STSJ Andalucía 1140/2019, 19 de Junio de 2019

PonenteRAMON GOMEZ RUIZ
ECLIES:TSJAND:2019:12865
Número de Recurso398/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1140/2019
Fecha de Resolución19 de Junio de 2019
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN

MALAGA

N.I.G.: 2906744S20170009510

Negociado: PC

Recurso: Recursos de Suplicación 398/2019

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE MALAGA

Procedimiento origen: Despidos / Ceses en general 813/2017

Recurrente: Fructuoso y FUJITSU TECHNOLOGY SOLUTIONS, S.A.

Representante: JUAN MANUEL ORTIZ PEDREGOSA y FERNANDO PEREZ-ESPINOSA SANCHEZ

Recurrido: MINISTERIO FISCAL y SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

Representante:S.J. SERVICIO ANDALUZ DE SALUD - MALAGA

Sentencia Nº 1140/2019

ILTMO. SR. D. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMÓN GOMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. RAUL PAEZ ESCAMEZ

En la ciudad de MALAGA a diecinueve de junio de dos mil diecinueve

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA,, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por Fructuoso y FUJITSU TECHNOLOGY SOLUTIONS, S.A. contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra

D./ RAMON GOMEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Fructuoso sobre Despidos / Ceses en general siendo demandado MINISTERIO FISCAL, FUJITSU TECHNOLOGY SOLUTIONS, S.A. y SERVICIO ANDALUZ DE

SALUD habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 09/10/2018 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor ha prestado servicios para la empresa demandada con la categoría profesional de técnico sistemas CPD, grupo 4 nivel 15, antigüedad de 28.7.04. y salario de 2.258,48 euros mensuales, incluida prorrata de pagas extraordinarias.

El actor ha realizado funciones tales como: intermediario con las empresas tecnológicas contratads por el SAS para solucionar cualquier incidencia con las aplicaciones vendidas a los Hospitales del SAS; organización tecnológica de actividades del SAS; coordinación tecnológica para paradas energéticas, incidencias por obras, reparaciones,..; organización de instalaciones y resoluciones de problemáticas de comunicaciones con empresas externas Vodafone y Telefónica); asistencias a reuniones con personal del SAS para análisis de situaciones informáticas de departamentos, consultor de seguridad de los sistemas informáticos,....

-2º.- El actor ha prestado servicios en Málaga, en el centro de trabajo Carlos de Haya, pero con ámbito de actuación en toda la provincia, siendo el último contrato, un contrato de obra o servicio determinado de 6.12.14. que establecía como obra o servicio "realizar tareas de administración de sistemas para nuestro cliente SAS Nº de proyecto pendiente de asignación", y que consta unido a los autos y lo damos por reproducido.

El anterior contrato fue de obra o servicio determinado con la UTE SISSE Novasoft Ingeniería S.L., Sadiel S.L. y Diasoft S.L., de 7.6.11., para la realización del servicio de tecnologías de la información y comunicaciones para el mantenimiento y soporte del equipamiento físico y lógico de base de los sistemas de información de los Hospitales y centros del SAS Lote 1 (expediente c.c. 2116/2010) y hasta que esta obra finalice, como analista de sistema, en el Hospital Carlos Haya y Area Metropolitana de la provincia de Málaga.

También ha trabajado para:

- UTE Novasoft Ingeniería S.L., Sadiel S.L. y Diasoft S.L. en el periodo 11.4.07. al 5.6.11., como técnico de sistema informático, en el Hospital Carlos Haya..

- Solutio Outsourcing S.L.: 1.4.07. al 10.4.07. en Hospital Carlos de Haya

- Solutio Outsourcing S.A.:15.5.06. al 31.3.07. en el Hospital Carlos de Haya

- Isoft Sanidad S.A.: 28.7.04. al 14.5.16, como técnico de sistemas, en el Hospital Carlos Haya

-3º.- Mediante carta de 2.6.17. el actor fue despedido consecuencia de un ERE por causa económica, con efectos de 31.5.17. El actor firmó la carta no conforme.

La carta consta unida a los autos y la damos por reproducida.

Con fecha 19.10.17. se le transfirió 2.600,64 en concepto de liquidación, aunque no firmó el finiquito.

-4º.- El actor presentó papeleta de reclamación de cantidad del finiquito el 13.9.17.

El actor presentó papeleta de conciliación el 25.7.16. contra Fujitsu Technology Solutions S.A. y UTE FujitsuIngenia Soporte al puesto del SAS en reclamación de derechos, cesión ilegal de trabajadores y reclamación de cantidad. El 9.12.16. se presentó la demanda, incluyendo como demandados SAS e Ingeniería e Integración Avanzadas S.A. La demanda consta unida a los autos y la damos por reproducida. Está en archivo provisional pendiente de juicio en el Juzgado nº 11.

-5º.- Desde el año 2002 el SAS está llevando a cabo iniciativas para extender e implantar el uso de las tecnología de la información dentro del ámbito sanitario, y gira en torno a la plataforma Diraya (Historia Clínica Digital que integra toda la información del paciente, la base de datos de usuarios y el sistema de receta electrónica Receta XXI). Todo ello permite a los profesionales acceder y navegar por la información clínica, prescribir y dispensar medicamentos por medios electrónicos y a los usuarios la concertación de citas de Atención Primaria o solicitar una segunda opinión. Para conseguir estos resultados ha sido necesario

desplegar en los centros del SAS equipamiento hardware y software, el cual necesita de un soporte continuo que garantice el funcionamiento de Diraya.

-6º.- El 16.9.10. el SAS y la UTE "APS ANDALUCÍA DIASOFT S.L.-SADIEL TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN S.A.-NOVASOFT INGENIERÍA S.L." firmaron contrato 2105/10 que tenía por objeto la prestación de los servicios de soporte de los Sistemas de Información en los Centros de Atención Primaria del SAS, en virtud de adjudicación realizada el 2.9.10., por un periodo de 2 años. El 16.9.12. se acordó una primera prórroga de un año. El 16.9.13. se acordó una segunda prórroga por un periodo de 9 meses. El 5.6.14. se acordó una 3ª prorroga por un periodo de tres meses. El 3.9.14. se acordó una 4º prórroga por un periodo de 1 mes.

-7º.- La UTE "Novasoft Ingeniería S.L.-Sadiel S.A.-Diasoft S.L." se constituyó el 22.3.11. con el objeto de ejecutar el contrato 2116/2010 "Contratación de Servicios de Soporte a los sistemas de Información Locales y Puestos de Usuarios en los Centros Hospitalarios y Centros de Transfusión Sanguínea del SAS". El objeto de la contratación (exp.2116/2010) con la UTE "Novasoft Ingeniería S.L.-Sadiel- Diasoft" lo constituyeron los "Servicios de Soporte y Mantenimiento necesarios para el correcto funcionamiento de los sistemas de información que son usados actualmente en los hospitales y Centros de Transfusión Sanguínea del SAS; servicios de soporte para la Operación y Administración de Sistemas de los Centros de Proceso de Datos e infraestructura de comunicaciones; servicios de soporte para la configuración de los puestos de usuario; servicios de soporte para la Atención de Incidencias a los usuarios; servicios de mantenimiento de los periféricos de los puestos de usuarios. El contrato se formalizó el 6.6.11. por un periodo de 18 meses; el

5.12.12. se acordó una nueva prórroga por un periodo de 18 meses; el 6.6.14. se acordó otra prórroga de 3 meses; finalmente fue prorrogado por otro mes y 10 días.

-8º.- El 23.9.14. el SAS y la UTE Fujitsu Technology Solutions S.A.-Ingenieria e Integración Avanzadas (Ingenia) S.A. firmaron contrato, 2101/14, que tenía por objeto los servicios de soporte al puesto de usuario del SAS, en virtud de adjudicación de 8.8.14., por un periodo de dos años. Se trataba de unificar los contratos: 2105/10 "Contratación de Servicios de Soporte de los sistemas de información en los centros de Atención Primaria del SAS"; 2116/10 "Contratación de Servicios de Soporte a los sistemas de Información Locales y Puestos de Usuarios en los Centros Hospitalarios y Centros de Transfusión Sanguínea del SAS"; 2107/11 "Contratación de Servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) para el soporte de la microinformática y el mantenimiento de aplicaciones de informes de los Servicios Centrales del SAS".

-9º.- Entre Fujitsu y Novasoft Servicios Tecnológicos se ha contratado a 36 de los 46 trabajadores que prestaban servicios para la UTE SISSE, entre ellos el actor, contratado directamente con Fujitsu.

-10º.- El 1.11.14. Fujitsu Technology Solutions S.A. firmó con el SAS contrato de servicios, 2102/2014, que tenía como objeto la prestación de servicios de soporte para la gestión de los Centros de Procesos de Datos del SAS. Este contrato fue prorrogado hasta el 30.11.16. El pliego de condiciones establecía como condiciones: las tareas se desarrollarían preferentemente en horario normal: lunes a viernes de 8 a 20 horas y con horario de disponibilidad; la empresa adjudicataria prestaría los servicios con medios materiales propios y debería asumir los costes derivados de la ubicación de los técnicos en sus propias instalaciones; el adjudicatario se comprometía a usar las herramientas de gestión que indique el SAS; el servicio se prestaría preferentemente en las dependencias del SAS, en los centros tecnológicos de referencia de cada provincia, ubicándose el de Málaga en el Hospital Carlos Haya; el SAS designaría a un responsable del contrato y un director técnico por cada uno de los ámbitos tecnológicos y la empresa adjudicataria debería especificar dos coordinadores de los servicios a efectos del contrato, uno para cada ámbito tecnológico.

-11º- Al actor se le entregó al principio de su trabajo en el SAS tarjeta identificativa de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales que hacía referencia a que era administrador de sistema. Fujitsu posteriormente le entregó...

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