SAP Orense 30/2020, 18 de Febrero de 2020

PonenteMARIA DE LOS ANGELES LAMAS MENDEZ
ECLIES:APOU:2020:99
Número de Recurso32/2019
ProcedimientoProcedimiento abreviado
Número de Resolución30/2020
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

OURENSE

SENTENCIA: 00030/2020

- PZA. CONCEPCION ARENAL, 1

Teléfono: 988687072/988687068

Correo electrónico: seccion2.ap.ourense@xustiza.gal

Equipo/usuario: CG

Modelo: N85860

N.I.G.: 32054 43 2 2018 0006069

PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000032 /2019

Delito: APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Denunciante/querellante: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Contra: Fernando

Procurador/a: D/Dª CAMILO ENRIQUEZ NAHARRO

Abogado/a: D/Dª JAIME LUIS FERNANDEZ MARTINEZ

SENTENCIA Nº 30/2020

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ILMOS/AS SR./SRAS

Presidente/a:

D. ANTONIO PIÑA ALONSO

Magistrados/as

Dª ANA MARÍA DEL CARMEN BLANCO ARCE

Dª MARIA DE LOS ANGELES LAMAS MENDEZ

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En OURENSE a dieciocho de febrero de dos mil veinte.

Vista en juicio oral y público, ante la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial el procedimiento abreviado nº 32/2019, procedente de diligencias previas procedimiento abreviado nº 1981/2018 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Ourense seguida por el trámite de Procedimiento abreviado por delito de apropiación indebida; siendo partes el Ministerio Fiscal y el acusado D. Fernando, nacido el NUM000 .1977, hijo de Humberto y de Noemi

, con DNI NUM001, representado por el Procurador D. Camilo Enríquez Naharro y defendido por el Letrado

D. Jaime Luis Fernández Martínez.

Es Ponente la Magistrada Dña. María de los Ángeles Lamas Méndez expresando el parecer de la Sala previa deliberación, votación y fallo, dictando sentencia en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Juzgado de Instrucción nº 1 de Ourense incoo diligencias previas nº 1981/2018 en virtud de atestado de la Policía Nacional de Ourense. Practicadas las diligencias de instrucción consideradas pertinentes y útiles, se dictó la resolución prevista en el nº 4 del artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal acordando dar traslado de las diligencias al Ministerio Fiscal y a las partes personadas para que solicitaran la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa.

El Ministerio Fiscal presentó escrito de acusación calificando los hechos como constitutivos de un delito de apropiación indebida del art. 253.1 del C.p. en relación con el art. 250.1.6º del C.p.; delito del cual es autor el acusado; solicitando que se le condene a la pena de 2 años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de gestor inmobiliario durante el tiempo de la condena y multa de 10 meses a razón de 10 euros...

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