AAP Vizcaya 57/2020, 15 de Enero de 2020

PonenteMARIA DE LOS REYES CASTRESANA GARCIA
ECLIES:APBI:2020:157A
Número de Recurso2068/2019
ProcedimientoRecurso de apelación. Sentencia violencia sobre la
Número de Resolución57/2020
Fecha de Resolución15 de Enero de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN CUARTA

BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - LAUGARREN ATALA

BARROETA ALDAMAR, 10-3ªplanta - C.P./PK: 48001

TEL.: 94-4016665 Fax / Faxa: 94-4016992

NIG PV / IZO EAE: 48.01.2-18/002654NIG CGPJ / IZO BJKN :48027.42.1-2018/0002654

Recurso apelación contra resolución Juzgado Violencia sobre la Mujer / E_Recurso apelación contra resolución Juzgado Violencia sobre la Mujer 2068/2019 - EO.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia: Servicio Común Procesal. Sección de Ejecución. DIRECCION000 / Zerbitzu Erkide Prozesala. Betearazpeneko Atala. DIRECCION000 Autos de Pieza oposición a la ejecución 33/2019 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: Encarnacion

Procurador/a/ Prokuradorea:JAVIER SANZ VELASCO

Abogado/a / Abokatua: BEGOÑA ATXA AZURMENDI

Recurrido/a / Errekurritua: Carlos Antonio y MINISTERIO FISCAL

Procurador/a / Prokuradorea: VIRGINIA TEJADA FERNANDEZAbogado/a/ Abokatua: IÑIGO MARIA NIEVA GARCIA

A U T O N.º 57/2020

TRIBUNAL QUE LO DICTA:ILMA. SRA. PRESIDENTA: D.ª REYES CASTRESANA GARCIAMAGISTRADA: D.ª ANA BELEN IRACHETA UNDAGOITIAMAGISTRADO: D. EDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUILUGAR: BILBAO (BIZKAIA)FECHA: quince de enero de dos mil veinte

Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba indicados, el procedimiento oposición ejecución nº 33/2018 procedente del Servicio Común de Ejecución de DIRECCION000, a instancia de D.ª Encarnacion, apelante-ejecutada, representada por el Procurador Sr. Javier Sanz Velasco y dirigida por la Letrada Sra. Begoña Atxa Azurmendi contra D. Carlos Antonio, apelado-ejecutante, que se opone al recurso, representado por la Procuradora Sra. Virginia Tejada Fernández y dirigido por el Letrado Sr. Iñigo maría Nieva García, y el MINISTERIO FISCAL, que se opone al recurso.SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho del Auto apelado en cuanto se relacionan con el mismo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Parte Dispositiva del Auto de fecha 1 de octubre de 2019 es del tenor literal siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

Se desestima la oposición a la ejecución planteada por Dª. Encarnacion, frente al Auto de fecha 24 de junio de 2019, confirmando, por consiguiente, la meritada resolución. Se imponen las costas a la parte ejecutada."

SEGUNDO

Notificada dicha Resolución a las partes, por la representación de la parte ejecutada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Servicio común de Ejecución de DIRECCION000 y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 2068/19 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.TERCERO.-Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la mesa del tribunal para votación y fallo.CUARTO.-En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada D.ª REYES CASTRESANA GARCÍA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Objeto de esta alzada:1.- La apelante Dña. Encarnacion, a través del escrito de formalización del recurso de apelación interpuesto contra la resolución de instancia, y con revocación de la misma, solicita se estime su oposición a la ejecución interpuesta por D. Carlos Antonio del Auto Medidas Previas de 17 de diciembre de 2018, en cuyo apartado 2, en relación con el régimen de visitas paterno filial se acuerda que "Se fija como días inter semanales los martes y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR