo.

-dos erosiones superf‌iciales en tórax derecho de 2,5 cm. de longitud aproximadamente.

-contusión parietal derecha, con dolor a la palpación.

-erosión de 2 cm. de longitud en el codo derecho.

-cefalea, dolor en brazo izquierdo y dolor a la apertura completa de la boca.

Dichas lesiones requirieron para su sanidad de una primera asistencia facultativa, tardando en curar 21 días impeditivos para el ejercicio de sus actividades habituales. La perjudicada reclama por los perjuicios derivados de dichas lesiones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Dos son los recursos que se interponen contra la sentencia de instancia. El formulado por el Sr. Adolfo y por la Sra. Efrain .

Su distinto alcance obliga a un análisis separado, iniciándolo por el que tiene mayor carga revocatoria que es el formulado por la representación del condenado en la instancia.

Este se funda en un motivo principal: el error en la valoración de la prueba. El recurrente considera que el cuadro probatorio arroja un resultado del todo insuf‌iciente para fundar sobre el mismo una sentencia condenatoria. En particular, se reprocha el "uso" incriminatorio que se realiza en la sentencia recurrida del testimonio de la denunciante, marcado por factores de incredibilidad tanto objetiva como subjetiva, y del hijo común sin tomar en cuenta su sugestibilidad atendida la edad y el contexto de grave crisis de la relación familiar. Apuesta probatoria que se realiza, además, sin analizar de forma adecuada y racional la versión de contrario que niega la realidad af‌irmada por aquellos y que es compatible además con las conclusiones periciales forenses. Ello, en opinión del apelante, obliga a privar a la prueba de cargo de toda fuerza incriminatoria lo que determina la entrada en liza del principio in dubio pro reo con la consecuencia en orden a declarar no probados los hechos de la acusación.

El motivo no puede prosperar. La valoración de la prueba producida, desde las facultades y los límites que...

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