STSJ Canarias 330/2019, 20 de Mayo de 2019
Ponente | JAIME BORRAS MOYA |
ECLI | ES:TSJICAN:2019:4190 |
Número de Recurso | 147/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 330/2019 |
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 2019 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
? Sección: JBM
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA
Plaza San Agustín s/n
Las Palmas de Gran Canaria
Teléfono: 928 30 64 80
Fax.: 928 30 64 86
Email: s1contadm.lpa@justiciaencanarias.org
Procedimiento: Recurso de apelación
Nº Procedimiento: 0000147/2018
NIG: 3501645320160002039
Materia: Otros actos de la Admon
Resolución:Sentencia 000330/2019
Proc. origen: Recurso de apelación Nº proc. origen: 0000091/2018-00
Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda de Las Palmas de Gran Canaria
Demandante: Alejo ; Procurador: MARIA CRISTINA SOSA GONZALEZ
Demandado: SERVICIO CANARIO DE SALUD
Codemandado: Emilia ; Procurador: ALEJANDRO VALIDO FARRAY
Testigo-perito: Apolonio
Testigo-perito: Arturo
SENTENCIA
Ilmos. Sres.
Presidente: Don César García Otero.
Magistrados: Don Jaime Borrás Moya.
Doña Inmaculada Rodríguez Falcón.
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de mayo de 2.019.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº.147/2.018, apelación, en el que son partes, como apelante, Alejo, representado por la Procuradora Sra. Sosa González, y como apeladas, la Comunidad Autónoma de Canarias, representada por la letrada de sus servicios jurídicos, y Emilia, representada por el Procurador Sr. Valido Farray, versando la misma sobre impugnación de sentencia desestimatoria de recurso contra Orden del Consejero de Sanidad desestimando alzada contra resolución denegando solicitud de cambio de oficina de farmacia.
.
Mediante sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cuatro de Las Palmas de fecha 5 de febrero de 2.018 se desestimó el recurso interpuesto por la representación de Alejo contra la Orden de la Consejería de Sanidad reseñada en el encabezamiento del presente fallo.
Frente a tal resolución se interpuso recurso de apelación por la Procuradora Sra. Sosa González en representación de Alejo interesando la anulación de la citada sentencia con declaración de ser ajustado a derecho el cambio de oficina de farmacia solicitado.
Por su parte, la administración autonómica apelada se opuso al recurso interesando su desestimación.
Finalizado el periodo probatorio se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del día diecisiete de mayo del presente año para votación y fallo, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de la Sala.
La cuestión a discernir en el presente procedimiento consiste en determinar si la resolución antes indicada del Juzgado número cuatro en relación con la pretensión del recurrente en primera instancia de que se trata es o no ajustada a derecho, alegando la parte apelante que dicha sentencia se basa en una errónea apreciación de la prueba en relación con la medición de las distancias, infringiendo los arts. 9 a 11 de la Orden de 21 de noviembre de 1.979, no siendo posible saltarse los viales existentes sólo por ser el camino más corto. Igualmente alegó indebida desestimación de la pretensión de haber adquirido el recurrente el derecho al cambio de oficina solicitado por la aplicación del instituto del silencio positivo, indicando ser incongruente la sentencia apelada al meramente remitirse a la sentencia del...
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