AAP Valencia 617/2020, 30 de Junio de 2020
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 617/2020 |
Fecha | 30 Junio 2020 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN QUINTA
VALENCIA
Avenida DEL SALER,14 2º
Tfno: 961929124
Fax: 961929424
NIG: 46102-41-2-2019-0002499
Procedimiento: Apelación Autos Instrucción [RAU] Nº 000682/2020- Dimana del Diligencias Previas [DIP] núm. 000557/2019
Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE QUART DE POBLET Apelante/s: Victorio
Procurador: FERRER FERRER, JOSE VICENTE
Letrado:
Apelado/s: MINISTERIO FISCAL
Procurador:
Letrado:
AUTO NÚM. 617/2020
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Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente/a
MARÍA BEGOÑA SOLAZ ROLDÁN
Magistrados/as
SONIA ALICIA CHIRINOS RIVERA (PONENTE)
PEDRO ANTONIO CASAS COBO
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En Valencia a treinta de junio de dos mil veinte
Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE QUART DE POBLET se tramitó Diligencias Previas [DIP] con el número 000557/2019, dictándose en fecha 4 de Febrero de 2020 Auto confirmando la declaración de sobreseimiento provisional, que fue notificado a las partes, y por el Procurador JOSE VICENTE FERRER FERRER en nombre y representación de Victorio se interpuso contra dicha resolución recurso de apelación.
Admitida que fue la apelación por el Juzgado de Instrucción, se puso la causa de manifiesto a las demás partes personadas, así como al Ministerio Fiscal, por un plazo común de cinco días para que pudiesen alegar por escrito dentro de dicho plazo lo que estimasen conveniente y para que presentasen los documentos justificativos de sus pretensiones. Transcurrido dicho plazo, fueron remitidas las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Incoado el presente rollo para la substanciación del recurso de apelación interpuesto, previa su deliberación, fueron entregados los autos a la Magistrada Ponente, D/ña. SONIA ALICIA CHIRINOS RIVERA, para que expresase el parecer del Tribunal.
Alega el recurrente falta de motivación suficiente del auto de sobreseimiento, puesto que a su juicio considera los argumentos del Auto recurrido en apelación, "superfluosde carácter procesal", no estando de acuerdo con la remisión que el Auto de febrero de 2020 hace al Auto que dio lugar al recurso de reforma.
El Ministerio Fiscal se opone al recurso, interesando la confirmación del Auto recurrido.
Procede la íntegra confirmación del Auto recurrido. Lo...
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