STSJ Asturias 216/2020, 4 de Febrero de 2020
Ponente | CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2020:561 |
Número de Recurso | 2661/2019 |
Procedimiento | Social |
Número de Resolución | 216/2020 |
Fecha de Resolución | 4 de Febrero de 2020 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 00216/2020
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax: 985 20 06 59
Correo electrónico:
NIG: 33037 44 4 2019 0000267
Equipo/usuario: MGB
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0002661 /2019
Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000269 /2019
Sobre: RESOLUCION CONTRATO
RECURRENTE/S D/ña Nuria
ABOGADO/A: MONTSERRAT DIANA MORAN MACIAS
RECURRIDO/S D/ña: AYUNTAMIENTO DE LANGREO
ABOGADO/A: FRANCISCO JAVIER SAN MARTIN RODRIGUEZ
Sentencia nº 216/20
En OVIEDO, a cuatro de febrero de dos mil veinte.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias formada por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ y Dª. CATALINA ORDOÑEZ DIAZ Magistrados de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 2661/2019, formalizado por la Letrada Dª MONTSERRAT DIANA MORAN MACIAS, en nombre y representación de Nuria, contra la sentencia número 375/2019 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de MIERES en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000269/2019, seguidos a instancia de Nuria frente al AYUNTAMIENTO DE LANGREO, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sra Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
Dª Nuria presentó demanda contra el AYUNTAMIENTO DE LANGREO, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 375/2019, de fecha ocho de agosto de dos mil diecinueve.
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
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- La actora, Nuria, y el Ayuntamiento demandado concertaron el 27 de marzo de 2018 contrato de trabajo en prácticas para la prestación de servicios como titulado superior universitario incluido en el grupo Licenciado/ Grado Derecho, en los términos que obran a los folios 116 a 118 de autos.
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- La actora, nacida el NUM000 de 1992, concluyó el 16 de febrero de 2018 los estudios correspondientes a Grado de Derecho.
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- Percibió la actora en el desarrollo de la relación laboral las retribuciones que obran a los folios 119 a 128 de autos.
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- El 31 de marzo de 2019 el Ayuntamiento da por terminado el contrato, cursando con dicha fecha la baja en la Seguridad Social de la actora.
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- Durante la vigencia de la relación laboral la actora se encontraba adscrita a la Oficina Técnica del Departamento de Urbanismo, realizando cometidos consistentes en tramitación de expedientes administrativos relativos a obras y licencias, ruinas, denuncias y demás propias del Área de Urbanismo y de ejecuciones subsidiarias e imposición de multas coercitivas; en esta tramitación realizaba la actora informes de contenido jurídico. Elaboraba...
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