SAP Madrid 621/2019, 18 de Diciembre de 2019
Ponente | AMALIA DE SANTISIMA TRINIDAD SANZ FRANCO |
ECLI | ES:APM:2019:17312 |
Número de Recurso | 537/2019 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 621/2019 |
Fecha de Resolución | 18 de Diciembre de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Décima
c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 2 - 28035
Tfno.: 914933917,914933918
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2015/0216483
Recurso de Apelación 537/2019
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 01 de Madrid
Autos de Procedimiento Ordinario 1433/2015
APELANTE: D./Dña. Arturo y LA ESFERA DE PAPEL, S.L.
PROCURADOR D./Dña. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ GIL
APELADO: D./Dña. Aurelia y D./Dña. Bernardino
PROCURADOR D./Dña. JAVIER ZABALA FALCO
SENTENCIA Nº 621/2019
ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:
D./Dña. MARÍA ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
D./Dña. AMALIA DE LA SANTISIMA TRINIDAD SANZ FRANCO
D./Dña. JOSÉ IGNACIO ZARZUELO DESCALZO
En Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve.
La Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 1433/2015 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 01 de Madrid a instancia de D./Dña. Arturo y LA ESFERA DE PAPEL, S.L. apelantes - demandados, representados por el/la Procurador D./Dña. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ GIL y defendidos por Letrado, contra D./Dña. Aurelia y D./Dña. Bernardino apelados - demandantes, representados por el/la Procurador D./Dña. JAVIER ZABALA FALCO y defendidos por Letrado, con la intervención del Ministerio Fiscal; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 13/03/2019.
Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
VISTO, Siendo Magistrada Ponente Dña. AMALIA DE LA SANTISIMA TRINIDAD SANZ FRANCO
Por Juzgado de 1ª Instancia nº 01 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 13/03/2019, cuyo fallo es el tenor siguiente:
"Estimó la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Zavala Falcó en nombre de representación de Don Bernardino y Doña Aurelia, contra Don Arturo y la mercantil la Esfera de Papel SL, declaro haber lugar íntegramente la misma y en su virtud:
1) Declaro que la conducta desarrollada por la mercantil demandada y el director de la revista Cuche constituye una intromisión ilegítima en los derechos a la intimidad personal y familiar y la propia imagen de la menor de edad Inés,
2) Prohíbo a la mercantil demandada cualquier intromisión ulterior como la inserción, sesión, utilización, reproducción del reportaje la imagen de la menor contenida en el mismo en medios escritos como audiovisuales y digitales
3) Ordeno la destrucción de la fotografía vulnerada de los derechos de la menor de edad insertaban el reportaje Bernardino un padre de cine que constituye parte del objeto de la presente demanda
4) Condeno de forma solidaria ambos demandados a resarcir económicamente a Inés por los daños y perjuicios causados en la cantidad de 6000€.
Todo ello con expresa condena en costos a los demandados."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
Por providencia de esta Sección, de fecha 2 de diciembre de 2019, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 17 de diciembre de 2019.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por la representación de D. Bernardino y Dª Aurelia, como padres de la menor Inés se interpone demanda contra LA ESFERA DE PAPEL, titular de la revista CUCHÉ, y su director D. Arturo, en la que se ejercitan acción declarativa de vulneración del derecho fundamental a la intimidad y a la propia imagen del art. 7 de la LO 1/1982 de 5 de mayo de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, acumulada a la acción de reclamación de indemnización de daños y perjuicios, que cuantifican en
6.000 euros. Se fundamenta la demanda en la publicación realizada por la citada revista, en fecha 24 de julio de 2015, en su número 11 titulado "Santiago Segura, un padrazo de cine", en el que aparece una fotografía de la menor cogida de la mano de sus padres, tomada con teleobjetivo y sin permiso de éstos, con un pixelado tan leve y localizado que no cumple su función, ya que permite observar su rasgos faciales y reconocerla. También se indica que aparece el nombre de la menor, que no es un personaje público y el hecho de que pasee de la mano de sus padres no es un hecho de interés general.
En fecha 13 de marzo de 2019 se dictó sentencia por la Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Madrid, en la que se estima la demanda y declara: 1.- Que la conducta desarrollada por la mercantil demandada y el director de la revista Cuché constituye una intromisión ilegítima en los derechos a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de la menor de edad Inés . 2.- Prohíbe a la mercantil demandada cualquier intromisión ulterior como la inserción, sesión, utilización, reproducción del reportaje de la imagen de la menor contenida en el mismo en medios escritos como audiovisuales y digitales. 3.- Ordena la destrucción de la fotografía vulnerada de los derechos de la menor de edad insertada en el reportaje "Santiago Segura un padre de cine", y 4.- Condena de forma solidaria a ambos demandados a resarcir económicamente a Inés por los daños y perjuicios causados en la cantidad de 6.000 euros. Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a los demandados. Según la sentencia, se aprecia de las imágenes que el pixelado es insuficiente, ya que no impide el reconocimiento de la hija de los actores, ya que solo cubre la zona de los ojos permitiendo identificar el rostro de la menor. Se argumenta que se debe hacer una interpretación tuitiva en extremo del derecho a la propia imagen de los menores según las SSTC 134/99 y 127/03, que entronca con el art. 4 de la LO 1/96 de Protección Jurídica del Menor y se modifica en la LO 8/15 de 22 de julio sobre la Protección de la Infancia y la Adolescencia. En cuanto a la indemnización, conforme al art. 9-3 de la LO 1/1982, considera
ponderada la suma reclamada de 6.000 euros, atendiendo al quantum indemnizatorio en un supuesto de intromisión ilegítima a la intimidad de los menores, recogido por la jurisprudencia.
Por la representación de LA ESFERA DE PAPEL y D. Arturo se interpone recurso de apelación con base en el único motivo de error en la valoración de la prueba e inexistencia de intromisión en el derecho a la intimidad ni a la propia imagen de la hija menor de los...
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ATS, 17 de Febrero de 2021
...la sentencia dictada, con fecha 18 de diciembre de 2019, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 10.ª), en el rollo de apelación n.º 537/2019, dimanante de los autos de juicio ordinario en materia de protección de derechos fundamentales n.º 1433/2015 del Juzgado de Primera Instancia ......