STSJ Andalucía 259/2020, 30 de Enero de 2020

PonenteFERNANDO OLIET PALA
ECLIES:TSJAND:2020:1034
Número de Recurso959/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución259/2020
Fecha de Resolución30 de Enero de 2020
EmisorSala de lo Social

20 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

RO

SENT. NÚM. 259/2020

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ ILTMO. SR. D. BENITO RABOSO DEL AMOILTMA. SRA. Dª BEATRIZ PÉREZ HEREDIA MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a treinta de Enero de dos mil veinte.-La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 959/19, interpuesto por Dª Joaquina contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 7 DE GRANADA, en fecha 17/10/18, en Autos núm. 319/18, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO OLIET PALÁ .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Joaquina en reclamación sobre MATERIAS LABORALES INDIVIDUALES, contra MINISTERIO FISCAL Y FAISEM y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 17/10/18, que contenía el siguiente fallo:

"Se estima la excepción de variación sustancial de la demandada formulada por la parte demandada en los términos que constan.

Y procede desestimar la demanda interpuesta por Joaquina, contra la empresa FUNDACION PÚBLICA ANDALUZA PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL, FAISEM; absolviendo a la demandada de todos los pedimentos formulados en su contra.".

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- El actor Joaquina, con dni NUM000, presta servicios para la demandada FUNDACION PÚBLICA ANDALUZA PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL, FAISEM.

En fecha 11/3/2007 el actor celebra contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, con la demandada, para prestar servicios como monitor residencial.

Dicho contrato se convierte en indefinido en fecha 27/4/2007

SEGUNDO

I .- El centro de trabajo Casa Hogar Los Peñoncillos sito en Parque Natural de la Sierra de Huetor, en Huetor Santillán, se apertura de abril a noviembre de cada año natural.

En dicho centro de trabajo prestan servicios 13 monitores residenciales y un responsable de unidad, y la demandada primero ofrece dichos servicios a personal fijo de la empleadora y en concreto el de responsable de unidad, con modo temporal;y se recurre a contratación temporal en caso de que el número de personas que soliciten dicho traslado temporal sea insuficiente.

  1. La demandada hace una convocatoria interna para cubrir puestos de trabajo de carácter temporal, para la categoria profesional de responsable de unidad en centro Peñoncillos con duración aproximada 1/3/09 a 30/11/09 pudiendo participar todos los trabajadores de Faisem que a fecha de convocatoria cuenten con plaza fija; en fecha 26/3/2009 se extiende acta de la comisión de selección y consta declarado apto el actor junto con Eduardo y resultando seleccionado el actor.

    De igual modo con referencia de convocatoria CI/CA/01/17 la demandada hace convocatoria interna par cubrir puesto de trabajo en Faisem, para cubrir puesto de responsable de Unidad /Subprograma en CH San Fernando de Cádiz.

    III .- Consta que la demandada admite que desde el día 27/6/2008 el actor ocupó el puesto temporal de responsable de la CH Los Peñoncillos, con el abono de correspondiente plus de responsabilidad.

    Consta que la demandada admite que desde el día 11/3/2012 el actor ocupó el puesto temporal de responsable de la CH Los Peñoncillos, con el abono de correspondiente plus de responsabilidad.

    Consta que la demandada admite que desde el día 6/4/2015 el actor ocupó el puesto temporal de responsable de la CH Los Peñoncillos, con el abono de correspondiente plus de responsabilidad.

    Consta que la demandada admite que desde el día 4/4/2016 el actor ocupó el puesto temporal de responsable de la CH Los Peñoncillos, con el abono de correspondiente plus de responsabilidad.

  2. En 2018 la demandada hace nueva convocatoria para trabajar temporalmente en CH Los Peñoncillos, esta vez consta que a fin de organizar la apertura de dicho CH en 2018 se decide debe hacerse saber con el personal indefinido que se cuenta para la misma y Faisem dirige a CS EL Realejo fax con el tenor que sigue:

    "De interés general para todo el personal. Os recordamos que todos aquellos trabajadores fijos que estén interesados en trabajar temporalmente en la CH Los Peñoncillos deberán presentar su solicitud hasta el 15/3/2018".

    El actor admite haberlo solicitado, constando escrito de solicitud de 14/3/2018.

    Consta solicitud de Paula, de fecha 12/3/2018.

    Ambas solicitudes tienen formatos similares. Obran en el ramo de prueba de la parte demandada y se dan por reproducidas.

    En 2018 para el puesto de responsable de unidad de CH Los Peñoncillos se ha seleccionado a Paula, trabajadora de la demandada con contrato ordinario indefinido y que aunque su categoría es la de monitor residencial ocupa puesto de responsable de unidad en otro centro; así consta en sus nóminas de enero a diciembre de 2017.

TERCERO

La demanda de autos se interpone en fecha 18/4/2018.-CUARTO. El actor dirige en fecha 26/3/2018 escrito a la Delegada provincial de Faisem Granada con el tenor que consta al documento nº 8 de ramo de prueba de la parte actora. Le indica que aún no ha recibido contestación por escrito a su solicitud de incorporación a la CH Los Peñoncillos, que realizó en fecha 14/3/2018; indica que solicitaba incorporarse en las mismas condiciones que en 2016, esto es, como responsable de unidad.-QUINTO. En fecha 21/9/2016 el Delegado Sindical de Faisem en representación de Comité de Empresas presenta denuncia contra la demandada ante la IPTSS; alega que Faisem celebra contratos temporales en fraude de ley para prestación de servicios en concreto en CH Los Peñoncillos y recoge cuales son los afectados, entre los que no se encuentra el actor.

SEXTO

Ante este mismo Juzgado se tramitaron autos 593/2017 sobre tutela de derechos fundamentales; en fecha 27/11/2017 se dicta sentencia cuyos hechos probados son del tenor que sigue:

"PRIMERO. Los actores han prestado servicios por cuenta de la demandada en el centro de trabajo Casa Hogar Los Peñoncillos sita en Parque Natural de la Sierra de Huetor, en Huetor Santillan en años previos a 2017.

SEGUNDO

En fecha 2/2/2001 se extiende el acta de entrega de la Casa Forestal Los Peñoncillos sita en Huetor Santillan y sus instalaciones anexas ; se acordó la cesión gratuita del uso por un plazo de cinco años prorrogables a favor de la Fundacion Andaluza para la Integracion Social del enfermo mental (Faisem) con destino a albergue para enfermos mentales.

El centro de trabajo Casa Hogar Los Peñoncillos sito en Parque Natural de la Sierra de Huetor, en Huetor Santillán, se apertura de abril a noviembre de cada año natural.

En dicho centro de trabajo prestan servicios 13 trabajadores, y la demandada primero ofrece dichos servicios a personal fijo de la empleadora.

Así en fecha 8/2/2017 se remite fax por la demandada, dirigido a todo el personal y recordando que los trabajadores fijos que estén interesados en trabajar temporalmente en CH Los Peñoncillos deber presentar su solicitud antes del 27/2/2017.

Se da por reproducida la relacion de plantilla de CH Los Peñoncillos de los años 2012 a 2016.

En abril de 2017 no se apertura ante la necesidad valorada por la empresa de efectuar unas obras que están ejecutándose.

Así en fecha 20/6/2017 se firma en Sevilla Contrato menor, contratación directa,contratación de obras, servicios y suministros, para rehabilitación de CH Los Peñoncillos, con el tenor que consta al folio 343 de autos.

TERCERO

Los actores interrogados en el acto de juicio, Tarsila, Imanol, Virginia y Zaida admiten que en años anteriores les avisaban con una antelacion de una o dos semanas el comienzo de prestación de servicios en CH Los Peñoncillos . Los actores han prestado servicios para la demandada en 2017, de hecho prestan servicios para la demandada en la fecha de juicio Tarsila, Virginia y Zaida ; y de los que no comparecen al acto de juicio ( Landelino, Imanol y Leandro ) los demás refieren que tiene turno. Los actores aparecen admitidos en el listado definitivo de admitidos y excluidos al proceso de selección correspondiente a la convocatoria Gr/ Ca/01/17.

CUARTO

Los actores admiten que está tramitándose procedimiento en virtud de demanda por ellos interpuesta y en la que reclaman cuestiones sobre su relacion laboral con la demandada: en este mismo Juzgado se tramitan autos nº 379/2017 incoados en fecha 11/10/2017 en virtud de demanda de los actores y otro contra Faisem, demanda de reclamación de derechos por relación laboral indefinida; interesan que se declare la relación de los actores con la demandada es de carácter indefinida.

QUINTO
  1. El presidente Comite Empresa Faisem Granada dirige comunicación a la Delegada provincial de Faisem Granada solicitando el calendario laboral y cuadrantes de todos los centros de trabajo previsto para 2017 ; con entrada en la Junta el 5/12/2016

    El presidente Comité Empresa Faisem Granada dirige comunicación a la Delegada provincial de Faisem Granada donde consta que no se les ha facilitado el cuadrante de turnos de la Casa Hogar Peñoncillos; insta a la Dirección a subsanar dicha incidencia ; con entrada en la Junta el 22/12/2016

    El presidente Comité Empresa Faisem Granada dirige comunicación a la Delegada provincial de Faisem Granada donde consta que no se les ha facilitado el cuadrante de turnos de la Casa Hogar Peñoncillos; solicita se les haga llegar lo antes posible ; con entrada en la Junta el 2/3/2017.

  2. En fecha 7/6/2017 se presenta escrito de iniciación de procedimiento de conciliación mediación previo a la vía judicial...

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