STSJ Comunidad de Madrid 476/2019, 3 de Mayo de 2019

PonenteMARIA DEL ROSARIO GARCIA ALVAREZ
ECLIES:TSJM:2019:10036
Número de Recurso1186/2018
ProcedimientoSocial
Número de Resolución476/2019
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2019
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34002650

NIG : 28.092.00.4-2018/0000556

Procedimiento Recurso de Suplicación 1186/2018

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles Despidos / Ceses en general 269/2018

Materia : Despido

ma

Sentencia número: 476/19

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilma. Sra. Dª. ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

Ilmo. Sr. D. ISIDRO MARIANO SAIZ DE MARCO

En la Villa de Madrid, a TRES DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por la/los Ilma/os. Sra/es. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 1186/18 formalizado por D. Humberto, en nombre de SERAUXMA, S.L., contra el auto de fecha once de septiembre de dos mil dieciocho, dictado por el Juzgado de lo Social número 2 de MÓSTOLES, en sus autos de Ejecución de Título Judicial número 172/2018 (autos nº 269/18), seguidos a instancia de la parte ejecutante Dª Trinidad frente a la parte ejecutada SERAUXMA, S.L., en reclamación por Despido, siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. Dª. ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la parte actora Dª Trinidad contra la parte demandada SERAUXMA S.L., siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación dictó auto en fecha 24 de julio de 2018.

SEGUNDO

En dicho auto se consignó la siguiente parte dispositiva:

Declaro irregular la readmisión de la actora Dª Trinidad por parte de la empresa SERAUXMA S.L. y en consecuencia extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos de este auto, condenado a la ejecutada a estar y pasar por esta declaración, así como a abonar a la ejecutante en concepto de indemnización la cantidad de 18.818'81 euros, y por diferencias en salarios de tramitación del periodo febrero a mayo, ambos inclusive, la cantidad bruta de 953'12 euros.

TERCERO

El anterior auto fue recurrido en reposición por la empresa SERAUXMA S., e impugnado por la contraparte en el traslado conferido, resolviéndose por Auto de 11 de julio de 2018 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Estimo parcialmente el recurso de reposición interpuesto por la empresa SERAUXMA frente a auto de 24-07-2018, en el particular relativo a las diferencias en los salarios de tramitación del periodo febrero a mayo 2018, ascendiendo las mismas a 259'34 euros, manteniendo en su integridad los restantes extremos del auto impugnado."

CUARTO

Frente a dicho auto se anunció recurso de suplicación por la parte ejecutada SERAUXMA SL, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social de Madrid, tuvieron los mismos entrada en esta Sección Primera en fecha 15 de noviembre de 2018 dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de autos al mismo para su conocimiento y estudio en 17 de abril de 2019, señalándose el día 30 de abril de 2019 para los actos de votación y fallo.

SÉPTIMO

En la tramitación del presente recurso de suplicación no se ha producido ninguna incidencia.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución objeto de recurso ha desestimado el recurso de reposición interpuesto contra el auto dictado en ejecución de sentencia de...

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