SJCA nº 2 36/2019, 25 de Febrero de 2019, de Toledo

PonenteSANTIAGO CORRAL DIEZMA
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2019
ECLIES:JCA:2019:6973
Número de Recurso9/2017

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 2

TOLEDO

SENTENCIA: 00036/2019

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 2

TOLEDO

Modelo: N40040

MARQUES DE MENDIGORRIA, 2

925396104

Equipo/usuario: 00I

N.I.G: 45168 45 3 2017 0000023

Procedimiento: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000009 /2017 -I

Sobre PROCESOS CONTENCIOSOS-ADMINISTRATIVOS

De AYUNTAMIENTO DE SESEÑA

Procurador Sra. MARIA JESUS PUCHE PEREZ-BOSCH

Contra DIPUTACION PROVINCIAL TOLEDO

Procurador Sra. CAROLINA RODRIGUEZ LOPEZ

S E N T E N C I A Nº 36/19

En Toledo, a veinticinco de febrero de dos mil diecinueve.

En nombre de S.M. El Rey, el Ilmo. Sr. D. Santiago Corral Diezma, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Toledo, habiendo visto en primera instancia los presentes autos de recurso contencioso-administrativo nº 9/2017, seguidos a instancias del Excmo. Ayuntamiento de Seseña, representado por la Procuradora Dª. María Jesús Puche Pérez-Bosch y dirigido por el Letrado D. Alberto Arribas Álvarez contra la Excma. Diputación de Toledo, representada por la Procuradora Dª. Carolina Rodríguez López y dirigida por Letrado D. Víctor Gallardo Palomo, sobre subvenciones.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de enero de 2017 se presentó recurso contencioso-administrativo por el Excmo. Ayuntamiento de Seseña contra la RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2016, por medio de la cual se aprueba el "ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO POR EL QUE SE RESUELVE EL INCUMPLIMIENTO Y PERDIDA DEL DERECHO AL COBRO

DE LA SUBVENCIÓN OTORGADA AL AYUNTAMIENTO DE SESEÑA MEDIANTE CONVENIO DE 30 DE MARZO DE 2015 PARA LA COFINANCIACIÓN DE UN PLAN SOCIAL DE EMPLEO MUNICIPAL".

Tras los trámites legales correspondientes, formalizó demanda en la que, tras las alegaciones de hecho y de derecho que estimó pertinentes, suplicó que se dictara sentencia por la que acuerde anular la Resolución de fecha 4 de noviembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial por la que se acuerda "Declarar el incumplimiento y pérdida del derecho al cobro de la subvención otorgada al Ayuntamiento de Seseña mediante Convenio de 30 de marzo de 2015 para la cofinanciación de un Plan Social de Empleo Municipal", y declarar la procedencia del derecho al cobro de la referida subvención de 300.000 euros, condenando en costas a la Administración demandada.

SEGUNDO

Contestada la demanda por la Administración demandada oponiéndose al recurso, se recibió el juicio a prueba y propuesta la que estimaron convenientes las partes, se practicó la declarada pertinente, con el resultado que consta en autos y verificado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos para dictar sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia dado el cúmulo de asuntos que pesan sobre este Juzgado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente procedimiento la RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2016, por medio de la cual se aprueba el "ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO POR EL QUE SE RESUELVE EL INCUMPLIMIENTO Y PERDIDA DEL DERECHO AL COBRO DE LA SUBVENCIÓN OTORGADA AL AYUNTAMIENTO DE SESEÑA MEDIANTE CONVENIO DE 30 DE MARZO DE 2015 PARA LA COFINANCIACIÓN DE UN PLAN SOCIAL DE EMPLEO MUNICIPAL".

En su demanda el Ayuntamiento demandante narra que mediante escrito del Alcalde de Seseña, Nicolas de fecha 6 de febrero de 2015 se dirige solicitud de colaboración al Presidente de la Excma. Diputación de Toledo para la puesta en marcha de un Plan de Dinamización Local para el Empleo en el Municipio de Seseña.

Del mismo modo, en el mismo escrito del Alcalde de Seseña de fecha 11 de febrero de 2015 dirigida al Área de Cooperación de la Excma. Diputación de Toledo quedan descritas las iniciativas del Ayuntamiento de Seseña a través del Plan Social de Empleo Municipal a financiar con la cantidad de 600.000 euros, de los cuales la mitad se aportarían con fondos propios del Ayuntamiento y los otros 300.000 euros con fondos de la Diputación.

Tras los trámites, por la Diputación de Toledo, se remite borrador del Convenio de Cooperación económica entre la Diputación Provincial de Toledo y el Ayuntamiento de Seseña para la cofinanciación de un Plan social de empleo municipal, lo que se formalizó y aprobó por el Diputación con fecha 27 de febrero de 2015 mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local.

Posteriormente, por lo que interesa destacar según la demanda, el Ayuntamiento de Seseña, comienza la ejecución del proyecto con la contratación de todos los desempleados que constan debidamente detallados en el Expediente Administrativo, si bien, a medida que acontece la ejecución del mismo, y por diversas razones objetivas de organización y de imposibilidad de coordinar la ingente masa laboral contratada, se propone el acuerdo de solicitar a la Diputación la prórroga del Convenio, y se aprueba en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Seseña solicitar la referida prorroga en base a los fundamentos que allí se recogen y que "Dadas las necesidades de este municipio, se estima que la previsión para la ejecución de obras y la prestación de servicios de competencia municipal con personal temporal contratado a través del Plan Social de Empleo Municipal en 2015 se extenderá más allá del 31 de diciembre de 2015", en base a lo que, como se dice el tenor se acuerda "Solicitar a la Excma. Diputación Provincial de Toledo el acuerdo de prórroga para la ejecución y justificación de las actuaciones contenidas en el Programa "Plan Social de Empleo Municipal" suscrito entre la Diputación Provincial de Toledo y el Ayuntamiento de Seseña con fecha 30 de marzo de 2015".

Inmediatamente a continuación, por la Diputación de Toledo se realiza, a juicio de la demandante, el acto del todo injustificado, carente de motivación y que deja al Ayuntamiento de Seseña en situación de indefensión, por medio del cual el Diputado de Cooperación e Infraestructuras de la Institución Provincial comunica al Ayuntamiento de Seseña que en atención a la cláusula decimosegunda, la solicitud de prórroga se debería haber presentado con un mes de antelación (30 de noviembre de 2015) a la fecha señalada como extinción de este este Convenio (31 de diciembre de 2015), y por consiguiente el 5 de febrero de 2016 concluye que:

"Por consiguiente, este Centro Gestor considera que la solicitud de prórroga se presenta fuera de plazo (28 de diciembre de...

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