SAP Barcelona 187/2019, 26 de Marzo de 2019

PonenteJOSE ANTONIO LAGARES MORILLO
ECLIES:APB:2019:6340
Número de Recurso33/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución187/2019
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DÉCIMA

ROLLO APELACIÓN Nº 33/19

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 369/17

JUZGADO DE LO PENAL Nº 7 DE BARCELONA

S E N T E N C I A nº

Ilmas Srías:

D. José Antonio Lagares Morillo

Dª. María Vanesa Riva Aniés

Dª. Inmaculada Vacas Márquez

En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de marzo de dos mil diecinueve.

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Décima de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 33/19, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 369/17 del Juzgado de lo Penal nº 7 de Barcelona, seguido por presuntos delitos de pertenencia a grupo criminal, robo con fuerza en las cosas, robo con violencia, hurto, contra la salud pública, contra la seguridad vial y receptación, entre otros; autos que penden ante esta Superioridad en virtud de los recursos de apelación interpuestos por las representaciones procesales de los acusados Pedro Miguel, Ángel Daniel y Pablo Jesús, Abilio, Adriano, Alexis, Inmaculada, Isabel y Joaquina contra la Sentencia dictada en los mismos el 24 de mayo de 2018, y aclarada por auto de 29 de mayo de 2018, por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del referido Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"Que debo condenar y condeno a Pedro Miguel en concepto de autor de:

  1. - Un delito de conspiración para cometer robo con fuerza en las cosas de los arts 237, 238.2, 240 y 269 y 15 del C.P . respecto de los hechos del día 3 de septiembre de 2.015, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 5 meses de prisión, con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  2. - Un delito contra la seguridad vial en su modalidad de no haber obtenido nunca el permiso de conducir del art 384.2 del C.P . respecto de los hechos del día 7 de septiembre de 2.015, con la concurrencia de agravante de multirreincidencia del art 22.8 en relación con el art 66.1.5 del C.P ., la pena de siete meses de prisión, con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  3. - Un delito de robo con fuerza en las cosas de los arts 237, 238.2, 240 del C.P . respecto de los hechos del día 7 de octubre de 2.015, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año y cuatro meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  4. -Un delito de robo con violencia de los arts 237 y 242.1 del C.P . respecto de los hechos del día 20 de diciembre de 2.015, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  5. -Un delito de hurto del art 234.1 del C.P . respecto de los hechos de día 22 de enero de 2.016 a las 19,30 horas, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de ocho meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  6. -Un delito intentado de robo con fuerza en las cosas de los arts 237, 238.2 y 240 en relación con los arts 16 y 62 del C.P . respecto de los hechos del día 22 de enero de 2.016 sobre la 1 horas en Porta BCN Sud, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de cinco meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  7. -Un delito de robo con violencia de los arts 237 y 242.1 del C.P . respecto de los hechos del día 22 de enero a las 1 horas en Porta BCN Nord, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión,

  8. -Un delito de pertenencia a grupo criminal del art 570 ter 1 c) del C.P ., sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de 6 meses de prisión, con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

    Que debo condenar y condeno a Ángel Daniel en concepto de autor de:

  9. -Un delito de conspiración para cometer robo con fuerza en las cosas de los arts 237, 238.2, 240 y 269 y 15 del C.P . respecto de los hechos del día 3 de septiembre de 2.015, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 5 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  10. - Un delito de robo con fuerza en las cosas de los arts 237, 238.2, 240 del C.P . respecto de los hechos del día 13 de septiembre de 2.015, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño del art 21.5 del C.P ., a la pena de un año y dos meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  11. -Un delito de robo con fuerza en las cosas de los arts 237, 238.2, 240 del C.P . respecto de los hechos del día 7 de octubre de 2.015, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño del art

    21.5 del C.P ., a la pena de un año y dos meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  12. -Un delito de robo de uso intentado de los arts 244.1 y 2 en relación con los arts 16 y 62 del C.P ., con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño del art 21.5 del C.P . a la pena de cuatro meses de multa con una cuota diaria de 4 euros y la consiguiente responsabilidad personal en caso de impago del art 53 del C.P .

  13. -Un delito contra la salud pública del art 368.1 del C.P . de sustancia que no causa grave daño a la salud, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, la pena de un año y dos meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 5000 euros y 30 días de responsabilidad personal en caso de impago

  14. - Un delito de pertenencia a grupo criminal del art 570 ter 1 c) del C.P, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 5 meses de prisión, con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

    Que debo condenar y condeno a Abilio en concepto de autor de:

  15. -Un delito de conspiración para cometer robo con fuerza en las cosas de los arts 237, 238.2, 240 y 269 y 15 del C.P . respecto de los hechos del día 3 de septiembre de 2.015, a la pena de cinco meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  16. - Un delito de robo con fuerza en las cosas de los arts 237, 238.2, 240 del C.P . respecto de los hechos del día 7 de octubre de 2.015, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño del art

    21.5 del C.P ., a la pena de un año y dos meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  17. - Un delito de robo con violencia de los arts 237 y 242.1 del C.P . respecto de los hechos del día 8 de noviembre de 2.015, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño del art 21.5 del C.P ., a la pena de dos años y dos meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo

  18. -Un delito de robo con fuerza de los arts 237, 238.2 y 240 del C.P . respecto de los hechos del día 24 de diciembre de 2.015, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño del art 21.5 del

    C.P ., la pena de un año y dos meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  19. -Un delito intentado de robo con fuerza en las cosas de los arts 237, 238.2 y 240 en relación con los arts 16 y 62 del C.P . respecto de los hechos del día 22 de enero de 2.016 sobre la1 horas en Porta BCN Sud, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño del art 21.5 del C.P ., a la pena de cuatro meses de prisión, inhabilitación especial pata el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  20. -Un delito de robo con violencia de los arts 237 y 242.1 del C.P . respecto de los hechos del día 22 de enero a las 1 horas en Porta BCN Nord, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño del art 21.5 del C.P ., a la pena de dos años y dos meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  21. -Un delito continuado de robo con fuerza en las cosas de los arts 237, 238.2, 240 y 74 del C.P . respecto de los dos hechos del día 19 de febrero de 2.016 en el Área de servicio Montseny Sud y del hecho del mismo día en el Área de Servicio Penedés Sud, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño del art 21.5 del C.P ., a la pena de dos años y dos meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  22. -Un delito de robo con fuerza en las cosas de los arts 237 y 238.2 y 240 del C.P . respecto de los hechos del día 29 de febrero de 2.016, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño del art

    21.5 del C.P ., a la pena de un año y dos meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

  23. -Un delito contra la salud pública del art 368.1 del C.P ., de sustancia que no causa grave daño a la salud, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, la pena de un año y cuatro meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de...

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