Sentencia nº 3/2020 de Tribunal Militar Territorial, Galicia (A Coruña), Sección 4ª, 5 de Febrero de 2020

PonenteFAUSTO MANUEL BLANCO ALVAREZ
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2020
EmisorTribunal Militar Territorial - Galicia (A Coruña), Sección 4ª
ECLIES:TMT:2020:11
Número de Recurso5/2018

SENTENCIA Nº 3/20

AUDITOR PRESIDENTE DE SALA Ilmo. Sr. Teniente Coronel Auditor D. Fausto Manuel Blanco Álvarez

VOCAL TOGADO Sra. Comandante Auditor Dña. Josefa María Quevedo González

VOCAL MILITAR Sr. Comandante del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. Salustiano Fernández Arribas

En la ciudad de A Coruña, a cinco de febrero de dos mil veinte.

La Sala de lo Penal del Tribunal Militar Territorial Cuarto, constituida por los Señores que al margen se expresan, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

Visto en juicio oral y público el Sumario nº 41/05/18, instruido por el Juzgado Togado Militar Territorial núm. 41, con sede en A Coruña, por un posible delito de "abuso de autoridad", previsto y penado en el artículo 46 del Código Penal Militar, en concurso ideal con otro de "lesiones", previsto y penado en el artículo 147.1 del Código Penal, en relación con la conducta presuntamente atribuida al Cabo del Cuerpo General del Ejército de Tierra

D. Calixto, con DNI nº NUM000, nacido el NUM001 de 1983 en A Cañiza (Pontevedra), hijo de Florentino y de María Esther, con domicilio en RUA000, NUM002 de Vigo (Pontevedra), en situación militar de servicio activo y destinado en el Regimiento de Infantería "Isabel la Católica" nº 29 de Figueirido (Pontevedra).

En cuanto a su situación personal, el procesado ha permanecido en situación de libertad provisional decretada mediante auto de fecha 8 de noviembre de 2018, medida cautelar que no ha sido modif‌icada durante la tramitación del presente procedimiento.

En la vista, realizada en audiencia pública y con la presencia del procesado, le ha patrocinado la Letrada Dña. Concepción Rúa López; ha sido parte el Ministerio Público, en concreto, intervino en la vista el Comandante Auditor D. Alfonso López Feria y, la Acusación Particular, representada por el Letrado D. Francisco Javier LópezKeller Álvarez. Es Vocal Ponente el Teniente Coronel Auditor D. Fausto Manuel Blanco Álvarez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El presente Sumario nº 41/05/18 se instruyó a raíz de las Diligencias Previas nº 41/17/18 incoadas en el Juzgado Togado Militar Territorial nº 41 de A Coruña, que se iniciaron mediante auto de fecha 20 de julio de 2018, como consecuencia del parte remitido a ese Juzgado en relación con los hechos ocurridos el día 20 de junio de 2018 supuestamente protagonizados por el Cabo D. Calixto (folios 1 a 4).

Uniéndose al procedimiento a los folios 18 y 19, declaración testif‌ical de la Soldado Dña. Raquel ; al folio 20, parte dado por la Soldado Dña. Raquel ; del folio 21 al 24, diversos informes médicos relativos a la Soldado Dña. Raquel ; del folio 35 al 44, diversa documentación relativa a Dña. Raquel ; al folio 75, declaración del Capitán D. Nicolas ; al folio 76, declaración del Capitán Enfermero D. Patricio ; al folio 79, declaración del Soldado D. Porf‌irio ; al folio 80, declaración de la Soldado Dña. Felisa ; al folio 81, declaración del Soldado D. Roman ; al folio 82, declaración de la Soldado Dña. Gloria ; al folio 84, declaración del Soldado D. Saturnino ; al folio 85, declaración del soldado D. Severiano ; al folio 86, declaración del Soldado D. Torcuato ; al folio 87, declaración del Soldado D. Valeriano ; al folio 88, declaración del Cabo D. Calixto ; al folio 100, declaración del Teniente Médico D. Jose Miguel ; del folio 106 a 109, auto de elevación a Sumario nº 41/05/18 y procesamiento en situación de libertad provisional de fecha 8 de noviembre de 2018; al folio 111, consulta realizada a la Base de Datos del Registro Central de Penados relativo a D. Luis Miguel, donde no se han identif‌icado resultados; al folio 125, declaración indagatoria del procesado, Cabo D. Luis Miguel ; del folio 128 a 135, Hoja General de Servicios relativa al Cabo D. Calixto ; a los folios 150 y 151, auto de admisión parcial de prueba de fecha 18 de enero de 2019; al folio 159, declaración del Teniente Médico D. Jose Miguel ; a los folios 165 y 166, auto de conclusión de Sumario de fecha 12 de febrero de 2019; del folio 183 a 187, escrito de conclusiones provisionales del Fiscal Jurídico Militar; del folio 189 a 191, escrito de conclusiones provisionales del Letrado de la Acusación Particular D. Francisco Javier López-Keller Álvarez; y del folio 194 a l 198, idéntico trámite evacuado por la defensa del procesado.

Corre unido al procedimiento mediante cuerda f‌loja pieza separada de situación personal y pieza de recurso de apelación nº 14/18.

SEGUNDO

Que el juicio oral se celebró el día 5 de febrero de 2020 en la Sala de Justicia de este Tribunal Militar Territorial Cuarto en A Coruña, practicándose la prueba consistente en examen del procesado, documental por reproducida, pericial en el Doctor D. Adolfo y Comandante Médico Dña. Tomasa y, testif‌ical en el Capitán D. Nicolas, Dña. Raquel, Teniente Médico D. Jose Miguel, Capitán Enfermero D. Patricio, Soldados D. Porf‌irio

, Dña. Felisa, D. Roman, Dña. Gloria, D. Saturnino, D. Severiano, D. Torcuato y D. Valeriano .

La práctica de todas las diligencias de prueba, con sus resultas, constan en el acta adjunta.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

Como tales expresamente declaramos que durante la celebración de las f‌iestas del aniversario de la BRILAT en la Base de Figueirido (Pontevedra), que tuvieron lugar entre los días 18 y 22 de junio de 2018, el personal de nueva incorporación en la Unidad recibió lo que se conoce como "bautismo", en concreto el día 19 de junio en las carpas colocadas por las diferentes Compañías para la celebración, se realizó, en algunas de ellas, este acto que consiste en que el personal recién llegado, bebe cerveza tumbado en una mesa, utilizando la "galleta" o distintivo de empleo, a modo de embudo y, tras la ingesta, el compañero de su mismo empleo más antiguo le coloca la "galleta" sobre el velcro del uniforme y le da sobre ella un golpe con el lateral del puño cerrado.

A la Soldado Dña. Raquel, junto con el resto de sus compañeros, les "bautizó" la también Soldado Dña. Genoveva, quien los golpeó con el lateral del puño.

El Cabo del Ejército de Tierra D. Calixto, sin contar con la autorización de su Capitán de Compañía, ni de ningún otro mando, entre las 12.00 y 14.00 horas del día 20 de junio, hizo llamar a los soldados componentes del último ciclo, incorporados a la Unidad, para que lo acompañasen a la furrilería de la Segunda Compañía, donde el Cabo estaba destinado, explicándoles que no le había gustado el "bautismo" que se había realizado el día 19 de junio en presencia de algunos mandos porque, a su juicio, se había hecho distinción entre hombres y mujeres, en cuanto a la intensidad del puñetazo que se les daba, ya que creía que las mujeres habían sido golpeadas de manera más leve y, explicando que todos tenían la misma condición de militar que él no iba a hacer ninguna distinción y que iba a tratar en el "bautismo" a todos por igual.

Una vez en la furrilería, siendo el Cabo D. Calixto el mando de mayor empleo, procedió nuevamente a "bautizar" a los incorporados del último ciclo, quienes siguiendo las directrices del Cabo, bebieron un chupito de licor café, que este sacó de la nevera, utilizando a modo de embudo la "galleta" del uniforme, tras lo cual el Cabo se la colocaba nuevamente sobre el uniforme y les propinaba encima un golpe con el puño cerrado, que impactaba de forma fuerte en la parte superior del torso de los soldados, aproximadamente entre el esternón y la clavícula izquierda, con el frente del puño, que previamente había f‌lexionado el brazo, para proceder a dar el puñetazo. Una vez realizado este "bautismo" los soldados se reincorporaron a los festejos de la Unidad.

La Soldado Dña. Raquel, se encontraba entre los integrantes del último ciclo que fueron llamados por el Cabo Luis Miguel, y recibió, junto con el resto de sus compañeros, el puñetazo en el pecho, que fue un golpe fuerte,

hasta el punto de que se tambaleó hacia atrás y expiró todo el aire de su pecho de forma involuntaria, sintiendo un fuerte dolor. La Soldado se quejó posteriormente de que le dolía el pecho y en los días sucesivos notó que el dolor no sólo, no cesaba, sino que iba en aumento y, sintiendo que en la zona donde había recibió el golpe tenía un bulto, por lo que acudió a un traumatólogo en la Clínica Gaias de Vigo, el día 11 de julio, siendo diagnosticada de una posible fractura costal y, prescribiéndole la realización de una ecografía para conf‌irmar el diagnóstico. Realizada la prueba ecográf‌ica, se pudo constatar que padecía "fractura costal C2 izquierda en fase de consolidación ósea", pautándosele la evitación de actividades con riesgo de impactos a ese nivel, la evitación de trabajos en los que tuviese que manejar pesos y, aconsejándosele que realizase actividad física moderada.

La Soldado Dña. Raquel, acudió el día 24 de julio de 2018 a los Servicios Médicos de su Unidad, para solicitar de los mismos un rebaje de ejercicio físico, durante la consulta explicó al Teniente Médico D. Jose Miguel la dolencia que padecía pero no mencionó la verdadera causa de la misma, pues al ser novata en la Unidad, no quería tener problemas. El Teniente Jose Miguel, sospechó de la versión que le ofreció la Soldado Raquel sobre cómo se había efectuado la lesión, por lo que fue a hablar con el Capitán Enfermero de la Unidad D. Patricio, quien llevaba más tiempo en el destino y podía hablar con mandos o soldados para contrastar algo acerca de lo que podría haber ocurrido.

El Capitán Enfermero Patricio, se entrevistó con la Soldado Raquel y le insistió que tenía que relatar la verdad de lo ocurrido ya que lo que había explicado no era cierto, ante este requerimiento la Soldado se derrumbó y dijo que la lesión provenía de un fuerte golpe que el Cabo Luis Miguel le había dado...

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