SJS nº 4 122/2020, 5 de Marzo de 2020, de Oviedo

PonenteSOLEDAD MONTE RODRIGUEZ
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2020
ECLIES:JSO:2020:1012
Número de Recurso369/2019

JDO. DE LO SOCIAL N. 4

OVIEDO

SENTENCIA : 00122/2020

Nº AUTOS: 369/2019

SENTENCIA

En Oviedo, a cinco de Marzo de dos mil veinte.

Vistos por doña Soledad Monte Rodríguez, Juez en sustitución del Juzgado de lo Social Nº 4 de Oviedo, los presentes autos nº 369/2019, seguidos a instancia de doña Alicia, representado por el letrado don Eduardo Rueda García, contra Consejería de Hacienda y Sector Público del Principado de Asturias, representado por el letrado don Luis Canal Fernández, y contra doña Azucena, que no compareció.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En este Juzgado tuvo entrada en fecha 22 de mayo de 2019 demanda sobre impugnación de acto administrativo, en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, se termina suplicando se dicte sentencia que acoja sus pretensiones.

Segundo

Subsanados los defectos que presentaba la demanda, se admitió a trámite y se señalaron los actos de conciliación y juicio, con el resultado que obra en autos. En dicho acto las partes formularon sus alegaciones en apoyo de sus pretensiones y, tras practicarse las pruebas admitidas y concluido el trámite de conclusiones, quedó el juicio visto para sentencia.

Tercero

En el presente procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

  1. ) En el BOPA de 2 de marzo de 2018 se publicó la Resolución de 26 de febrero de 2018, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de la Administración del Principado de Asturias y Organismos Autónomos integrados en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Principado de Asturias.

    La demandante no impugnó la convocatoria referida.

  2. ) Doña Alicia presentó solicitud para participar el citado concurso a las plazas enumeradas entre la 27 y la 35 de la convocatoria.

  3. ) En la base primera de la convocatoria se establecía como condiciones de participación el reunir los siguientes requisitos:

    1. Comunes: ser trabajador f‌ijo de plantilla sujeto al ámbito personal del V Convenio Colectivo, en situación de

      activo, así como quien se encuentre en cualquiera de las situaciones que conlleven reserva de puesto y en situación de excedencia voluntaria.

    2. Específ‌icos de cada puesto de trabajo: poseer la misma categoría profesional, así como reunir los requisitos de titulación y/o experiencia que pudieran exigirse conforme se expresa en el catálogo.

    3. De forma particular para concursar a las plazas con los números de orden NUM000, NUM001 y NUM002 estar en posesión del título de maestro o maestra con la especialización de educación infantil o el título de grado equivalente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 27/2015, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos de los centros que impartan el primer ciclo de educación infantil y se regula la organización y funcionamiento de las escuelas de educación infantil en el Principado de Asturias.

  4. ) Por Resolución de 8 de marzo de 2019, de la Consejería de Hacienda y Sector Público se resolvió el concurso de méritos para la provisión de los expresados puestos de trabajo, resultando en la misma la demandante excluida respecto de las plazas NUM000, NUM001 y NUM002 por no acreditar la titulación requerida para las plazas.

  5. ) La demandante había aportado un título de especialista universitaria expedido por la Universidad Nacional de Educación a...

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