STSJ Cataluña 1015/2020, 4 de Marzo de 2020

PonenteMARIA ABELLEIRA RODRIGUEZ
ECLIES:TSJCAT:2020:1718
Número de Recurso933/2018
ProcedimientoRecurso ordinario
Número de Resolución1015/2020
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2020
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

RECURSO ORDINARIO 933/2018

Partes: HAMSA CATALONIA SL C/ AGENCIA TRIBUTARIA -DELEGACION DE LLEIDA-

En aplicación de la normativa española y Europea de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás legislación aplicable hágase saber que los datos de carácter personal contenidos en el procedimiento tienen la condición de confidenciales, y está prohibida la transmisión o comunicación a terceros por cualquier medio, debiendo ser tratados única y exclusivamente a los efectos propios del proceso en que constan,bajo apercibimiento de responsabilidad civil y penal.

S E N T E N C I A Nº 1015

Ilmos/as. Sres/as.:

PRESIDENTA:

Dª. MARIA ABELLEIRA RODRÍGUEZMAGISTRADOS

D. EDUARDO RODRÍGUEZ LAPLAZA

D. JUAN ANTONIO TOSCANO ORTEGA

En la ciudad de Barcelona, a 4 de marzo de 2020

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 933/2018, interpuesto por la mercantil HAMSA CATALONIA S.L., representado por el Procurador D. FRANCESC RUÍZ CASTEL, contra TEAR, representado por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MARÍA ABELLEIRA RODRÍGUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador D. FRANCESC RUIZ CASTEL, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo en fecha de 21 de noviembre de 2018 contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho Primero.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada, 19 de febrero de 2020.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Objeto del recurso y suplico de la demanda.

Por la representación de la entidad mercantil HAMSA CATALONIA S.L. se interpuso recurso contencioso-administrativo con núm. 933/2018 contra el acuerdo de derivación de responsabilidad solidaria a la actora de las deudas que ostenta la mercantil Entorno Logístico 2012 SL dictado por la AEAT. Con posterioridad, 19.12.2018, formuló reclamación económico-administrativa, contra el acuerdo de derivación de responsabilidad tributaria de carácter solidario en aplicación de la causa prevista en el art. 42.2 a) LGT, 58/2003.

Suplica la...

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