SJPI nº 1 209/2019, 13 de Septiembre de 2019, de Palma

PonenteSERGIO LOPEZ RUIZ
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2019
ECLIES:JPI:2019:326
Número de Recurso824/2018

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00209/2019

TRAVESSA D'EN BALLESTER, Nº 20, 2º (EDIFICIO SA GERRERIA)

Teléfono: 971219364/65, Fax: 971219479

Correo electrónico:

Equipo/usuario: PMZ

Modelo: N04390

N.I.G. : 07040 42 1 2018 0023980

JVO JUICIO VERBAL (RECLAMAC. POSESION 250.1.4) 0000824 /2018

Procedimiento origen: /

Sobre OTRAS MATERIAS

DEMANDANTE D/ña. AJUNTAMENT DE PALMA

Procurador/a Sr/a. MARGARITA JAUME NOGUERA

Abogado/a Sr/a.

D/ña. Carlos Francisco, Carlota, OCUPANTES DESCONOCIDOS C / DIRECCION000 NUM000 NUM001 NUM002

Procurador/a Sr/a., GONZALO BERNAL GARCIA,

Abogado/a Sr/a.,,

S E N T E N C I A

En Palma de Mallorca, a 13 de septiembre de 2019.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 25 de septiembre de 2018 se presentó por la procuradora de los tribunales Dª Margarita Jaume Noguera, en nombre y representación de Ajuntament de Palma, demanda de juicio verbal de desahucio por precario contra D. Carlos Francisco de inmueble sito en DIRECCION000 NUM000, NUM001 NUM002, de Palma, interesando que se declarare haber lugar al desahucio de la parte demandada de la vivienda indicada condenándosela a dejar libre y expedita y a disposición del demandante en plazo legal con apercibimiento de lanzamiento por la fuerza y a su costa de no verif‌icarlo condenando a la parte a estar y pasar por dicha declaración y con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Por decreto de 15 de noviembre de 2018 se admitió a trámite la demanda y se acordó dar traslado de la misma a la parte demandada para contestar en plazo legal.

El 28 de enero de 2019 se presentó por el procurador de los tribunales D. Gonzalo Bernal García, en nombre y representación de Dª Carlota, escrito de contestación a la demanda interesando su desestimación con imposición de las costas a la actora.

Por diligencia de ordenación de 4 de febrero de 2019 se señaló fecha para la vista el 14 de marzo de 2019.

Mediante diligencia de ordenación de 12 de marzo de 2019 se señaló fecha para la vista por falta de citación del demandado.

Por diligencia de ordenación de 3 de julio de 2019 se declaró en rebeldía procesal al demandado y se señaló fecha para la vista el 12 de septiembre de 2019.

SEGUNDO

El día de la vista comparecieron las partes personadas y tras ratif‌icarse la actora en la demanda en cuanto a la imposición de costas se opuso la demandada.

Admitida la prueba documental propuesta quedaron los autos vistos para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se declara probado que Ajuntament de palma es dueño del inmueble sito en DIRECCION000 NUM000, NUM001 NUM002, de Palma, que permaneció temporalmente ocupado por D. Carlos Francisco

, Dª Carlota y otros ignorados ocupantes hasta que se marcharon, el primero en septiembre de 2018 y la segunda en enero de 2019.

SEGUNDO

Se ejercitaba inicialmente por la parte actora una acción de desahucio por precario a f‌in de poder ejercitar la plena posesión del inmueble del cual es propietaria si bien durante la tramitación del procedimiento recuperó la posesión del inmueble produciéndose la carencia sobrevenida del objeto interesando la demandante la continuación del proceso a f‌in de imponer las costas.

Como dice la SAP Barcelona 30-10-2013 "Conviene recordar que el precario constituye la tenencia o disfrute de cosa ajena, sin pago de renta o merced, ni razón de derecho distinta de...

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