AAP Baleares 22/2020, 31 de Enero de 2020

PonenteMIGUEL ALVARO ARTOLA FERNANDEZ
ECLIES:APIB:2020:55A
Número de Recurso621/2019
ProcedimientoCivil
Número de Resolución22/2020
Fecha de Resolución31 de Enero de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

AUTO: 00022/2020

Modelo: N10300

PLAÇA DES MERCAT Nº 12

-Teléfono: 971-71-20-94 Fax: 971-22.72.20

Correo electrónico: audiencia.s3.palmademallorca@justicia.es

Equipo/usuario: MCB

N.I.G. 07040 42 1 2001 0700345

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000621 /2019

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de PALMA DE MALLORCA

Procedimiento de origen: EJC JUICIO EJECUTIVO 0001195 /1991

Recurrente: Belen

Procurador: MARIA DOLORES MONTOJO RIPOLL

Abogado: RICARDO VICENTE DE LUQUE CARVAJAL

Recurrido: IBERIA INVERSIONES II LIMITED

Procurador: VIRGINIA CENTENERA SAMPER

Abogado: AINHOA CARRASCO CASTILLO

Rollo núm. 621/19

Autos núm. 1195/91

AUTO núm. 22/20

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

D. Miguel-Álvaro Artola Fernández.

MAGISTRADOS:

D. Jaime Gibert Ferragut.

Dª María-Encarnación González López.

En Palma de Mallorca, a treinta y uno de enero de dos mil veinte.

VISTO en fase de apelación, por los Ilmos. Sres. referidos, el presente recurso surgido en fase de ejecución en procedimiento del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Palma, seguido bajo el número de autos y rollo de Sala arriba indicados, actuando como parte ejecutante- apelada Dª. VIRGINIA CENTENERA SAMPER, Procuradora de los Tribunales actuando en nombre y representación de la entidad "IBERIA INVERSIONES II DESIGNATED ACTIVITY COMPANY", defendida por la Letrada Sra. Carrasco Castillo, y como parte ejecutada- apelante Dª. DOLORES MONTOJO RIPOLL, Procuradora de los Tribunales actuando en nombre y representación de Dª. Belen, defendida por el Letrado D. Ricardo Luque Carvajal; ha recaído en esta segunda instancia la presente resolución judicial.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. Presidente Don Miguel-Álvaro Artola Fernández.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El auto dictado por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de primera instancia número 7 de Palma en fecha 5 de marzo de 2019 en el presente incidente de solicitud de archivo de la ejecución seguida con el número 1195/91, de los que trae causa el presente rollo de apelación, exponía en su Parte Dispositiva, objeto de recurso, lo que se transcribirá:

"ACUERDO:

  1. - Denegar la solicitud de archivo del procedimiento por prescripción del acción, formulada el Procurador D. Miguel Nadal Estela, en nombre y representación de D.ª Belen .

  2. - La continuación de la tramitación de la ejecución conforme a lo ordenado legales."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación que correspondió a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Baleares. Dicho recurso fue instado por la representación procesal de Doña Belen y se fundó en los motivos que se analizarán en la fundamentación jurídica de esta resolución; y, en él, se terminó suplicando que la Audiencia Provincial: "...admita en el fondo el presente recurso y revoque el Auto recurrido, dejándolo sin efecto y acordando no haber lugar a la continuación de la presente ejecución."

TERCERO

La representación procesal de la parte apelada se opuso a los motivos del recurso haciendo propios los de la resolución de instancia y reiterando y desarrollando los que ya expusiera en la primera fase procesal, a todos los cuales procede remitirse en orden a la brevedad, sin perjuicio de las referencias que, a los mismos, puedan realizarse en la fundamentación jurídica de la presente resolución.

ÚLTIMO .- No siendo propuesta prueba en esta fase de apelación por ninguna de las partes del litigio, se siguió el recurso sobre la base de las previsiones de la Ley de la Enjuiciamiento Civil (LEC), quedando el rollo de Sala concluso para dictar en esta alzada la correspondiente resolución judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución apelada en lo que es objeto del recurso, en lo que no se opongan a los que se dirán.

PRIMERO

En la fase de ejecución derivada del presente litigio, la representación de la ejecutada, Dª. Belen, solicitó el archivo del procedimiento por prescripción de la acción ejecutiva. Del citado escrito se dio traslado a la ejecutante, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., a fin de que, en su caso, presentase alegaciones, lo que verificó. De modo que, mediante diligencia de ordenación, se dio cuenta a SSª de la petición para resolver, dictando el auto hoy objeto de recurso, en el que se hacen constar los siguientes motivos en orden a denegar la solicitud de archivo:

"PRIMERO.- Habiéndose notificado a la ejecutada el decreto de 11 de noviembre de 2014 por el que se acuerda el embargo el crédito que pueda mantener la misma frente a la Agencia Tributaria, solicita el archivo del procedimiento. Invocando el art....

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