SAP Asturias 358/2019, 20 de Diciembre de 2019
Ponente | JUAN FRANCISCO LABORDA COBO |
ECLI | ES:APO:2019:3226 |
Número de Recurso | 237/2018 |
Procedimiento | Penal. Apelación procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 358/2019 |
Fecha de Resolución | 20 de Diciembre de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 8ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION OCTAVA
GIJON
SENTENCIA: 00358/2019
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ASTURIAS
SECCIÓN OCTAVA -SEDE EN GIJÓN- PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA, NUMERO 1, 2* PLANTA.- GIJON
Teléfono: 985197268/70/71
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MCA
Modelo: SE0200
N.I.G.: 33024 43 2 2001 0400795
RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000237 /2018
Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de GIJON
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000041 /2013
Delito: DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA
Recurrente: Jose Pablo, Carlos Ramón, Carlos Miguel
Procurador/a: D/Dª PEDRO PABLO OTERO FANEGO, VICTORIA ESTRADA GARCIA, JAIME TUERO DE LA CERRA
Abogado/a: D/Dª JOSE CARLOS GARCIA BOTAS, CARLOS MORO BAIZAN, LUIS TUERO FERNANDEZ
Recurrido: ABOGADO DEL ESTADO, MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª,
Abogado/a: D/Dª,
SENTENCIA Nº 358 /2019
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
ILMO. SR. D. JUAN LABORDA COBO
MAGISTRADOS:
ILMA. SR. Dª Mª PIEDAD LIEBANA RODRIGUEZ.
ILMO. SR. D. JOSE MANUEL TERAN LOPEZ
En Gijón, a veinte de diciembre de dos mil diecinueve.
VISTA, en grado de apelación, por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, sede en Gijón, compuesta por los Magistrados que constan al margen, la causa Procedimiento Abreviado nº 41 de 2013 dimanante del Juzgado de lo Penal nº 2 de Gijón sobre DELITO CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA POR FRAUDE DE SUBVENCIONES, que dio lugar al Rollo de Apelación nº 237 de 2018 de esta Sala, entre partes, como apelantes Jose Pablo, representado por el Procurador D. Pedro Pablo Otero Fanego y defendido por el Letrado
D. José Carlos Botas García; Carlos Ramón, representado por la procuradora Dª Victoria Estrada García y defendido por el Letrado D. Pedro Crespo Lavedán, Carlos Miguel, representado por el Procurador D. Jaime Tuero de la Cerra y defendido D. Luis Tuero Fernández, y como apelado el ABOGADO DEL ESTADO, siendo asimismo parte EL MINISTERIO FISCAL, designado como PONENTE el ILMO. SR. D. JUAN LABORDA COBO, y fundados en los siguientes:
El Juzgado de lo Penal Nº 2 de Gijón dictó sentencia en la referida causa el 28 de diciembre de 2017 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
" Fallo: Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Jose Pablo con documento de identidad nº NUM000 como autor criminalmente responsable de un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social previsto y penado en el artículo 308.2 del Código Penal en relación con el ejercicio correspondiente al año 1.998, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a las penas de:
2 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
6.177.183 € de multa con una responsabilidad personal subsidiaria, para el caso de impago, de un mes de privación de libertad por cada duodécima parte de la multa impuesta no satisfecha con una duración máxima de 12 meses.
4 años y 6 meses de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Jose Pablo con documento de identidad nº NUM000 como autor criminales responsable de un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social previsto y penado en el artículo 308.2 del Código Penal en relación con el ejercicio correspondiente al año 1.999, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a las penas de:
2 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
9.799.248 € de multa con una responsabilidad personal subsidiaria, para el caso de impago, de un mes de privación de libertad por cada duodécima parte de la multa impuesta no satisfecha con una duración máxima de 12 meses.
4 años y 6 meses de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Jose Pablo con documento de identidad nº NUM000 como autor criminalmente responsable de un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social previsto y penado en el artículo 308.2 del Código Penal en relación con el ejercicio correspondiente al año 2.000, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a las penas de:
2 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
187.832 € de multa con una responsabilidad personal subsidiaria, para el caso de impago, de un mes de privación de libertad por cada duodécima parte de la multa impuesta no satisfecha con una duración máxima de 12 meses.
4 años y 6 meses de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Carlos Ramón con documento de identidad nº NUM001 como cooperador necesario criminalmente responsable de un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social previsto y penado en el artículo 308.2 del Código Penal en relación con el ejercicio correspondiente al año
1.998, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a las penas de:
1 año y 9 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
6.177.183 € de multa con una responsabilidad personal subsidiaria, para el caso de impago, de un mes de privación de libertad por cada novena parte de la multa impuesta no satisfecha con una duración máxima de 9 meses.
3 años y 9 meses de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Carlos Ramón con documento de identidad nº NUM001 como autor en la modalidad de cooperador necesario criminalmente responsable de un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social previsto y penado en el artículo 308.2 del Código Penal en relación con el ejercicio correspondiente al año 1.999, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a las penas de:
1 año y 9 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
9.799.248 € de multa con una responsabilidad personal subsidiaria, para el caso de impago, de un mes de privación de libertad por cada novena parte de la multa impuesta no satisfecha con una duración máxima de 9 meses.
3 años y 9 meses de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Carlos Ramón con documento de identidad nº NUM001 como autor en la modalidad de cooperador necesario criminalmente responsable de un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social previsto y penado en el artículo 308.2 del Código Penal en relación con el ejercicio correspondiente al año 2.000, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a las penas de:
1 año y 9 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
187.832 € de multa con una responsabilidad personal subsidiaria, para el caso de impago, de un mes de privación de libertad por cada novena parte de la multa impuesta no satisfecha con una duración máxima de 9 meses.
3 años y 9 meses de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Carlos Miguel con documento de identidad nº NUM002 como autor en la modalidad de cooperador necesario criminalmente responsable de un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social previsto y penado en el artículo 308.2 del Código Penal en relación con el ejercicio correspondiente al año 1.998, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a las penas de:
1 año y 9 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
6.177.183 € de multa con una responsabilidad personal subsidiaria, para el caso de impago, de un mes de privación de libertad por cada novena parte de la multa impuesta no satisfecha con una duración máxima de 9 meses.
3 años y 9 meses de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Carlos Miguel con documento de identidad nº NUM002 como autor en la modalidad de cooperador necesario criminalmente responsable de un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social previsto y penado en el artículo 308.2 del Código Penal en relación con el ejercicio correspondiente al año 1.999, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a las penas de:
1 año y 9 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
9.799.248 € de multa con una responsabilidad personal subsidiaria, para el caso de impago, de un mes de privación de libertad por cada novena parte de la multa impuesta no satisfecha con una duración máxima de 9 meses.
3 años y 9 meses de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Carlos Miguel con documento de identidad nº NUM002 como autor en la modalidad de...
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