SAP Zaragoza 39/2020, 7 de Febrero de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 07 Febrero 2020 |
Número de resolución | 39/2020 |
S E N T E N C I A Nº 000039/2020
Ilmos/as. Sres/as.
Presidente
D./Dª. JUAN IGNACIO MEDRANO SANCHEZ
Magistrados
D./Dª. MARIA JESUS DE GRACIA MUÑOZ
D./Dª. RAFAEL Mª CARNICERO GIMÉNEZ DE AZCÁRATE (Ponente)
En Zaragoza, a siete de febrero del 2020.
La SECCION Nº 4 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 0000496/2019, derivado del Procedimiento Ordinario nº 0000651/2019 - 00, del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 17 DE ZARAGOZA ; siendo parte apelante, el/la demandado-a, PELAYO, representado/a por el/la Procurador/a D/Dª ROBERTO POZO PARADIS y asistido/a por el/la Letrado/a D/Dª MARÍA DEL PILAR ROMERO SEBASTIÁN; parte apelada, el/la demandante, D/Dña. Tatiana y MPFERNANDEZ ZARATE SL, representado/a por el/la Procurador/a D/ Dª MARIA DE LOS ANGELES PRIETO SOGO y MARIA DE LOS ANGELES PRIETO SOGO y asistido/a por el/la Letrado/a D/Dª MIGUEL ÁNGEL PINEDO CESTAFE.
Siendo Magistrado Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª RAFAEL Mª CARNICERO GIMÉNEZ DE AZCÁRATE .
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Con fecha 21 de octubre de 2019, el referido JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 17 DE ZARAGOZA dictó Sentencia en Procedimiento Ordinario nº 0000651/2019 - 00, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Tatiana y la entidad mercantil MP FERNANDEZ DE ZARATE S.L. contra PELAYO MUTUA DE SEGUROS y condeno a la demandada a que pague a las actoras la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (6.249,44 euros), más el interés previsto en la Ley de contrato de Seguro, con imposición de las costas causadas a la demandada.
Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de la parte demandada, PELAYO.
La parte apelada, Tatiana y MPFERNANDEZ ZARATE SL, evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia.
Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Cuarta, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil nº 0000496/2019, habiéndose señalado el día 31 de enero de 2020 para su deliberación y fallo, con observancia de las prescripciones legales.
Ratificamos y damos por reproducidos los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.
Las alegaciones de la aseguradora recurrente se circunscriben a las indemnizaciones concedidas por lesiones, y por perjuicios ocasionados por el accidente de tráfico.
El primer motivo se ciñe a la indemnización concedida por importe de 3.695,07 euros correspondiente a perjuicio personal moderado y un punto de secuela. Refiere el recurrente que el artículo 138.LRCVM establece que "El perjuicio moderado es aquél en el que el lesionado pierde temporalmente la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal". Que la propia sentencia reconoció que la Sra. Tatiana tuvo el alta laboral el 29 de junio y si se le dio el alta es porque pudo llevar a cabo una parte relevante de sus actividades de desarrollo personal.
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