STSJ Andalucía 1330/2019, 1 de Octubre de 2019
Ponente | EUGENIO FRIAS MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2019:19684 |
Número de Recurso | 666/2017 |
Procedimiento | Contencioso |
Número de Resolución | 1330/2019 |
Fecha de Resolución | 1 de Octubre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA
Recurso número 666/2017
SENTENCIA
Ilma. Sra. Presidenta
Doña María Luisa Alejandre Durán
Ilmos. Sres. Magistrados
Don Eugenio Frías Martínez
Don Pedro Luis Roas Martín
En la ciudad de Sevilla, a uno de octubre de dos mil diecinueve. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 666/2017, interpuesto por CONSTRUCCIONES ALPI, S.A. representado por el Procurador Sr. Ladrón de Guevara Izquierdo y defendido por Letrado, contra resolución de CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR representada y defendida por el Abogado del Estado.
Es Ponente el Ilmo. Sr. D. Eugenio Frías Martínez.
Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso.
La Administración demandada, una vez conferido el trámite para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.
Tras la práctica de las pruebas que se consideraron pertinentes, con el resultado obrante en las actuaciones, se confirió traslado a las partes para la formulación de conclusiones. Presentados los oportunos escritos quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 30 de septiembre del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.
Se interpone el recurso contra la desestimación presunta del recurso de reposición formulado contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de 11 de enero de 2016, por la que se desestima la reclamación de cantidad de 2.228.586,91 euros más intereses de demora, por la ejecución de
obras adicionales a los proyectos: Proyecto 08/2002 Restauración del Caño Travieso y Proyecto 04/2005 de obras complementarias, por entender que se encontraban prescritas las cantidades reclamadas.
Las cantidades reclamadas se corresponden con trabajos relacionados con el Proyecto de Restauración del Caño Travieso y su complementario, que se afirman ejecutados por solicitud de la Administración aun cuando no se encontraran recogidos en los contratos de obra, y cuya reclamación se fundamenta en la existencia de enriquecimiento injusto por parte de la Administración.
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