Auto Aclaratorio TS, 10 de Junio de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Junio 2020

RECURSO CASACION (P) núm.: 10748/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Andrés Palomo Del Arco

Letrado de la Administración de Justicia: Sección 2ª

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres.

D. Andrés Martínez Arrieta

D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca

D. Antonio del Moral García

D. Andrés Palomo Del Arco

D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

En Madrid, a 10 de junio de 2020.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Andrés Palomo Del Arco.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El 19 de mayo de 2020 se dictó por esta Sala la sentencia num. 181/2020. Se ha recibido of‌icio del Juzgado de lo Penal num. 1 de Burgos participando existir un error de transcripción referente a la causa Ej. 214/2015 del juzgado de lo Penal nº 3 de Burgos, ya que el condenado Jose Ramón no se encuentra condenado en dicha ejecutoria, si bien consta condenado en la ejecutoria 214/2016 del citado Juzgado. SEGUNDO.- Examinados los antecedentes penales que obran en el rollo, se observa que efectivamente se ha producido un error material en la transcripción del año de la ejecutoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Burgos, siendo 2016 y no 2015 como se reseña.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

A través de los expedientes -aclaración, subsanación de omisiones y defectos, completo, rectif‌icación de errores- previstos en los arts. 267 LOPJ y 161 LECrim. se posibilita excepcionalmente que los

órganos judiciales aclaren algún concepto oscuro o suplan cualquier omisión que contengan sus sentencias y autos def‌initivos, o bien rectif‌iquen los errores materiales manif‌iesto y los aritméticos en que los mismos hayan podido incurrir.

En los autos, por error, se reseñó como número de sentencia dictada por el Juzgado Penal num. 3 de Burgos la 214/2015 siendo la 214/2016, por lo que procede subsanar esta omisión, conforme a las previsiones de las anteriores normas.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Rectif‌icar el error material producido en la sentencia num. 181/2020 dictada por esta Sala el 19 de mayo de 2020 en el sentido de donde dice ejecutoria num. 214/2015 dictada por el Juzgado de lo Penal num. 3 de Burgos debe decir ejecutoria 214/2016.

Así se acuerda y f‌irma.

Andrés Martínez Arrieta Miguel Colmenero Menéndez de Luarca Antonio del Moral García

Andrés Palomo Del Arco Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

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