SAP Segovia 156/2019, 19 de Marzo de 2019

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Marzo 2019
Número de resolución156/2019

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SEGOVIA

SENTENCIA: 00156/2019

Modelo: N10250

C/ SAN AGUSTIN Nº 26 DE SEGOVIA

-Teléfono: 921 463243 / 463245 Fax: 921 463254

Correo electrónico:

Equipo/usuario: EQC

N.I.G. 40194 41 1 2017 0001104

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000357 /2018

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de SEGOVIA

Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000132 /2017

Recurrente: COMUNIDAD PROPIETARIOS PLAZA000

Procurador: MARIA AZUCENA RODRIGUEZ SANZ

Abogado: ALFONSO ALVAREZ HERRANZ

Recurrido: MIRASIERRA SEGOVIANA SL

Procurador: MARTA BEATRIZ PEREZ GARCIA

Abogado: ELI SEBASTIAN MOLINA

S E N T E N C I A Nº 156 / 2019

C I V I L

Recurso de apelación

Número 357 Año 2018

Juicio Ordinario 132/2017

Juzgado de 1ª Instancia de

S E G O V I A Nº 3

En la Ciudad de Segovia, a diecinueve de marzo de dos mil diecinueve.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Ignacio Pando Echevarria, Pdte.; D. José Miguel García Moreno y Dª Mª Asunción Remirez Sainz de Murieta, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen seguidos a instancia de la Mercantil MIRASIERRA SEGOVIANA S.L.; contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA000 ; sobre juicio ordinario, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como apelante, la demandada, representada por la Procuradora Sra. Rodriguez Sanz y defendida por el Letrado Sr. Alvarz Herranz y como apelada, la demandante, representada por la Procuradora Sra. Pérez García y defendida por el Letrado Sr. Sebastián Molina y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Miguel García Moreno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de los de Segovia nº 3, con fecha veinticuatro de abril de dos mil dieciocho, fue dictada Sentencia, que en su parte dispositiva literalmente dice : "FALLO: ESTIMO íntegramente la demanda interpuesta por MIRASIERRA SEGOVIANA S.L, representada por la procuradora Sra. De Pérez García, contra LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA000 Nº NUM000 representada por la procuradora Sra. Rodríguez Sanz, y declaro la nulidad del acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios de dicha Comunidad de Propietarios en fecha 13 de enero de 2017, por el que se aprueban las cuentas declarando el derecho del propietario del local a percibir la parte proporcional a su participación en la Comunidad de Propietarios de la subvención recibida.

El pago de las costas procesales generadas en la presente instancia corresponde a la parte demandada."

SEGUNDO

Notif‌icada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios PLAZA000, se interpuso en tiempo y forma, recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por interpuesto el mismo para ante la Audiencia en legal forma, en base a lo establecido en el art. 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada en la Ley 37/2011 (BOE. 11 /10/2011), dándose traslado a la adversa y emplazándola para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado trámite en plazo, oponiéndose al mismo, se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes ante la misma.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo, turnado de ponencia y personadas las partes en tiempo y forma, señaló fecha para deliberación y fallo del citado recurso, y llevado a cabo que fue, quedó el mismo visto para dictar la resolución procedente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de la demandada (Comunidad de Propietarios de la PLAZA000 nº NUM000 de Segovia) ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Segovia en fecha 24 de abril de 2018, por la que, estimando la demanda interpuesta por la entidad mercantil "Mirasierra Segoviana S.L.", se declaró la nulidad del acuerdo de la Comunidad de Propietarios demandada objeto de impugnación y se declaró el derecho de la entidad demandante (titular de un local en el edif‌icio en régimen de propiedad horizontal) a percibir la parte proporcional de la subvención concedida a la referida Comunidad de Propietarios por el Ayuntamiento de Segovia.

El recurso de apelación de la parte demanda comprende dos alegaciones. En la primera de ellas se invoca la nulidad de la prueba practicada en primera instancia respecto de dos testigos (la técnica del Ayuntamiento de Segovia y la presidente de la Comunidad de Propietarios en su día), la primera por haber sido renunciada por la propia...

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