STSJ Canarias 121/2020, 4 de Febrero de 2020

PonenteEDUARDO JESUS RAMOS REAL
ECLIES:TSJICAN:2020:210
Número de Recurso912/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución121/2020
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2020
EmisorSala de lo Social

? Sección: RC

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL

Plaza San Francisco nº 15

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 479 373

Fax.: 922 479 421

Email: socialtsjtf@justiciaencanarias.org

Rollo: Recursos de Suplicación

Nº Rollo: 0000912/2019

NIG: 3803844420190002075

Materia: Despido

Resolución:Sentencia 000121/2020

Proc. origen: Despidos / Ceses en general Nº proc. origen: 0000261/2019-00

Órgano origen: Juzgado de lo Social Nº 5 de Santa Cruz de Tenerife

Recurrente: Amadeo ; Abogado: DACIL PLASENCIA OTERO

Recurrido: DIRECCION000 .; Abogado: JOSE MANUEL NIEDERLEYTNER GARCIA LLIBEROS

Recurrido: DIRECCION001 ; Abogado: JOSE MANUEL NIEDERLEYTNER GARCIA LLIBEROS

SENTENCIA

Ilmos./as Sres./as

SALA Presidente

D./Dª. MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ-PARODI PASCUA

Magistrados

D./Dª. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO

D./Dª. EDUARDO JESÚS RAMOS REAL (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife, a 4 de febrero de 2020.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, compuesta por los llmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

En el rollo de suplicación interpuesto por D. Amadeo contra la sentencia de fecha 2 de julio de 2019, dictada por el JUZGADO de lo SOCIAL Nº 5 de los de Santa Cruz de Tenerife en los autos de juicio 261/2019 sobre despido, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. EDUARDO RAMOS REAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Amadeo contra las empresas " DIRECCION000 " y " DIRECCION001 " y que en su día se celebró la vista, dictándose sentencia con fecha 2 de julio de 2019 por el JUZGADO de lo SOCIAL Nº 5 de los de Santa Cruz de Tenerife.

SEGUNDO

En la sentencia de instancia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

D. Amadeo, mayor de edad, con NIE NUM000, inició su relación laboral con DIRECCION000, el 15 de Noviembre de 1993, mediante contrato de trabajo de duración indefinida, con la categoría profesional de profesor, salario bruto mensual prorrateado de 1924,98 euros, mediante el siguiente iter contractual: 15 de Noviembre de 1993 a 14 de Noviembre de 1994; 21 de Noviembre de 1994 a 23 de junio de 1995; 1 de Noviembre de 1995 a 31 de octubre de 1997; 1 de Noviembre de 1997 a 28 de enero de 2019 (documento 5 de la parte actora y documentos 1 y 2 de la demandada).

SEGUNDO

El actor no ostenta ni ha ostentado en el año anterior a su despido la condición de delegado de personal, miembro del comité de empresa o delegado sindical (hecho no controvertido). TERCERO.- En fecha 28 de enero de 2019, la empresa demandada entrega al trabajador carta de despido disciplinario en base a los hechos acaecidos entre los días 17 y 18 de enero. Indica la citada carta de despido que, "el pasado jueves día 17 de enero de 2019, Dña. Enriqueta, orientadora y coordinadora de secundaria de este centro educativo, recibió un mensaje de texto de Dña. Gregoria . Y D. Fructuoso ., padres de una de sus alumnas del grupo de 2º ESO, con el contenido siguiente: el lunes pasado (sigue nombre de la alumna) me contó que varias niñas de la clase se habían quejado con la tutora en relación con uno de los profesores por el exceso de confianza hacia ellas. Esta tarde me ha contado que hoy le cogió un pecho mientras le preguntaba si tenía frío. Me parece demasiado importante como para dejarlo pasar. Además, cuando lo estaba contando, su hermana afirmó que esa actitud ya la tenía cuando ella iba al colegio, cuestión que creo firmemente que el colegio ya tiene conocimiento. Me gustaría dejar claro al colegio que ni el padre ni yo vamos a permitir que vuelva a pasar". A la vista del contenido del mensaje, el viernes 18 de enero se citó a la madre y a la alumna para que ante el equipo directivo relatara lo ocurrido, quien manifestó que el día 17 de enero de 2019 ud la abrazó preguntándole que si tenía frío, siendo en el transcurso de ese abrazo cuando su mano acarició el pecho izquierdo de la alumna, lo que la hizo sentir incómoda. Igualmente la alumna manifestó que durante las horas lectivas de tecnología en el aula taller ha visto como Ud. apoya su mano con sutileza en los traseros de las alumnas cuando les pide que se cambien de sitio. (.). Puestos en contacto con las familias de las demás alumnas, no se constataron hechos similares. (.) Por otro lado, el padre de la otra alumna, don Romulo . Informó de que había tenido conocimiento de que el último grupo de alumnos procedentes de EE.UU al que este centro educativo había prestado servicios en el trascurso de las ultimas Navidades y de los que ud. ha sido docente, había formalizado una queja contra usted, de la que se dará traslado a este centro tan pronto como la obtenga, por su exceso de confianza con las alumnas y ha informado igualmente de que si usted está presente en los cursos venideros, ellos no asistirán.

(...)Otra alumna indicó que, cuando era su alumna en 2ºESO, usted le tocó el culo al entrar en la cancha de volleyball (.). Entiende este centro directo que, con independencia de la aparición de otros posteriores a la presente comunicación, los hechos anteriores acreditan suficientemente que ud. ha venido teniendo conductas con sus alumnas totalmente impropias, inadecuadas, machistas y vejatorias, que exceden del respeto más básico y elemental que todo docente debe dispensar a la libertad, edad y sexo de un alumno y que se enmarcan y exceden del contexto de las quejas puestas en conocimiento por el AMPA a través de su correo remitido el 28 de Noviembre de 2018, con el asunto Quejas sobre el profesor Amadeo, (.) en el que se indica lo siguiente: (...)su comportamiento no es el adecuado en un colegio como el DIRECCION000

, dice palabrotas en clase, se burla de los alumnos (masculinos) y se ríe de ellos. Demuestra un descarado favoritismo hacia las alumnas (femeninas), que molesta tanto a a los alumnos por sentirse discriminados, como a las alumnas por no sentirse cómodas (.)". Dada su extensión, se da íntegramente por reproducido el contenido de la carta de despido en este hecho probado (documento 3 de la parte demandada). CUARTO.-El día 17 de enero de 2019, una de las alumnas de 2ºESO del centro le cuenta a su madre que, estando en la fila para entrar a clase y, vistiendo ella camiseta de manga corta, el profesor demandante le pregunta que

si no tiene frío. La niña responde que si y el demandante procede a abrazarla por detrás, introduciendo su mano entre la axila y el torso de la menor para, posteriormente, tocar su pecho izquierdo. En cuanto tiene conocimiento de tales hechos, la madre de la menor envía un mensaje a la orientadora del centro, informando de lo sucedido (declaración testifical de Dña. Beatriz ). QUINTO.- Dña. Enriqueta, orientadora y coordinadora de secundaria de este centro educativo, recibió un mensaje de texto de Dña. Beatriz, madre de una alumna del grupo de 2º ESO, con el contenido siguiente: "El lunes pasado (sigue nombre de la alumna) me contó que varias niñas de la clase se habían quejado con la tutora en relación con uno de los profesores por el exceso de confianza hacia ellas. Esta tarde me ha contado que hoy le cogió un pecho mientras le preguntaba si tenía frío. Me parece demasiado importante como para dejarlo pasar. Además, cuando lo estaba contando, su hermana afirmó que esa actitud ya la tenía cuando ella iba al colegio, cuestión que creo firmemente que el colegio ya tiene conocimiento. Me gustaría dejar claro al colegio que ni el padre ni yo vamos a permitir que vuelva a pasar" (documento 10 de la parte demandada, declaración testifical de Dña. Enriqueta y de Dña. Beatriz ). SEXTO.- Tras recibir el mensaje, Dña. Enriqueta llama por teléfono a Dña. Beatriz para que le relate lo sucedido y la cita al día siguiente en el colegio, a fin de reunirse con la menor, su madre y la Directora del centro, Dña. Herminia . En la citada reunión, la madre de la menor le indica a ésta que cuente lo que ha sucedido, dándole la opción de que se retracte sin ninguna consecuencia, en caso de no ser cierto lo relatado. La menor narra nuevamente como el día anterior, estando en la fila para entrar a clase y, vistiendo ella camiseta de manga corta, el profesor demandante le pregunta que si no tiene frío. La niña responde que si y el demandante procede a abrazarla por detrás, introduciendo su mano entre la axila y el torso de la menor para, posteriormente, tocar su pecho izquierdo. Además, añade que, el demandante, a otras dos compañeras les ha tocado el culo en clase para indicarles que se incorporen de la silla (declaración testifical de Dña. Beatriz, de Dña. Herminia y de Dña. Enriqueta ). ?SÉPTIMO.- El colegio se puso en contacto con las otras dos menores a las que se refirió Purificacion en su declaración, negando que el profesor Amadeo hubiera cometido algún...

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