STSJ Andalucía 1393/2019, 17 de Julio de 2019

PonenteMANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO
ECLIES:TSJAND:2019:12846
Número de Recurso570/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1393/2019
Fecha de Resolución17 de Julio de 2019
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN

MALAGA

N.I.G.: 2906734420191000099

Negociado: MA

Recurso: Recursos de Suplicación 570/2019

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº1 DE MELILLA

Procedimiento origen: Despidos 241/2016

Recurrente: Florinda y CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA

Representante: LUIS MIGUEL SANCHEZ CHOLBIENRIQUE MINGORANCE MENDEZ

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Representante:

Sentencia Nº 1393/2019

ILTMO. SR. D. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES,

ILTMO. SR. D. MANUEL MARTIN HERNADNEZ-CARRILLO

En la ciudad de MALAGA a diecisiete de julio de dos mil diecinueve

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA,, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por Florinda y CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº1 DE MELILLA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D./ MANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Florinda sobre Despidos siendo demandado CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA y MINISTERIO FISCAL habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de

referencia en fecha 30/11/2016. La parte dispositiva de dicha resolución expresa: Que estimando parcialmente en los términos preindicados la demanda formulada por Florinda contra la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA en la que ha sido parte el Ministerio Fiscal, desestimo la misma en cuanto a la acción de nulidad e improcedencia de despido formulada por la actora, declarando la procedencia de la decisión extintiva adoptada por la demandada con efectos de 16 de Abril de 2016, condenando no obstante a ésta a indemnizar a la demandante en la cantidad de 29.234, 25 euros por extinción de contrato, de conformidad con el expuesto en el fundamento jurídico séptimo de la presente, y absolviendo a la demandada de los restantes pronunciamientos formulados en su contra.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

La actora, Florinda, ha venido prestando sus servicios por cuenta de la Ciudad Autónoma de Melilla, desde el 1 de Febrero de 2005, con la categoría profesional de trabajadora social y salario diario a efectos de despido de 129,93 euros diarios, en diversos centros de la Ciudad Autónoma de Melilla.

SEGUNDO

En fecha de 17 de Marzo de 2016 se dirige a la actora por la Viceconsejería de Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma comunicación escrita poniendo en su conocimiento la extinción de la relación laboral entre ambas partes con efectos de 19 de Abril de 2016 - doc unido al escrito de demanda y cuyo contenido doy por íntegramente reproducido.

TERCERO

Habiendo interpuesto la parte actora reclamación previa, ésta fue expresamente desestimada el 8 de Abril de 2014, y notificada a la parte actora en fecha de 19 de Abril de 2016.

CUARTO

Resta indicar lo siguiente:

  1. - En fecha de 29 de Octubre de 2012 se dicta por éste Juzgado Sentencia declarando improcedente el despido de la actora ocurrido el 31 de Diciembre de 2012, condenando a la Ciudad Autónoma de Melilla a estar y pasar por esta declaración y a que readmita a la actora en iguales condiciones a las que regían con anterioridad del despido con abono de los salarios dejados de percibir desde que el mismo tuvo lugar hasta que la readmisión se lleve a efecto a razón de un importe diario de 129,93 euros.

  2. - El 1 de Diciembre de 2012 se suscribe entre las partes contrato indefinido a tiempo completo, figurando como categoría de la actora la de trabajadora social, con reconocimiento de antigüedad de 1 de Febrero de 2005.

  3. - En fecha de 19 de Diciembre de 2012 la actora dirige escrito a la Consejería de Bienestar social y sanidad interesando indicación de servicios y funciones a desarrollar tras el dictado de la Sentencia anterior, recibiendo contestación en fecha de 18 de Enero de 2013 - doc. 11 ramo de prueba del actor-4. - En fecha de 23 de Enero de 2013 se dicta auto por éste Juzgado despachando ejecución de la Sentencia anterior, así como en fecha de 3 de Febrero ordenando a la actora el pago de la cantidad de 5.197,85 euros en concepto de principal.

  4. - El 11 de Julio de 2013 la actora dirige escrito a la Consejería de Administraciones Públicas en relación a reintegro de cantidad, y en 9 de Diciembre de 2013 en relación a retención en nómina - docs 5 y 6 ramo de prueba de la actora-6. - Por Sentencia de 5 de Diciembre de 2013 se dicta Sentencia por éste Juzgado en PO 657/12, condenando a la CAM a abonar a la actora la cantidad de 10.866,93. Dictándose en fecha de 23 de Abril de 2014 auto despachando ejecución de la misma.

  5. - En fecha registro de entrada en este Juzgado de 3 de Febrero de 2015 la actora presenta escrito interesando ejecución de acuerdo judicial recaído en autos de PO 401/14.

  6. - En el BOME de 20 de Febrero de 2013 se crea en plantilla de personal laboral la plaza de Trabajador Social reconocida en virtud de la Sentencia del Juzgado de lo Social n0 1 de 2 de noviembre de 2012, con el fin de cubrirla conforme a los principios constitucionales de igualdad, capacidad y mérito. Conteniéndose en la oferta de empleo público, acceso libre, con grupo de titulación A2.

  7. - En Informe" memoria de la plantilla, relación de puestos de trabajo y oferta de empleo público de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2013 - doc. 3 ramo de prueba de la CAM- se contiene la supresión de 13 puestos de funcionarios propios, 6 laborales y 27 de la Consejería, previéndose el aumento de 1 plaza de Trabajador Social (A2), fijándose la dotación en 11 plazas. Reseñándose el cumplimiento de los trámites legales habido sido convocada a tal efecto la Mesa General Común de Negociación de Personal Funcionario y Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla.

  8. - Mediante Orden 238 de la Consejera de Administraciones Públicas de fecha 20 de Marzo de 2013 se resuelve convocar el proceso de selección de plaza de Trabajador Social, " dicha plaza...

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