STSJ Canarias 619/2019, 8 de Junio de 2019

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2019:2913
Número de Recurso263/2019
ProcedimientoSocial
Número de Resolución619/2019
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2019
EmisorSala de lo Social

?

Sección: CB

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL

Plaza de San Agustín Nº6

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 30 64 00

Fax.: 928 30 64 08

Email: socialtsj.lpa@justiciaencanarias.org

Rollo: Recursos de Suplicación

Nº Rollo: 0000263/2019

NIG: 3501644420180008453

Materia: Despido

Resolución:Sentencia 000619/2019

Proc. origen: Despidos / Ceses en general Nº proc. origen: 0000834/2018-00

Órgano origen: Juzgado de lo Social Nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria

Recurrente: Teofilo ; Abogado: ISAIAS GONZALEZ GORDILLO

Recurrido: ENEBIRD AEROGENERADORES S.L.

FOGASA: FOGASA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de junio de 2018.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ, D./ Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ y D./Dña. IGNACIO DUCE SÁNCHEZ DE MOYA, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000263/2019, interpuesto por D. Teofilo, frente a Sentencia 000382/2018 del Juzgado de lo Social Nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 0000834/2018-00 en reclamación de Despido siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Teofilo, en reclamación de Despido siendo demandados ENEBIRD AEROGENERADORES S.L. y FOGASA y celebrado juicio y dictada Sentencia desestimatoria, el día 29 de noviembre de 2018, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La parte actora, con DNI NUM000, ha venido prestando servicios para la empresa demandada con antigüedad de 11.09.2017, categoría de conserje, y salario día bruto y prorrateado de 40,96 euros. SEGUNDO.- Las partes suscribieron un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, fijándose en la cláusula cuarta un periodo de prueba de un año.

TERCERO

La empresa demandada procedió a comunicar el 31.08.2018 a la parte actora su extinción del contrato por no superar el periodo de prueba.

CUARTO

La parte actora no ostenta ni ha ostentado en el año anterior la condición de representante legal o sindical de los trabajadores

QUINTO

Se agotó la vía previa."

TERCE...

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