STSJ Andalucía 314/2020, 6 de Febrero de 2020

PonenteBEATRIZ PEREZ HEREDIA
ECLIES:TSJAND:2020:1821
Número de Recurso1082/2019
ProcedimientoSocial
Número de Resolución314/2020
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2020
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

N.B.P.

Sentencia número: 314/20

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁILTMO. SR. D. BENITO RABOSO DEL AMOILTMA. SRA. Dª. BEATRIZ PÉREZ HEREDIA-Magistrados- En la Ciudad de Granada, a 6 de febrero de 2020

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican han pronunciado

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación número 1082/19, interpuesto por DON Victorio contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Jaén de fecha 7 de febrero de 2019 en Autos número 230/18 sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, en el que ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrado Dª. BEATRIZ PÉREZ HEREDIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social número 4 de Jaén tuvo entrada demanda interpuesta por DON Victorio contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

SEGUNDO

Admitida a trámite y registrada la demanda con el número de autos 230/18 fue celebrado juicio, dictándose Sentencia el día 7 de febrero de 2019 que contenía el siguiente fallo:

"Desestimar la demanda interpuesta por Don Victorio, absolviendo al INSS y TGSS de las pretensiones deducidas en su contra".

TERCERO

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

" 1º .- D. Victorio, mayor de edad, nacido el NUM000 .1964, con D.N.I. NUM001, vecino de Úbeda (Jaén), afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM002, fue declarado por resolución del INSS de 19.03.2012, en situación de incapacidad permanente en grado de total para su profesión habitual de peón agrícola, derivada de enfermedad común, con derecho a percibir una prestación equivalente al 55% de una base reguladora

mensual de 381,90 euros, al padecer "rotura degenerativa del medio distal de rodilla derecha. Gonartrosis. Cervicoartrosis. Discopatía degenerativa lumbar actualmente sin radiculopatía".

  1. .- Iniciado expediente de revisión de incapacidad, el informe médico es de 18.06.18, el dictamen propuesta del EVI es de 2.07.18 y por resolución de la Dirección Provincial en Jaén del INSS de 10.07.18 se declara que continúa afecto del mismo grado de incapacidad.

    Disconforme con la anterior resolución el actor interpuso reclamación previa el día 5.12.17, que fue desestimada por resolución de 9.01.18.

  2. .- Para el caso de ser estimada la demanda la base reguladora a efectos de incapacidad permanente derivada de enfermedad común correspondiente al actor es de 381,90 Euros/mes y la fecha de efectos es 11.07.18 o el día siguiente a la fecha de cese en el trabajo.

  3. .- El actor se encuentra aquejado de las siguientes dolencias y secuelas: rotura degenerativa del menisco medial de rodilla derecha, condropatía rotuliana, gonartrosis, cervicoartrosis, discopatía degenerativa lumbar, isquemia IIB invalidante (trombosis completa de FS subsidario de by-pass), fibromialgia, distimia depresiva, Trast. subjetivo de memoria por déficit atención.

    Resultado de la exploración por aparatos:

    Informes aportados: paciente con antecedentes descritos en la actualidad en informes aportados de vascular SAS durante el año 2017 es Dg: isquemia II b invalidante donde indica haber empeorado en la distancia de claudicación. Exploración: pulso pedio miizdo. mid: pulso fe positivo resto...

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