SAP León 37/2020, 23 de Enero de 2020

PonenteALVARO MIGUEL DE AZA BARAZON
ECLIES:APLE:2020:228
Número de Recurso1291/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución37/2020
Fecha de Resolución23 de Enero de 2020
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3LEON

SENTENCIA: 00037/2020

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

C/ EL CID, 20, LEÓN

Teléfono:

Correo electrónico: scop.seccion2.leon@justicia.es

Equipo/usuario: AGC

Modelo: 213100

N.I.G.: 24115 41 2 2008 0011763

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0001291 /2019

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de PONFERRADA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000271 /2015

Delito: CONDUCCIÓN TEMERARIA

Recurrente: Joaquín

Procurador/a: D/Dª ANTOLINA HERNANDEZ MARTINEZ

Abogado/a: D/Dª ENRIQUE ARCE MAINZHAUSEN

Recurrido: AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA DEL BIERZO, ALLIANZ, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª JOSEFA JULIA BARRIO MATO, MARIA DEL PILAR FERNANDEZ BELLO,

Abogado/a: D/Dª IGNACIO DIEGO TERÁN, JUAN MANUEL ALONSO CARBAJO,

S E N T E N C I A 37/20

ILMOS. SRES.

DON MANUEL-ANGEL PEÑIN DEL PALACIO. - Presidente

DON LORENZO ALVAREZ DE TOLEDO QUINTANA. - Magistrado

DON ALVARO-MIGUEL DE AZA BARAZON. - Magistrado

En León, a 23 de enero de 2020.

VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Tercera de León, en grado de apelación, los autos de Procedimiento Abreviado nº 271/15, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 1 de Ponferrada, habiendo sido parte apelante

Joaquín defendido por el Letrado DON ENRIQUE ARCE MAINZHAUSEN y representado por la Procuradora DOÑA ANTOLINA HERNANDEZ MARTINEZ e impugnado por el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENT ES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la sentencia recurrida de fecha 07/05/19 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 Ponferrada en el PA 271/15 es del tenor siguiente:

CONDENAR a D. Joaquín como autor responsable de un DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL POR CONDUCCIÓN DE UN VEHÍCULO A MOTOR BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL, concurriendo la circunstancia ATENUANTE MUY CUALIFICADA DE DILACIONES INDEBIDAS, a la pena de CUARENTA Y CINCO DÍAS DE MULTA, con una cuota diaria de DIEZ EUROS (10 euros), lo que resulta un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (450 euros) y a la pena de PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR VEHÍCULOS A MOTOR Y CICLOMOTORES por tiempo de TRES MESES.

Las costas procesales causadas se imponen al condenado.

La multa se abonará ingresando la cantidad resultante en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado y su impago llevará aparejada una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.

Procédase a la inmediata retirada del permiso de conducir del condenado, dejando unido el documento a los autos hasta el cumplimiento de la pena y remítase mandamiento a la Jefatura Central de Tráfico para que no expida otro nuevo hasta la extinción de la condena.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y a las restantes partes personadas haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponerse recurso de APELACIÓN ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de León en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente al de la notificación.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución, por la representación de Joaquín se interpuso recurso de apelación que fue admitido, dándose traslado al demás parte por un plazo común de diez días, impugnándose el recurso por el Ministerio Fiscal, señalándose para la deliberación el día de la fecha.

HECHOS PROBADOS

UNICO. - No se acepta el relato fáctico de la sentencia impugnada, que se sustituye por el siguiente:

El día 19 de noviembre de 2.008, sobre las 2:15 horas, Joaquín conducía el vehículo CITROËN C15, matrícula QU-....-Y y asegurado en la compañía ALLIANZ SEGUROS S.A., circulando por la calle Barrio de los Amigos de la localidad de Vilela impactó frontalmente contra un poste de la luz a causa de una desatención o distracción en la conducción.

Desplazada una patrulla de la Guardia Civil hasta el lugar del siniestro, unos de los agentes actuantes pudieron comprobar que el conductor del vehículo accidentado presentaba aliento con olor a alcohol.

El Acusado fue trasladado en ambulancia hasta el Hospital Comarcal del Bierzo para ser tratado de las lesiones que presentaba. En dicho hospital, al no poder realizar la prueba de alcoholemia con el empleo de un etilómetro, se le practicó un análisis de sangre a tal fin no constando suficientemente acreditado que acusado se encontrara en condiciones de prestar su consentimiento a tal práctica ni de conocer las consecuencias que pudieran derivarse de las misma. Practicada dicha prueba esta arrojó un resultado positivo de 224 gramos de alcohol por litro de sangre.

Debido al impacto del vehículo contra el poste de la luz resultaron dañados diversos elementos del mismo con un coste de reparación de 1.949,96 euros, que fueron abonados al Ayuntamiento de Villafranca del Bierzo, propietario del poste, por la compañía ALLIANZ SEGUROS S.A.

Durante la instrucción de la causa y la fase previa a la celebración del juicio se han producido demoras, paralizaciones y retrasos injustificados en el procedimiento no imputables a Joaquín o al obrar procesal de su defensa, habiendo estado la causa completamente parada durante veintisiete meses desde el 4 de febrero de 2.010 y hasta el 2 de mayo de 2.012 y otros once meses y trece días más desde el 3 de enero de 2.013 y hasta el 16 de diciembre de ese mismo año, remitiéndose el procedimiento al Juzgado de lo Penal para su enjuiciamiento el 20 de noviembre de 2.015, volviendo a estar la causa paralizada durante diecisiete meses hasta el 2 de mayo de 2.017 en que se dictó el auto de...

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