SAP Girona 78/2020, 20 de Febrero de 2020

PonenteJOSE ISIDRO REY HUIDOBRO
ECLIES:APGI:2020:336
Número de Recurso63/2020
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución78/2020
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 2ª

Sección nº 02 Civil de la Audiencia Provincial de Girona (UPSD AP Civil Sec.02)

Plaza Josep Maria Lidón Corbí, 1, pl. 5a - Girona - C.P.: 17001

TEL.: 972942368

FAX: 972942373

EMAIL:upsd.aps2.girona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 1707942120188196596

Recurso de apelación 63/2020 -2

Materia: Apelación civil

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Girona

Procedimiento de origen:Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 979/2018 Parte recurrente/Solicitante: Mariola

Procurador/a: Aniol Peya Del Moral

Abogado/a: CARLA FLORENCE MARET CLOT

Parte recurrida: CABOT ASSET SPAIN S.L.U

Procurador/a: Elena Medina Cuadros

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 78/2020

Ilmos. Sres:

PRESIDENTE

D. JOSÉ ISIDRO REY HUIDOBRO

MAGISTRADOS

Dª. MARIA ISABEL SOLER NAVARRO

D. JAUME MASFARRÉ COLL

Girona, 20 de febrero de 2020

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 29 de enero de 2020 se han recibido los autos de Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 979/2018 remitidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Girona a f‌in de resolver el recurso de

apelación interpuesto por el Procurador D. ANIOL PEYA DEL MORAL, en nombre y representación de Dª Mariola contra la Sentencia de fecha 10 de diciembre de 2019 y en el que consta como parte apelada la Procuradora Dª ELENA MEDINA CUADROS, en nombre y representación de CABOT ASSET SPAIN S.L.U.

SEGUNDO

El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "FALLO

Que desestimando la excepción de inadecuación de procedimiento formulada por la parte demandada, ESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por la representación procesal de CRITERIA CAIXA SA contra los IGNORADOS OCUPANTES del inmueble sito en la C/ DIRECCION000, NUM000 SALT y Mariola, en consecuencia, declaro haber lugar al desahucio por precario de la mencionada f‌inca, condenando a Mariola y a los IGNORADOS OCUPANTES de la referida vivienda a estar y pasar por esta resolución, y a dejar dicha vivienda vacua, libre y expedita y a disposición de la parte actora dentro del plazo legal, con apercibimiento expreso de lanzamiento si así no lo hicieren.

Se imponen a los demandados las costas causadas en este procedimiento."

TERCERO

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 20/02/2020. CUARTO. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente al Magistrado D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia estima la demanda al considerar que la f‌inca sita en la calle DIRECCION000 NUM000 de la localidad de Salt, que se describe en la demanda, es poseída por parte de la comparecida como demandada en concepto de precario, declarando por ello tal situación y condenando a dicha ocupante comparecida y a otros ignorados ocupantes, al desalojo de la f‌inca.

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