SAP Barcelona 388/2019, 7 de Junio de 2019

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Barcelona, seccion 6 (penal)
Número de resolución388/2019
Fecha07 Junio 2019

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN SEXTA

Procedimiento Abreviado 12/2018

Diligencias Previas 1064/2014

Juzgado de Instrucción nº 3 Vilanova i la Geltrú

S E N T E N C I A

Tribunal

D. Jorge Obach Martínez

D. José Manuel del Amo Sánchez

D. José Luis Ramírez Ortiz

En Barcelona, a 7 de junio de 2019.

Vistos ante esta Sección, en juicio oral y público, los autos seguidos bajo el número arriba indicado en los que han intervenido como,

Acusación pública: el Ministerio Fiscal.

Acusación particular: la Agencia Tributaria, a través del Abogado del Estado.

Acusado: D. Belarmino, defendido por la Letrada Sra. Martínez Nogués y representado por la Procuradora Sra. Rodes Casas.

Acusado: D. Celestino, defendido por el Letrado Sr. Troyano Tiburcio y representado por el Procurador Sr. Ros Fernández.

Acusada: Dª. Fidela, defendida por el Letrado Sr. Gallego Gómez y representada por el Procurador Sr. Ribas Ferre.

Acusada: la mercantil Espacios de Ensueño, SL, habiendo intervenido a través de Dª. Fidela, defendida por el Letrado Sr. Gallego Gómez y representada por el Procurador Sr. Ribas Ferre.

Acusada: la mercantil Safeco Desarrollos Inmobiliarios, SLU, habiendo intervenido a través de D. Belarmino, defendida por la Letrada Sra. Martínez Nogués y representada por la Procuradora Sra. Rodes Casas.

Acusadas: la mercantil Agrupació de Recursos Inmobiliaris, SLU, habiendo intervenido a través de D. Belarmino, defendida por la Letrada Sra. Martínez Nogués y representada por la Procuradora Sra. Rodes Casas.

Ha sido ponente el magistrado D. José Luis Ramírez Ortiz, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa se inició por la remisión a esta Sección Sexta de las Diligencias Previas indicadas por el Juzgado de Instrucción; y efectuado el reparto correspondiente, se formó el oportuno Rollo, señalándose para la celebración del juicio, tras diversas suspensiones por los motivos que constan en autos, los días 4 y 5 de junio de 2019, con asistencia de todas las partes.

SEGUNDO

Tras la práctica de la prueba, el Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones provisionales y, en consecuencia, solicitó:

  1. La libre absolución de Dª. Fidela y de las mercantiles Espacios de Ensueño, SL, Safeco Desarrollos Inmobiliarios, SLU y Agrupació de Recursos Inmobiliaris, SLU.

  2. La condena de D. Belarmino y de D. Celestino como autores criminalmente responsables de un delito contra la Hacienda Pública con la agravación de la especial trascendencia o gravedad de la defraudación, en grado de tentativa, del artículo 305.1.b ) y 2 CP, en su redacción dada por LO 5/2010, de 22 de junio; o de los artículos 305 y 305 bis 1 a) CP, en su redacción dada por LO 7/2012, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad civil, a las penas de 2 años de prisión, multa de 4.582.800 euros, con 200 días de arresto sustitutorio en caso de impago, pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales durante un período de 3 años y 6 meses, así como al pago de las costas.

TERCERO

El Abogado del Estado modificó sus conclusiones provisionales y, en consecuencia, solicitó:

  1. La libre absolución de Dª. Fidela y de las mercantiles Espacios de Ensueño, SL, Safeco Desarrollos Inmobiliarios, SLU y Agrupació de Recursos Inmobiliaris, SLU.

  2. La condena de D. Belarmino y de D. Celestino como autores criminalmente responsables de un delito contra la Hacienda Pública con la agravación de la especial trascendencia o gravedad de la defraudación, en grado de tentativa, del artículo 305.1.b ) y 2 CP, en su redacción dada por LO 5/2010, de 22 de junio, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad civil, a las penas de 1 año y 6 meses de prisión, multa de 3.618.000 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de 4 meses de prisión, y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales durante un período de 2 años y 3 meses, así como al pago de las costas.

CUARTO

Las defensas de las personas acusadas solicitaron su libre absolución. Oídas aquéllas, se declararon los autos conclusos para sentencia.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

D. Belarmino era consejero delegado del grupo de sociedades pertenecientes a FERGO AISA, SA (en adelante, FERGO). Con la intención de conseguir dinero para financiar las empresas del grupo ideó y puso en práctica un plan que, entre otras cosas, permitía obtener indebidamente dinero de la Hacienda Pública a través de una devolución de IVA a solicitar por una tercera empresa. A tal efecto, con la colaboración consciente de D. Celestino, quien era entonces director de una sucursal de Caixa de Catalunya, instrumentó varias operaciones simuladas de compraventa de inmuebles entre sociedades, operaciones que generaron unas cuotas de IVA repercutido y soportado, sin ingresar en el Tesoro Público el repercutido, y exigiendo la devolución del IVA soportado. Para ello, se sirvió de las sociedades SAFECO DESARROLLOS INMOBILIARIOS, SLU (en adelante, SAFECO), AGRUPACIÓ RECURSOS INMOBILIARIOS, SLU (en adelante, AGRUPACIÓ) integradas en el grupo de empresas FERGO, así como de las sociedades PROMOTORA MENORQUINA 89, SAU (en adelante, MENORQUINA), y REDIAN SAU (en adelante, REDIAN), que, en el momento de los hechos estaban también integradas en FERGO, así como de ESPACIOS DE ENSUEÑO, SL (en adelante, ESPACIOS)

SEGUNDO

MENORQUINA y REDIAN inicialmente pertenecían a la familia de D. Primitivo (formada por éste, su cónyuge y sus dos hijos). En virtud de escritura pública de 7 de noviembre de 2011, dichas personas aportaron la totalidad de sus participaciones en las referidas empresas a FERGO como aportación no dineraria por la suscripción de nuevas participaciones de ésta en una operación de ampliación de capital. Y ello, entre otras condiciones, bajo la de que D. Belarmino fuera designado representante persona física del órgano de administración de las sociedades aportadas, así como la de que éste gestionara la liberación de los avales personales concedidos por los socios personas físicas aportantes realizando los actos necesarios para atender, negociar, aplazar o pactar los pagos y demás actos relativos a la masa de deudas existentes. No obstante, con posterioridad, por escritura pública de 7 de julio de 2012 se declaró la total extinción de los acuerdos por aportación no dineraria a FERGO y quedaron sin efecto los mismos por falta de cumplimiento de las condiciones convenidas.

La mercantil SAFECO se constituyó mediante escritura de fecha de 15 de diciembre de 2010 por FERGO, siendo consejero de esta última y representante de aquélla el Sr. Belarmino .

AGRUPACIÓ se constituyó mediante escritura de 25 de febrero de 1999 formando parte del grupo FERGO, siendo su representante el Sr. Belarmino .

En el momento de los hechos, respecto de MENORQUINA, REDIAN, SAFECO y AGRUPACIÓ, la persona física designada para actuar en representación de la persona jurídica administradora de las empresas era el Sr. Belarmino .

TERCERO

ESPACIOS se constituyó mediante escritura pública de fecha de 12 de julio de 2007. El 14 de diciembre de 2011, Dª. Fidela adquirió la totalidad de las participaciones sociales convirtiéndose en socia única. Desde el día 2 de octubre de 2007, la Sra. Celestino era formalmente la administradora única. No obstante, la gestión real y administración efectiva se realizaba desde el grupo FERGO por el Sr. Belarmino

, con el conocimiento y consentimiento de D. Celestino, padre de Fidela . Mediante escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2011, Fidela otorgó a su padre amplios poderes respecto de las fincas que luego se indicarán y que constituyen la base de las operaciones que dieron lugar en último término a la solicitud indebida de devolución a la Hacienda Pública.

El objeto social de ESPACIOS era la promoción inmobiliaria de edificaciones, encontrándose el domicilio fiscal en C/ Vilanova 16-18) de Cubelles en Barcelona. Sin embargo, desde el año 2007, la mercantil había permanecido inactiva, carente de medios materiales y personales y sin realizar actividad de ningún tipo, hasta las operaciones que se indicarán. Su capital social ha sido siempre de 3006 €.

CUARTO

Llevando a la práctica el plan diseñado para obtener financiación, en fecha 14 de noviembre de 2011 los Sres. Belarmino y Fidela, utilizando instrumentalmente a las personas jurídicas que luego se dirán, a través de sendas escrituras públicas, celebraron diversos contratos simulados de compraventa sobre inmuebles, que no respondían a ninguna necesidad real de ESPACIOS, que carecía de capacidad financiera para adquirir los inmuebles y operativa para destinarlos luego al tráfico inmobiliario, operaciones que generaron una cuota de IVA soportado, lo que permitía que ESPACIOS pudiera solicitar su devolución a la Hacienda Pública.

Así, la sociedad ESPACIOS, representada por el Sr. Fidela, merced a los poderes conferidos en fecha 11 de noviembre de 2011, adquirió las siguientes fincas:

  1. Fincas n° 25.087, 25.088 y 25.092 del Registro de la Propiedad n° 2 de Amposta, situadas en el término municipal de Alcanar (Tarragona), por el precio global de 1.330.000 € más IVA por 239,400 €, siendo vendedora la sociedad SAFECO, representada por el Sr. Belarmino . Esta sociedad había adquirido las fincas de Fergo Aisa SA mediante su aportación por suscripción de acciones por aumento de capital efectuado el 2 de febrero de 2011.

  2. Fincas n° 1.104, 2.162, 1.128, 2.605, 4.194 del Registro de la Propiedad de Illescas, situadas en el término municipal de Ventas, de Retamosa (Toledo) por el precio global de 3.190.000 €...

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