SAP Barcelona 418/2019, 6 de Junio de 2019

PonenteMARIA CARMEN HITA MARTIZ
ECLIES:APB:2019:8401
Número de Recurso138/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución418/2019
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN SEGUNDA

ROLLO APELACIÓN NÚM. 138/2019

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 280/2017

JUZGADO DE LO PENAL NÚM. 3 DE MANRESA

SENTENCIA Nº. 418/2019-MM

Ilmas. Srías.:

D. José Carlos Iglesias Martín

Dª. María Carmen Hita Martiz

Dª. Isabel Cámara Martínez

En Barcelona, a seis de junio de dos mil diecinueve

VISTO ante esta Sección el rollo de apelación nº. 138/2019, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el 7 de febrero de 2019 en el Juzgado de lo Penal nº 3 de los de Manresa en el Procedimiento Abreviado núm. 280/2017 seguido por un delito de estafa, falsedad en documento oficial, simulación de delito y defraudación de fluido eléctrico, contra María Teresa, Alvaro, Ambrosio, Adelaida

, Argimiro, Artemio, Aurelio Y Bruno ; siendo parte apelante el acusado, condenado en la instancia, Bruno, representado por el Procurador D. Xavier Armengol Medina y defendido por el Letrado D. Víctor Merino Pérez, parte apelada el Ministerio Fiscal y la Acusación Particular, UNIVERSAL BARCAUL SL, representada por el Procurador D. Albert Sentías Torrents y asistida del Letrado D. Mariano Tafalla Radigales; y actuando como Magistrada Ponente Dª. María Carmen Hita Martiz, quien expresa el parecer unánime del Tribunal, previa deliberación y votación.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal número 3 de Manresa y con fecha 7 de febrero de 2019 se dictó Sentencia que contiene los siguientes hechos probados:

PRIMERO

Son acusados María Teresa, Alvaro, Ambrosio, Adelaida, Argimiro, Artemio, Aurelio, y Bruno, todos ellos mayores de edad y sin antecedentes penales.

El que fuera acusado Nicanor falleció en fecha 25 de marzo de 2018, habiéndose dictado autor de extinción de responsabilidad penal en fecha 2 de mayo de 2018.

SEGUNDO

En fecha indeterminada, pero en todo caso durante el año 2009, el acusado Bruno acudió al taller OSONA TRUCK, situado en la localidad de Gurb, partido judicial de Vic, con la tractora de su propiedad accidentada en Italia de marca DAF con nº de VIN NUM000 y con matrícula ....YND . En el taller, el acusado Argimiro, siguiendo las órdenes de los propietarios del taller y también acusados María Teresa y Alvaro, y teniendo pleno conocimiento de ello y actuando de común acuerdo los cuatro acusados, procedió a extraer de una tractora marca DAF modelo 95.430 del taller con una radial su numero VIN NUM001 y su matrícula ....RFN

, haciendo lo propio de la tractora accidentada del acusado Bruno, y coloco a la tractora del taller la matrícula y el VIN de la tractora accidentada, de manera que se creaba la apariencia de la existencia de una tractora que en realidad no existía. Posteriormente, Bruno actuando de consuno con Nicanor y Aurelio, con ánimo de ilícito enriquecimiento, procedieron a vender la tractora a la empresa UNIVERSAL BARCAUL S.L. de Zaragoza, desconociendo ésta última la modificación realizada, procediendo a pagar por ello la cantidad de 12.000 €.

TERCERO

En fecha indeterminada, pero en todo caso durante el año 2011, el acusado Artemio acudió al taller OSONA TRUCK regentado por los hermanos Alvaro María Teresa, al efecto de deshacerse de una tractora y respecto de la que pendía un contrato de arrendamiento financiero con la empresa DE LAGE LANDEN BV INTERNACIONAL de cuyas cuotas no podía hacer frente, con número de VIN NUM002 y con matrícula

....DQR, cuyo valor era superior a 400 €. El acusado Ambrosio y su mujer Adelaida, acudieron al taller OSONA TRUCK al efecto de conseguir una tractora con menos kilómetros y manteniendo su número VIN y matrícula. Argimiro, siguiendo las órdenes de los hermanos María Teresa Alvaro y con conocimiento de los otros tres acusados, procedió a extraer de la tractora de Artemio su matrícula y número VIN e hizo lo propio de la tractora de Ambrosio que tenía un número VIN NUM003 y matrícula ....HKX . De esta manera procedió a colocar el número VIN y la matrícula del camión de Ambrosio al de Artemio, que tenía muchos menos kilómetros. La tractora nueva se puso a nombre de la acusada Adelaida .

CUARTO

El acusado Artemio, con la intención de no pagar las cuotas de arrendamiento financiero con la empresa DE LAGE LANDEN BV INTERNACIONAL denunció ante la autoridad policial el robo de la tractora y de dos semirremolques en fecha 9 de marzo de 2010, teniendo conocimiento de que ello no había acaecido y provocando con ello la incoación de las Diligencias Previas número 283/2010, del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 4 de Vic. Como consecuencia de dicha denuncia, el acusado Artemio cobró de GENERALI SEGUROS la cantidad de 43.812,86 €

QUINTO

María Teresa y Alvaro, con el ánimo de no abonar las cuotas respectivas, no dieron de alta los contadores de la nave de la empresa OSONA TRUCK de la que eran propietarios en la calle Narcis Monturiol, causando un perjuicio a ENDESA distribución cuantificado en 65.752 kWh y valorado en 8.226,12 euros, que fueron pagados por OSONA TRUCK a ENDESA en doce mensualidades de 685,47 euros cada una durante los años 2014 y 2015.

SEXTO

Argimiro confesó anto los Mossos d'Esquadra los hechos, provocando con ello el inicio de estas diligencias, antes de que se hubiera iniciado cualquier investigación respecto de estos hechos.

SEPTIMO

En fecha 23 de marzo de 2018 los acusados María Teresa, Alvaro, y Artemio hicieron entrega a la compañía aseguradora GENERALI de la suma de 25.000 euros, dándose la referida aseguradora por indemnizada y apartándose del procedimiento.

OCTAVO

El dia de la vista los acusados Alvaro y María Teresa hicieron entrega a UNIVERSAL BARCAUL S.L. de la suma de 3.000 euros, rebajando dicha sociedad su reclamación de 12.000 euros a 9.000 euros.

Y en la parte dispositiva de dicha se dice literalmente:

Que DEBO CONDENAR Y CONDENO

  1. - Al acusado Argimiro, como autor de dos delitos de falsificación en documento oficial, con la atenuante de confesión, a la pena, por cada uno, de 3 meses de de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 4 meses con una cuota diaria de 5 euros (total 600 euros) y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, mas costas procesales.

  2. - Al acusado Alvaro, como autor de dos delitos de falsificación en documento oficial y un delito de defraudación de fluido eléctrico, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando la imposición por cada uno de los primeros la pena de 6 meses de de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 6 meses con una cuota diaria de 5 euros (total 900 euros), y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y por el segundo la pena de 3 meses de multa con una cuota diaria de 5 euros (total 450 euros) y responsabilidad personal subsidiaria en caso de...

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