STSJ Comunidad de Madrid 48/2020, 3 de Febrero de 2020

PonenteMARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCO
ECLIES:TSJM:2020:600
Número de Recurso590/2017
ProcedimientoProcedimiento ordinario
Número de Resolución48/2020
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2020
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Sexta

C/ General Castaños, 1 , Planta Baja - 28004

33009710

NIG: 28.079.00.3-2017/0009429

Procedimiento Ordinario 590/2017

Demandante: COLEGIO DE GRADUADOS SOCIALES DE BARCELONA

PROCURADOR D./Dña. MARIA JOSE BUENO RAMIREZ

Demandado: CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE GRAUADOS SOCIALES DE ESPAÑA

PROCURADOR D./Dña. CRISTINA PALMA MARTINEZ

SENTENCIA Nº48

Presidente:

D./Dña. Mª TERESA DELGADO VELASCO

Magistrados:

D./Dña. Mª ANGELES HUET DE SANDE

D./Dña. CRISTINA CADENAS CORTINA

D./Dña. JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON

En la Villa de Madrid a tres de febrero de dos mil veinte .

Visto por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso administrativo nº 590/17, interpuesto por el Procurador de los Tribunales DOÑA MARÍA JOSÉ BUENO RAMIREZ, Procuradora de los Tribunales y del COLEGIO DE GRADUADOS SOCIALES DE BARCELONA, contra EL ACUERDO del Pleno del CGCOGSE adoptado por mayoría el 21 de abril de 2017 ratificando el Decreto del Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España (en adelante CGCOGSE), de 15 de febrero de 2017, y en el que, invocando los artículos 71 h) y 72.2 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, aprobados por Real Decreto 1415/2006, de 1 de diciembre, acuerda requerir a la Junta de Gobierno del COLEGIO DE GRADUADOS SOCIALES DE BARCELONA (en adelante, el CGSB) así como a su Presidente para que proceda a convocar y celebrar elecciones al cargo de Presidente a la expiración del mandato de su actual titular, esto es a partir del 5 de marzo de 2017; habiendo sido parte demandada el CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE GRADUADOS SOCIALES DE ESPAÑA representado por la Procuradora de los Tribunales, en la representación del que tengo acreditada en autos, hablando doña CRISTINA PALMA MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ser ajustada a Derecho la resolución colegial objeto de impugnación. En concreto pide en el suplico que :

  1. - Se declare nulo de pleno derecho o, subsidiariamente, se anule, por no ser conforme a Derecho, el Acuerdo del Consejo General de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, de 21 de abril de 2017, que ratifica el Decreto de Presidencia, de 15 de febrero de 2017, que acuerda requerir a la Junta de Gobierno del CGSB así como a su Presidente para que proceda a convocar y celebrar elecciones al cargo de Presidente a la expiración del mandato de su actual titular, esto es a partir del 5 de marzo de 2017.

  2. Se condene a la Administración a las costas procesales ex art. 139 de la ley jurisdiccional.

SEGUNDO

El demandado, Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España, contesta a la demanda, suplicando se dicte sentencia que inadmita el recurso y, subsidiariamente, lo desestime por considerar la resolución impugnada ajustada al ordenamiento jurídico.

TERCERO

Habiéndose recibido el presente proceso a prueba, se presentaron por las partes escritos de conclusiones y quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

En este estado se señala para votación y fallo el día 22 de enero de 2020, teniendo lugar así.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. MARIA TERESA DELGADO VELASCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se interpone por el Procurador de los Tribunales DOÑA MARÍA JOSÉ BUENO RAMIREZ, Procuradora de los Tribunales y del COLEGIO DE GRADUADOS SOCIALES DE BARCELONA, contra EL ACUERDO del Pleno del CGCOGSE adoptado por mayoría el 21 de abril de 2017 ratificando el Decreto del Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España (en adelante CGCOGSE), de 15 de febrero de 2017, y en el que, invocando los artículos 71 h) y 72.2 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, aprobados por Real Decreto 1415/2006, de 1 de diciembre, acuerda requerir a la Junta de Gobierno del CGSB así como a su Presidente para que proceda a convocar y celebrar elecciones al cargo de Presidente a la expiración del mandato de su actual titular, esto es a partir del 5 de marzo de 2017.

Para la resolución del presente recurso se ha de partir de la exposición de los siguientes antecedentes facticos:

Primero.- En fecha de 7 de enero de 2013 se convocó por el Ilustre Colegio de Graduados Sociales de Barcelona (en adelante CGSB), procedimiento electoral para la provisión del cargo de Presidente, del que resultó la proclamación para dicho cargo de D. Anselmo en fecha de 5 de marzo del mismo año. Es así pues tras la celebración de las correspondientes elecciones, el día 5 de marzo de 2013 se levantó acta de proclamación de electo y torna de posesión del cargo de Presidente del Iltre. Colegio de Graduados Sociales de Barcelona por D. Anselmo

Por ello considerando que los mandatos previstos tanto en el Estatuto General como en el Estatuto del Ilustre Colegio de Graduados Sociales de Barcelona tienen una duración de cuatro años, consiguientemente, el mandato de D. D. Anselmo habría de terminar el pasado 5 de marzo del presente año 2017.

Segundo.- En fecha de 10 de septiembre de 2014, se remite comunicación al Consejo General de Colegios de Graduados sociales, en la que, con motivo de la enfermedad del Sr. Anselmo, se comunica al citado Consejo su sustitución por D. Bernardino, Vicepresidente la Corporación de Barcelona, hasta la recuperación del Sr. Anselmo .En efecto, el mismo Sr, Juan, en su condición, comunicó al Consejo General, con fecha 10 de septiembre de 2.014, que, por razón de enfermedad del Sr. Anselmo, le sustituía en sus funciones el Vicepresidente del Colegio D. Bernardino, conforme a lo previsto en el artículo 65 de los Estatutos Colegiales.

Tercero.-El 10 de noviembre de 2014, fallece el Presidente del Colegio de Graduados Sociales de Barcelona don Anselmo, que había sido elegido el 5 de marzo de 2013 (folio 1 expediente administrativo), pasando a

desempeñar el cargo de Presidente, en funciones, don Bernardino (folio 2 expediente administrativo).

Cuarto.- En fecha de 10 de noviembre de 2014 fallece D. Anselmo, asumiendo por tanto desde ese momento, conforme a la normativa de aplicación, el cargo de Presidente el hasta ese momento Vicepresidente D. Bernardino, de manera interina y hasta la elección del sustituto del Presidente en la correspondiente Junta General. Como el 10 de noviembre de 2.014 se produjese el fallecimiento del Sr. Anselmo, en vista de ello, el Colegio acuerda el 9 de marzo de 2015 convocar Junta General ordinaria para cubrir el cargo de Presidente, mediante elección a celebrar el próximo 6 de mayo de 2015. Con motivo de la anterior situación, en cumplimiento de la normativa corporativa, en fecha de 9 de marzo de 2015 se procede pues por D. Bernardino a la convocatoria de Junta General ordinaria a celebrar el día 6 de mayo de 2015, en la que se prevé expresamente en su Orden del Día (punto "7.") la "Elección presidente". A la citada convocatoria se adjunta un documento denominado "NORMAS PARA EL DESARROLLO DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA A CELEBRAR EL MIÉRCOLES 6 DE MAYO DE 2015", que hace referencia a las concretas normas que regirán la elección del Presidente sustituto y en el cual se incorpora un calendario electoral que transcurre desde el día 11 de marzo hasta el día 6 de mayo en que se procederá a la elección del mismo en el seno de la Junta General.

Así el Vicepresidente Segundo del CGSB, don Gines, convoca Junta General a celebrar el 6 de mayo de 2015 para elegir Presidente del CGSB (folio 9 expediente administrativo), que es desconvocada por la Junta Electoral al poder estar viciada por diversas circunstancias (folio 13 expediente administrativo).

Quinto.- En fecha de 24 de abril de 2015, se acuerda por la Junta Electoral "desconvocar" las elecciones a celebrar el 6 de mayo do 2015, "toda vez que el procedimiento electoral podría estar viciado por diversas circunstancias acaecidas", notificándose tal circunstancia al Consejo General en fecha de 14 de mayo de 2015.

En efecto, a través de comunicación de 7 de mayo de 2.015, ahora firmada por la Secretaria General en funciones del Colegio, D' Carlota, se pone en conocimiento del Consejo General que la Junta Electoral que se había constituido para esas elecciones había acordado desconvocarlas "toda vez que el procedimiento electoral podía estar viciado por diversas incidencias acaecidas".

Sexto.-El 2 de junio de 2015, el Vicepresidente y Presidente, en funciones, don Bernardino, convoca Junta General a celebrar el 7 de julio de 2015, para elegir Presidente del CGSB (folio 15 expediente administrativo), y se publicitan las normas para el desarrollo de la Junta General (folios 16 a 19 expediente administrativo). El día 2 de junio de 2015 se procede por la Junta de Gobierno a convocar junta General Extraordinaria a celebrar el siguiente 7 de julio, en el seno de la cual proceder a la elección del Presidente del Colegio. A la convocatoria se adjuntan, nuevamente, las normas que regirán el proceso electoral junto al correspondiente calendario electoral, indicándose en el punto 1 de las mismas, bajo el epígrafe "Cargo a renovar": "Al estar vacante el cargo de presidente, debe procederse a la elección del misma".

Séptimo .-Las elecciones al cargo de Presidente del...

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