STSJ Galicia , 3 de Junio de 2020

PonenteEMILIO FERNANDEZ DE MATA
ECLIES:TSJGAL:2020:2525
Número de Recurso6290/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2020
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA SECRETARIA SRA. FREIRE CORZO-M

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

Correo electrónico:

NIG: 15078 44 4 2018 0001464

Equipo/usuario: MJ

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0006290 /2019

Procedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000466 /2018

Sobre: CESION ILEGAL

RECURRENTE/S D/ña Rosendo

ABOGADO/A: LIDIA DE LA IGLESIA AZA

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: AVIS ALQUILE UN COCHE SA, Severino

ABOGADO/A: MIGUEL ANGEL ALMANSA GARCIA, ALBERTO FREIJEIRO OTERO

PROCURADOR:,

GRADUADO/A SOCIAL:,

ILMA. SRA. Dª ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

ILMO. SR. D. EMILIO FERNANDEZ DE MATA

ILMA. SRA. Dª PILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR

En A CORUÑA, a tres de junio de dos mil veinte.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0006290 /2019, formalizado por D. Rosendo, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000466 /2018, seguidos a instancia de D. Rosendo frente a AVIS ALQUILE UN COCHE SA, Severino, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. EMILIO FERNANDEZ DE MATA.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Rosendo presentó demanda contra AVIS ALQUILE UN COCHE SA, Severino, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia, de fecha veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "

Primero

D Rosendo, f‌iguró de alta, según informe de vida laboral para la entidad Severino en las siguientes fechas (aportado por el actor y la codemandada SANTAIGO SIXTO, como doc. nº 1 de sus respectivos ramos de prueba):

De 05/03/2001 a 06/03/2001, en virtud de un contrato de trabajo código 402 (contrato eventual por circunstancias de la producción).

De 12/03/2001 a 12/03/2001, en virtud de un contrato de trabajo código 402 (contrato eventual por circunstancias de la producción).

Con posterioridad de 15/05/2001 a 28/02/2003, estuvo prestando servicios para otras entidades tales como LABORMAN TRABAJO TEMPORAL ETT SA (de 15/05/2001 a 15/05/2001 -CT 501-), MAC PHONE SL (de 18/06/2001 a 24/06/2001 y de 03/09/2001 a 09/09/2001 -CT 401-), NORTEMPO EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL (de 26/09/2001 a 31/10/2001, de 18/01/2002 a 22/02/2002 -CT 401-), MANTELNOR OUTSOURCING SL (de 06/03/2002 a 19/09/2002 -CT 401-), NORTEMPO EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL (de 22/10/2002 a 22/11/202 -CT 401), MULTISERVENS-1 SL (de 07/01/2003 a 07/02/2003 -CT 401-), PABLOPLAS SL (de 17/02/2003 a 28/02/2003 -CT 410-).

A partir del 12/06/2003 f‌iguró de nuevo dealta para la entidad Severino en los siguientes periodos:

De 12/06/2003 a 21/06/2003 CT: 401

De 25/06/2003 a 25/06/2003 CT: 401

De 01/07/2003 a 06/07/2003 CT: 401

DE 10/07/2003 A 13/07/2003 CT: 401

De 15/07/2003 a 16/07/2003 CT: 401

De 18/07/2003 a 20/07/2003 CT: 402

De 22/07/2003 a 27/07/2003 CT: 402

De 28/07/2003 a 03/08/2003 CT: 402

De 07/08/2003 a 14/08/2003 CT: 402

De 26/08/2003 a 04/11/2003 (CT: 402) en virtud de un contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, para prestar servicios como conductor, con una duración de 26/08/2003 a 20/10/2003 para la cobertura del disfrute de vacaciones de los trabajadores D Alonso, D Amador y D Ángel (doc. nº 2 de Severino ).

De 04/12/2003 a 02/01/2004 (CT: 401) en virtud de un contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, para prestar servicios como conductor, con una duración de 04/12/2003 a f‌in de servicio, siendo el servicio objeto del contrato el servicio de preparación y reparto de la nueva f‌lota de vehículos que la mercantil AVIS traslada al aeropuerto de Santiago de Compostela para su posterior alquiler, todo ello en virtud del contrato suscrito entre AVIS y D Severino (doc. nº 2 de Severino ).

De 11/03/2004 a 22/03/2004 (CT: 401) en virtud de un contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, para prestar servicios como conductor, con una duración de 11/03/2004 a f‌in de servicio, siendo el servicio objeto del contrato el servicio de matriculación, acondicionamiento colocación de elementos básicos como tapacubos, ceniceros... a la f‌lota de vehículos nuevos que la mercantil AVIS pone en funcionamiento en la base que esta tiene en el aeropuerto de Santiago de Compostela (doc. nº 2 de Severino ).

Desde 18/05/2004 en virtud de un contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, para prestar servicios como conductor, con una duración de 18/05/2004 a f‌in de servicio, siendo el servicio objeto del contrato el servicio de acondicionamiento, colocación de elementos básicos como tapacubos, ceniceros... a la f‌lota de vehículos nuevos que la mercantil AVIS pone en funcionamiento en la base que esta tiene en el aeropuerto de Santiago de Compostela con motivo del Año Santo XACOBEO 2004 (doc. nº 2 del actor y de Severino ).

El anterior contrato fue transformado en indef‌inido el 01/01/2006 (doc. nº 3 del actor y doc. nº 2 de Severino )

Segundo

Severino, reconoce en nómina al actor la categoría de conductor y una antigüedad de 12/06/2003 percibiendo desde junio de 2018 un salario bruto mensual con prorrateo de pagas extras de 1.121,40 euros y desde enero de 2019 de 1.257,50 euros, cantidades que son abonadas por él al actor (vid nominas aportadas por el actor -doc. nº 4-y por Severino -doc. nº 15 y 16).

Tercero

En fecha 15 de mayo de 2001, la entidad AVIS ALQUILE UN COCHE SA y D Severino, suscribieron un contrato de arrendamiento de servicios a f‌in de que la empresa Severino, dedicada al lavado, preparación, mantenimiento de f‌lota de vehículos, realizase actividades consistentes en desplazar los vehículos de las instalaciones y aparcamiento de AVIS a las propias, chequear los vehículos de acuerdo con los estándares requeridos por AVIS, repostar los vehículos de acuerdo con los controles y procedimientos de AVIS (doc. nº 18 del actor).

En fecha 30/01/2002, la entidad AVIS ALQUILE UN COCHE SA y D Severino, suscribieron un contrato de arrendamiento de servicios a f‌in de que la empresa SANTIAGO SIXTO dedicada al lavado, preparación, mantenimiento y traslado de f‌lota de vehículos, se comprometía a prestar entre otros los servicios de lavado, mantenimiento, traslado y matriculación de los vehículos destinados a alquiler de los que Avis dispone en el Aeropuerto de Santiago de Compostela (vid doc. nº 1 de la entidad AVIS, doc. nº 18 del actor doc. nº 19 de Severino ).

Cuarto

En fecha 12/05/2003 la entidad AVIS ALQUILE UN COCHE SA y D Severino, suscribieron un nuevo contrato de arrendamiento de servicios con cesión del uso de instalaciones e equipos por medio del cual AVIS cedía el uso de las instalaciones que dispone en el Aeropuerto de Santiago de Compostela (taller de 225 metros aproximadamente de la planta baja del edif‌icio situado en el aeropuerto de Santiago de Compostela, excepto la of‌icina destinada al check-in) y equipos tales como: 2 gatos, 4 taquillas, banco y diversas herramientas, emisora (Motorola), extractor de aceite, máquina de cambio de ruedas, mesa despacho y silla, pistola de aire para ruedas, remachadora a pilas, 2 taladros, aspiradora, cargador de batería, esmeril, manguera de aire para presión de ruedas, máquina de lavado a presión, pistola de agua, recogedor de aceite, túnelde lavado (Doc. nº 2 de AVIS, doc. nº 19 del actor y doc. nº 20 de Severino ).

Quinto

En virtud de los contratos suscritos, SANTIAGO SIXTO emite facturas que son abonadas por AVIS (doc. nº 3 y 4 del ramo de prueba de AVIS).

Sexto

La empresa SANTIAGO SIXTO GATO presta servicios en la nave cedida por AVIS en el antiguo parking del aeropuerto de Santiago de Compostela y AVIS ALQUILER DE COCHE SA, tiene sus instalaciones en la nueva terminal del aeropuerto de Santiago de Compostela (testif‌ical).

Séptimo

Los trabajadores de Severino se encuentran en la nave donde está instalada dicha empresa, reciben un pedido de AVIS y mediante el programa de gestión de la entidad SANTIAGO SIXTO (doc. nº 3, folios impresos) se comunica a sus trabajadores, que vehículos tiene que recoger para llevarlo a sus instalaciones, limpiarlo y en su caso y de ser preciso, efectuar las reparaciones necesarias, y posteriormente devolverlo a las instalaciones de AVIS en el parking de la nueva terminal del aeropuerto o llevarlo a otra of‌icina de AVIS (como RENFE, para lo cual consta su nombre en el bono de traslado -doc. nº 6 del actor-), también efectúan el servicio de matriculación de vehículos. El actor es una de las personas encargadas de realizar dichas funciones (interrogatorio, Severino y testif‌ical).

Octavo

El actor no se dedica a alquilar vehículos (testif‌icales).

Noveno

Cada una de las entidades cuenta con sus propios trabajadores y los trabajadores de Severino y los de AVIS ALQUILE UN COCHE SA, no se sustituyen entre sí. En AVIS ALQUILE UN COCHE SA no hay trabajadores que realicen las funciones de lavado (testif‌ical)

Décimo

Cada empresa tiene conf‌igurado su propio calendario de turnos (vid doc. nº 13 y 14 de Severino y doc. nº 14 de AVIS).

Undécimo

La entidad...

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