STSJ Comunidad de Madrid 138/2020, 12 de Febrero de 2020

PonenteRAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
ECLIES:TSJM:2020:892
Número de Recurso1369/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución138/2020
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2020
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010

Teléfono: 914931969

Fax: 914931957

34002650

NIG : 28.079.00.4-2017/0043080

Procedimiento Recurso de Suplicación 1369/2019 -B

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid Procedimiento Ordinario 1006/2017

Materia : Materias laborales individuales

Sentencia número: 138/2020

Ilmos. Sres

D. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO

D. RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA

Dña. CONCEPCIÓN MORALES VÁLLEZ

En Madrid a doce de febrero de dos mil veinte habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 1369/2019, formalizado por el/la LETRADO D./Dña. FRANCISCO MORIEL CAMBRES en nombre y representación de D. Basilio y otros 68 trabajadores de METRO DE MADRID contra la sentencia de fecha 05.06.2019 dictada por el Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid en sus autos número Procedimiento Ordinario 1006/2017, seguidos a instancia de D. Bernardino y otros 68 trabajadores frente a METRO DE MADRID S.A. y 108 trabajadores, en reclamación por Materias laborales individuales, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- Los actores Cirilo (Demandante), Cosme (Demandante), Sergio (Demandante), Benigno (Demandante), Casiano (Demandante), Eutimio (Demandante), Felix (Demandante), Rosana (Demandante), Gerardo (Demandante), Gregorio (Demandante), Herminio (Demandante), Hugo (Demandante), Ismael (Demandante), Marí Juana (Demandante), María Dolores (Demandante), Lorenzo (Demandante), Marino (Demandante), Maximino (Demandante), Plácido (Demandante), Prudencio (Demandante), Carlota (Demandante), Salvador (Demandante), Secundino (Demandante), Silvio (Demandante), Víctor (Demandante), Jose Ignacio (Demandante), Jose Ángel (Demandante), Carlos Ramón (Demandante), Carlos Miguel (Demandante), Luis Pedro (Demandante), Jesús Manuel (Demandante), Juan Luis (Demandante), Juan Miguel (Demandante), Luz (Demandante), Alexis (Demandante), Natalia (Demandante), Bienvenido (Demandante), Ruth (Demandante), Tomasa (Demandante), Ernesto (Demandante), Eva María (Demandante), Feliciano (Demandante), Florian (Demandante), Genaro (Demandante), Aurora (Demandante), Federico (Demandante), Jacinto (Demandante), Crescencia (Demandante), Mateo (Demandante), Melchor (Demandante), Norberto (Demandante), Pio (Demandante), Ricardo (Demandante), Maite (Demandante), Urbano (Demandante), Jose Luis (Demandante), Sebastián (Demandante), Paula (Demandante), Luis Pablo (Demandante), Alexander (Demandante), Amador (Demandante), Aquilino (Demandante), Ángela (Demandante), Ariadna (Demandante), Cipriano (Demandante), Carmen (Demandante), Eliseo (Demandante), Cesareo (Demandante), Eusebio (Demandante); vienen prestando servicios para METRO MADRID SA desde 01/06/2016, con categoría profesional de maquinistas tras participar en convocatoria de nuevas plazas de maquinista de tracción mecánica aprobada por acuerdo de 30/10/2015 entre la dirección de la empresa y el sindicato de conductores. Documento 1 de la demandada, que aquí se reproduce. 360 plazas de maquinistas de nuevo ingreso, realizándose 180 primeras contrataciones el 01/06/2016 y la incorporación de otros 180 maquinistas el 01/10/2016.

SEGUNDO

En fecha 27/01/2017 se levanta acta de la segunda reunión con la comisión permanente del comité de empresa, en la que entre otros asuntos se trata el escalafón de los 360 maquinistas de nuevo ingreso. Documento 7 de la demandada, en dicho acta se recoge el acuerdo alcanzado sobre la materia en los siguientes términos: "la representación de los trabajadores plantea la propuesta de escalafón de los últimos 360 maquinistas de nuevo ingresa (6 aún pendientes de incorporación) en los siguientes términos:

Los primeros 176 (es decir los que ingresaron en la empresa los días 1 y 15 de junio de 2016, se reordenaran entre si atendiendo a la puntuación obtenida en el curso de formación...

Los segundo 178 (esto es los que ingresaron en la empresa el día 1 de octubre de 2016) se escalafonarán a continuación de los anteriores y entre ellos atendiendo a los criterios anteriormente expresados

La reordenación del escalafón que se propone no afectará al cuadro anual de servicios ya publicado para 2017..."

Con fecha 31/01/2017 se emite por la empresa aviso 2/2017, informando a todos los trabajadores del acuerdo alcanzado.

Previamente se levanta acta 9º reunión de la comisión de seguimiento y desarrollo del Convenio colectivo 2016-2019 de 22/12/2016, que constata que la cuestión respectiva al escalafón debe tratarse por la comisión permanente del comité de empresa (documento 6 de la demandada).

TERCERO

Se aporta como documento 9 de la demandada, correos electrónicos del responsable de formación de fechas 04/11/2015 y 19/02/2016, informando de la planificación de los cursos de formación de nuevo ingreso para cubrir 360 plazas de maquinistas de tracción mecánica en dos bloques de 180 alumnos, dividido su vez en dos grupos cada uno y modificación respecto a provisiones que aquí se reproduce.

Se aporta como documento 10 y 11, actas de examen de curso de ingreso correspondientes al primer bloque de 89 alumnos y segundo bloque de 89 alumnos pertenecientes a 180 aspirantes que ingresaron en junio 2016, donde constan las notas de examen, que aquí se reproducen.

Con fecha 01/04/2019 se emite certificación por el responsable del servicio de compensación y relaciones laborales de la empresa Metro de Madrid SA, sobre escalafón definitivo de 176 trabajadores que ingresaron en la empresa como maquinistas de tracción mecánica fecha de ingreso 1 y 15 junio de 2016 en orden escalafonal

resultante de los criterios pactadas en la reunión mantenida el día 27/01/2017 con la comisión permanente. Relación escalafonal en la que se encuentran los hoy actores.

CUARTO

Se aporta como documento 1 de la actora y documento 30 de la demandada el acta de 27/03/2007, que aquí se reproduce.

QUINTO

Se acredita intento de conciliación ante el SMAC mediante presentación papeleta demanda de conciliación en fecha 17/07/2017 en la que consta certificación de que el acto de conciliación no se celebrará, folio 21.

SEXTO

La demanda origen de las presentes actuaciones aparece presentada en fecha 11/09/2017."

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Que desestimando la demanda interpuesta por los actores Cirilo (Demandante), Cosme (Demandante), Sergio (Demandante), Benigno (Demandante), Casiano (Demandante), Eutimio (Demandante), Felix (Demandante), Rosana (Demandante), Gerardo (Demandante), Gregorio (Demandante), Herminio (Demandante), Hugo (Demandante), Ismael (Demandante), Marí Juana (Demandante), María Dolores (Demandante), Lorenzo (Demandante), Marino (Demandante), Maximino (Demandante), Plácido (Demandante), Prudencio (Demandante), Carlota (Demandante), Salvador (Demandante), Secundino (Demandante), Silvio (Demandante), Víctor (Demandante), Jose Ignacio (Demandante), Jose Ángel (Demandante), Carlos Ramón (Demandante), Carlos Miguel (Demandante), Luis Pedro (Demandante), Jesús Manuel (Demandante), Juan Luis (Demandante), Juan Miguel (Demandante), Luz (Demandante), Alexis (Demandante), Natalia (Demandante), Bienvenido (Demandante), Ruth (Demandante), Tomasa (Demandante), Ernesto (Demandante), Eva María...

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