STSJ Cataluña 6025/2019, 13 de Diciembre de 2019

PonenteMARIA TERESA OLIETE NICOLAS
ECLIES:TSJCAT:2019:10430
Número de Recurso3643/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución6025/2019
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2019
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 34 - 4 - 2019 - 0002805

CR

Recurso de Suplicación: 3643/2019

ILMA. SRA. M. TERESA OLIETE NICOLÁS

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

ILMA. SRA. NÚRIA BONO ROMERA

En Barcelona a 13 de diciembre de 2019

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6025/2019

En el recurso de suplicación interpuesto por Celia frente a la Sentencia del Juzgado Social 3 Granollers de fecha 26 de febrero de 2019 dictada en el procedimiento Demandas nº 594/2018 y siendo recurrido/a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. M. Teresa Oliete Nicolás.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 2 de agosto de 2018 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 26 de febrero de 2019 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda formulada por la Sra. Celia frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social absuelvo a las demandadas de las pretensiones formuladas en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" 1º.- Dª. Celia con DNI NUM000 con fecha de nacimiento el día NUM001 de 1956 se encuentra afiliada en la Seguridad Social con el número NUM002 y en situación de asimilada a la de alta por percibir el subsidio de desempleo en el régimen general, teniendo cubierto el periodo de carencia requerido para causar derecho a la prestación que reclama.

  1. - La profesión habitual de la actora es la de costurera peletería.

  2. - La base reguladora mensual de la prestación en grado de absoluta y total, de ser estimada la demanda, asciende a la cantidad de 443,16 euros mensuales y para el grado de parcial a 825,60 € .

  3. - Presentada solicitud de incapacidad permanente el 03-01-2018 e incoado el preceptivo expediente para valoración de la misma, en fecha 01-02-2018 el ICAM emitió dictamen médico estableciendo como lesiones y limitaciones funcionales: "Fibromialgia, espondiloartrosis sin limitación funcional significativa" informando en sentido desfavorable a la presunción de incapacidad permanente.

  4. La Dirección provincial del INSS dictó resolución el 27-02-2018 por la que no le reconoció grado alguno de incapacidad permanente, ni por lo tanto derecho a prestaciones económicas por no reunir el requisito de incapacidad permanente.

  5. - Contra dicha resolución denegatoria del INSS la actora interpuso reclamación previa que fue expresamente desestimada por resolución del INSS de fecha 04-07-2018.

  6. La actora ya había instado previamente solicitud de incapacidad permanente que

    le fue denegada por resolución de 14-11-2016 confirmada por sentencia de este mismo juzgado de fecha 20-03-2018 (autos 151-17). Dicha sentencia fue notificada a las partes el 28-03-2018, habiendo adquirido firmeza al haberse aquietado a la misma. En el hecho probado 7º de dicha resolución, se recogía como patologías y limitaciones funcionales que presentaba la actora en el momento de su dictado las siguientes:

    "Fibromialgia diagnosticada en el 2010 en control y tratamiento por el servicio de reumatología del Hospital de Sant Celoni. Funcionalismo conservado .

    Lumbalgia crónica asociada a discreta lumbartrosis L4/L5 y L5-S1 derecha con ausencia de patología herniaria discal, sin comprometer el canal raquídeo y con leves cambrios de artrosis facetaria, habiéndosele practicado una rizalosis química. Actualmente sin limitaciones funcionales de la columna lumbosacra.

    Cervicobraquialgia secundaria a cervicodiscoartrosis C6-C7 y Uncoartrosis C5/C6-C6/C7 con ausencia de patología herniaria discal, sin comprometer el canal raquimedular ni foraminal. Actualemente funcionalismo conservado a nivel de la movilidad de la columna cervical.

    Trocanteritis del femur derecho sin limitación funcional de la cadera. Deambula libre, sin cojera y con carga total de la extremidad, manteniendo correctamente la bipedestación.

    Tendinosis crónica del hombro derecho intervenida mediante artroscopia y moderada tendinopatia degenerativa del manguito rotador del hombro izquierdo sin evidencia de roturas parciales ni completas, sin que haya requerido intervención quirúrgica. Actualmente no se evidencia ninguna limitación funcional a nivel de ambos hombros ni de las extremidades superiores.

    Sindrome del túnel carpiano de la mano derecha intervenido en el 2000 y sindrome del tunel carpiano de la mano izquierda intervenido en el 2011. Resta en la actualidad sindrome del tunel carpiano en grado leve en la mano derecha (a modo de pequeñas molestias y hormigueos en los dedos) siendo normal en la mano izquierda. Sin reprecusión funcional a dicho nivel.

    Osteoporosis postmenopausica sin fracturas espontáneas, sin limitación física ni funcional.

    Trastorno adaptativo mixto que cursa con ansiedad y depresión y reactivo al sindrome de fibromialgia en tratamiento farmacológico".

  7. - La actora presenta en la actualidad:

    Fibromialgia diagnosticada en el 2010 en control y tratamiento por el servicio de reumatología del Hospital de Sant Celoni . Funcionalismo conservado.

    Lumbalgia crónica asociada a discreta lumbartrosis L4/L5 y L5-S1 derecha con ausencia de patología herniaria discal, sin comprometer el canal raquídeo y con leves cambrios de artrosis facetaria, habiéndosele practicado una rizalosis química. Actualmente movilidad limitada a la flexoextensión por dolor.

    Cervicobraquialgia secundaria a cervicodiscoartrosis C6-C7 y Uncoartrosis C5/C6-C6/C7 con ausencia de patología herniaria discal, sin comprometer el canal raquimedular ni foraminal. Actualmente con leve limitación funcional.

    Trocanteritis del femur derecho sin limitación funcional de la cadera. Deambula libre, sin cojera y con carga total de la extremidad, manteniendo correctamente la bipedestación.

    Tendinosis crónica del hombro derecho intervenida mediante artroscopia y moderada tendinopatia degenerativa del manguito rotador del hombro izquierdo sin evidencia de roturas parciales ni completas, sin que haya requerido intervención quirúrgica. Actualmente levemente limitada en sus últimos grados.

    Sindrome del túnel carpiano de la mano derecha intervenido en el 2000 y sindrome del tunel carpiano de la mano izquierda intervenido en el 2011. Resta en la actualidad pequeñas molestias y hormigueos en los dedos, habiendose descartado a través de EMG la afectación de cmprensión de los nervios medios de ambas manos. Sin reprecusión funcional a dicho nivel.

    Osteoporosis postmenopausica sin fracturas espontáneas, sin limitación física ni funcional.

    Trastorno adaptativo mixto que cursa con ansiedad y cuadro depresivo de larga evolución reactivo al sindrome de fibromialgia y con idéntico tratamiento farmacológico en los últimos años."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sra. Celia recurre en suplicación la sentencia dictada en fecha 26 de febrero de 2019 por el Juzgado de lo Social nº 3 de Granollers en los autos nº 594/2018 que, desestimando la demanda, absolvió a la parte demandada de la declaración de la dicha demandante en situación de incapacidad permanente Absoluta, subsidiariamente Total, o subsidiariamente Parcial, derivadas de enfermedad común, articulando cuatro motivos de recurso. En los dos primeros, al amparo del apartado b) del artículo 193 de la LRJS, se pide la modificación de los Hechos Probados Séptimo y Octavo para que, en el Séptimo, se adicione la fecha del juicio del anterior procedimiento de incapacidad permanente, en concreto de la frase: "...El juicio se celebró el 17 de octubre de 2017...". Y para que el Hecho Probado Octavo quede con la siguiente redacción: " - Fibromialgia + Fatiga Crónica asociada con 18/18 puntos de dolor y un FIQ del 97,33%, diagnosticado por Reumatología y debe seguir tratamiento en Clínica del Dolor. Folio 127 y 1328, Folios 129 y 130., Folios 110 y 111. - Lumbalgia crónica secundaria a espondiloartrosis y síndrome facetario lumbar. Tratada con rizólisis química, sin mejoría (Folio 110), persiste dolor en raquis. Portadora de ortesis lumbar (Folio 134 21/03/2018). -Cervicalgia secundaria a uncoartrosis C5-C6 y C6-C7 (Folio 111). Se recomienda a nivel médico no coger peso. -Rizartrosis bilateral de predominio en el carpo derecho, que condiciona dolor y crujidos de la eminencia tenar. En RX 02/2018 se aprecia artrosis trapeciometacarpiana moderada-severa (Folio 128). -Síndrome del túnel carpiano bilateral, intervenido. - Síndrome patelofemoral bilateral. Trocanteritis derecha. Se realizó infiltración sin mejoría (Folio 110). Artrosis de rodillas (Folio 111). - Tendinopatía subacromial derecha intervenida. Artrosis de la 1ª metatarsofalángica de ambos pies, con dolor mecánico en pies en relación a la deambulación. (Folio 111). Dedo en resorte en 3r dedo mano izquierda. (Folio 111). -Osteoporosis (MO 2018: 12-14 08565 T-1,85 (+0.6%), CF 0.4959 T -3-17 (+0.2%). Tras suspensión de tratamiento por intolerancia sigue tratamiento con Prolia inyección subcutánea cada 6 meses. (Folio 110). - Hipotiroidismo (Folio 132). -Transtorno Depresivo Mayor. Episodio Único. Dolor Crónico, tratado con Duloxetina 60 mgs, Alprazolam 0,50 mgs, y Zolpiden 10 mgs. Cuadro depresivo de larga...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR