SJCA nº 2 235/2019, 24 de Julio de 2019, de Salamanca

PonenteMARTA SANCHEZ PRIETO
Fecha de Resolución24 de Julio de 2019
ECLIES:JCA:2019:5997
Número de Recurso4/2019

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 2

SALAMANCA

SENTENCIA: 00235/2019

Modelo: N11600

PLAZA DE COLON 8

Teléfono: 923 284 776 Fax: 923 284 777

Correo electrónico: contencioso2.salamanca@justicia.es

Equipo/usuario: B

N.I.G: 37274 45 3 2019 0000009

Procedimiento: PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000004 /2019 /

Sobre: CONTRATOS CON LA ADMINISTRACION

De SABORIT INTERNATIONAL SL

Abogado: IGNACIO RODRIGUEZ DE LA RIVA

Contra AYUNTAMIENTO DE CARBAJOSA DE LA SAGRADA

Abogado: ANGEL LOPEZ MARTÍN

S E N T E N C I A Nº. 235/2019

En SALAMANCA, a veinticuatro de julio de dos mil diecinueve.

Vistos por Dª. MARTA SÁNCHEZ PRIETO, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de SALAMANCA los autos que constituyen el recurso contencioso-administrativo registrado con el número 4/2019 y seguido por el procedimiento abreviado, en el que se impugnan las Resoluciones de 25 de octubre de 2018, consistentes en el Oficio de Alcaldía y el Acta de Recepción de Suministros, a través de las cuales se da por resuelto el contrato menor de suministro celebrado con el Ayuntamiento de Carbajosa de la Sagrada, por un supuesto incumplimiento contractual.

Consta como demandante la mercantil SABORIT INTERNATIONAL S.L., representada y asistida por el Letrado

D. Ignacio Rodríguez de la Riva; siendo demandado el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARBAJOSA DE LA SAGRADA, representado y defendido por el Letrado D. Ángel López Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Letrado D. Ignacio Rodríguez de la Riva, en el nombre y representación indicados, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución señalada en el encabezamiento de la presente sentencia.

Tras alegar los hechos e invocar los fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, solicita se dicte sentencia por la que se declare no ajustada a Derecho la resolución impugnada y se declare su nulidad; todo ello con imposición de las costas procesales a la demandada.

SEGUNDO

Por decreto se admitió la demanda interpuesta, decidiéndose su sustanciación por los trámites del procedimiento abreviado, y en el mismo se acordó requerir a la Administración demandada para que remitiera el expediente administrativo.

TERCERO

Señalado día para la vista, la demandante se ratificó en su demanda y por la Administración demandada se contestó a la misma en los términos que constan en el soporte de grabación audiovisual. Practicada la prueba que fue declarada pertinente, tras conclusiones, quedó el pleito concluso para sentencia.

CUARTO

La cuantía del recurso ha quedado fijada en 2.577,30 euros.

QUINTO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandante recurre las Resoluciones de 25 de octubre de 2018, consistentes en el Oficio de Alcaldía y el Acta de Recepción de Suministros, a través de las cuales se da por resuelto el contrato menor de suministro celebrado con el Ayuntamiento de Carbajosa de la Sagrada, por un supuesto incumplimiento contractual.

Fundamenta su demanda en los siguientes hechos: que es contratista del Ayuntamiento demandado en virtud de contrato menor de suministros perfeccionado el 15 de marzo de 2018, momento en el cual se acepta el...

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