STSJ Comunidad Valenciana 543/2019, 3 de Diciembre de 2019

PonenteMANUEL JOSE DOMINGO ZABALLOS
ECLIES:TSJCV:2019:6076
Número de Recurso427/2017
ProcedimientoContencioso
Número de Resolución543/2019
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2019
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Recurso Contencioso-Administrativo núm. 427/2017

SALA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 4ª

Magistrados Ilmos. Sres.:

D. Miguel Ángel Olarte Madero, Presidente

D. Manuel José Domingo Zaballos, ponente

Doña Lourdes Pérez Padilla.

SENTENCIA NÚM. 543/19

En Valencia, a tres de diciembre de 2019

Visto por la Sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, constituida por los Sres. Magistrados relacionados en el encabezamiento, los autos del presente recurso contencioso-administrativo número 427/2017, interpuesto por D. Ruperto

, representado por la procuradora doña María Ramírez Vázquez, contra resolución del Conseller de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y cooperación de 21 de julio de 2017, desestimatoria de recurso de reposición entablado contra otra de 8 de mayo de 2017, denegatoria de solicitud de indemnización especial por gastos de defensa en proceso penal con fallo exculpatorio. Ha sido parte demandada en las presentes actuaciones la Generalitat Valenciana, representada y asistida por la Abogada de la Generalitat, siendo Ponente el magistrado Ilmo. Sr. D. Manuel José Domingo Zaballos, que expresa el parecer de la Sala.

Asunto en materia acción administrativa.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Presentó recurso contencioso-administrativo la representación del actor, en fecha 24 de octubre de 2017, contra la desestimación de la solicitud de indemnización especial regulada en el artículo 11.5 de la Ley 10/2005, de 9 de diciembre, de Asistencia Jurídica de la Generalitat. Admitió que fue, se dio trámite al procedimiento.

Segundo

Formalizada demanda el 12 de enero de 2018, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, terminó la parte actora solicitando sentencia por la que se anulara la resolución impugnada y reconociendo el derecho del actor al cobro de 17.786,48 €, en concepto gastos ocasionados de asistencia jurídica en el procedimiento seguido ante el TSJCV, derivado de diligencias previas 1743/2011 del Juzgado de Instrucción nº 21 de Valencia.

Tercero

Contestada la demanda por el Abogado de la Generalitat en fecha 31 de enero de 2018, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió pertinentes, solicitó sentencia con desestimación del recurso.

Cuarto

Se fijó la cuantía del procedimiento en 17.786,48 € mediante Decreto de 31-1-2018.

Quinto

Por auto de 16 de abril de 2018 se recibió el juicio a prueba, admitiéndose documental propuesta por la parte actora, expediente administrativo y dándose por reproducido el documento acompañado con la demanda y abriendo al tiempo trámite de conclusiones.

Sexto

Se presentaron por la representación de la parte actora el 30-4-2018 y por la Generalitat el 15 de mayo de 2019.

Séptimo

Declarándose conclusos los autos por providencia de 28-10-2019, en la misma resolución se fijó día para votación y fallo el 27 de noviembre de 2019, fecha en que ha tenido lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso tiene como objeto (objeto en el sentido del art. 45.1 LJCA) la resolución del Conseller de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación de 21 de julio de 2017, desestimatoria de recurso de reposición entablado contra otra de 8 de mayo de 2017, denegatoria de solicitud de indemnización especial por gastos de defensa en proceso penal con fallo exculpatorio al amparo del artículo

11.5de la Ley 10/2005, de 9 de diciembre, de Asistencia jurídica de la Generalitat.

Pretende el actor dicte sentencia la Sala declarando que tiene derecho al cobro de dicha indemnización, en la suma de 17.786,48€, montante de las facturas por honorarios profesionales de abogado y procurador. Arropa el pedimento alegando en síntesis lo siguiente : a)En lo fáctico que por su condición de Director General de Inmigración y Cooperación Internacional en las Consellerías de Solidaritat y ciudadanía y de Justicia y Bienestar Social fue imputado en el procedimiento seguido ante el...

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