SAP Zamora 15/2020, 15 de Abril de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución15/2020
Fecha15 Abril 2020

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

ZAMORA

SENTENCIA: 00015/2020

- C/ SAN TORCUATO, 7.

Teléfono: 980559435 980559411

Correo electrónico:

Equipo/usuario: JNS

Modelo: 213100

N.I.G.: 49275 41 2 2013 0040317

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000017 /2020

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de ZAMORA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000210 /2019 Delito: HURTO - ROBO DE USO DE VEHÍCULOS

Recurrente: Juan Pablo

Procurador/a: D/Dª MARIA TERESA PALACIOS PEÑA

Abogado/a: D/Dª RAFAEL TALON BALLESTERO

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

------------------------------------------ ------- Presidente Ilmo. Sr.

D. JESÚS PÉREZ SERNA

Magistrados Ilmos. Sres.

D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN

Doña ANA DESCALZO PINO ------------------------------------------ ------

El Tribunal de esta Audiencia Provincial, compuesto por D. Jesús Pérez Serna, Presidente, D. Pedro Jesús García Garzón y Doña Ana Descalzo Pino, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA Nº 15

En Zamora a 15 de abril de 2020.

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en la precedentes diligencias del Procedimiento Abreviado número 210/2019, procedentes del Juzgado de lo Penal de Zamora, contra el acusado Juan Pablo, representado por la Procuradora Sra. Palacios Peña y asistido del Letrado Sr. Talón Ballesteros, en cuyo recurso son partes como apelante el acusado y como apelado el Ministerio Fiscal; y ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Ana Descalzo Pino, quien expresa el parecer de la Sala.

antecedentes de hecho
PRIMERO

Con fecha 21/1/2020, por el Sr. Magistrado del Juzgado de lo Penal de esta ciudad se dictó sentencia en los autos originales de los que el presente rollo dimana y en cuyos hechos probados literalmente se dice: "El acusado mayor de edad y con antecedentes penales cancelables, sobre las 13 horas del día 29 de enero de 2013 hizo suya con ánimo de lucro la furgoneta matrícula GE-.... que su propietario Augusto había dejado estacionada abierta y con las llaves puestas en el paraje "Las Cortinas Abiertas" del término municipal de Badilla- Fariza mientras iba a pastorear el ganado, hallándose en su interior entre otros efectos una motosierra, botellas de aceite y gasolina, pienso y documentación del vehículo, el cual fue tasado en 500€ y los efectos en 321,36€.

El vehículo fue recuperado el día 25 de febrero de 2013 en la localidad de Torre de Moncorvo, Portugal, faltando la motosierra y la gasolina".

SEGUNDO

En dicha sentencia se contiene el siguiente fallo: "CONDENO a don Juan Pablo como autor directo criminalmente responsable de un delitoe de hurto de uso de vehículo de motor de los artículos 244.1 y 3 en relación el 234 del CP, sin circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal, a la pena de Prisión de 7 meses, con accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a indemnizar a Augusto en las cantidades de 180,20€ y 2,70€ más IVA y al pago de las costas derivadas de este juicio".

TERCERO

Notif‌icada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de Juan Pablo se presentó recurso de apelación, en base a las alegaciones que constan en el mismo y que se dan por reproducidas. Dado traslado del mismo a las demás partes para alegaciones, el Ministerio Fiscal se opuso al mismo, en base a las alegaciones que constan en su escrito y se dan por reproducidas, tras lo cual se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

CUARTO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo y turnado de ponencia, se señaló fecha para deliberación y fallo del citado recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los hechos probados y la fundamentación de la sentencia de instancia.

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