STSJ Galicia 1161/2020, 5 de Marzo de 2020

PonenteMANUEL DOMINGUEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2020:1615
Número de Recurso4776/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1161/2020
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2020
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA SALA DE LO SOCIAL A CORUÑA

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939 Fax: 881-881133/981184853

RSU RECURSO SUPLICACION 0004776 /2019 PM

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000192 /2019

Sobre: INCOMPETENCIA

RECURRENTE/S D/ña Abilio

ABOGADO/A: CARLOS ALBERTO PEREZ LOPEZ

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

PROCURADOR:,,

ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ

PRESIDENTE

ILMA. SRA. Dª. MARÍA ANTONIA REY EIBE

ILMA. SRA. Dª. ISABEL OLMOS PARÉS

En A CORUÑA, a cinco de marzo de dos mil veinte.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 4776/2019, formalizado por Abilio, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de VIGO en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 192/2019, seguidos a instancia de Abilio frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª MANUEL DOMINGUEZ LOPEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Abilio presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha treinta de mayo de dos mil diecinueve.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

El demandante D. Abilio, mayor de edad y con D.N.I. número NUM000, figura afiliado al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos con el número NUM001 .

Segundo

El actor inició incapacidad temporal derivada de enfermedad común el día 11 de febrero de 2016 en la que permaneció hasta el 19 de marzo de 2017, abonándosele por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en fecha 3 de enero de 2018 la cantidad de 10.805'61 euros tras sentencias de este Juzgado y del T.S.J. de Galicia. Tercero .- De nuevo permaneció en dicha situación del 24 de septiembre al 20 de noviembre de 2018 percibiendo 119'91 y 1.516'86 euros respectivamente, practicándosele por el Instituto Nacional de la Seguridad Social una retención de 507'09 euros, frente a la que reclamó, resolviendo dicho Instituto en fecha 12 de diciembre que al haber cobrado en conjunto más de 12.000 euros el sistema informático le descontaba dicho IRPF y que debía regularizar...

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