STSJ País Vasco 2097/2019, 19 de Noviembre de 2019
Ponente | JESUS PABLO SESMA DE LUIS |
ECLI | ES:TSJPV:2019:3441 |
Número de Recurso | 1949/2019 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 2097/2019 |
Fecha de Resolución | 19 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Social |
RECURSO N.º: Recurso de suplicación 1949/2019
NIG PV 20.05.4-19/000471
NIG CGPJ 20069.34.4-2019/0000471
SENTENCIA N.º: 2097/2019
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
En la Villa de Bilbao, a 19/11/2019.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Ilmos./Ilmas. Sres./Sras. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en Funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y Dª ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, Magistrados/as, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación interpuesto por Carlota contra la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 3 de los de DONOSTIA / SAN SEBASTIÁN de fecha 19 de julio de 2019, dictada en proceso sobre RPC, y entablado por Carlota frente a DEPARTAMENTO DE EDUCACION DEL GOBIERNO VASCO .
Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:
" PRIMERO. Que Dª. Carlota y el Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco suscribieron el día 23 de febrero de 2009 un "Contrato laboral de interinidad", hasta la cobertura de vacante, en virtud del cual la trabajadora demandante prestaría servicios como limpiadora en el IES AzkoitiaAzpeitia BHI, percibiendo un salario medio bruto mensual de 1.945,58 euros.
Que a esta relación laboral resulta de aplicación el Convenio Colectivo en vigor para el personal laboral del departamento público demandado.
Que el día 31 de agosto de 2018, el Departamento de Educación del Gobierno Vasco comunicó a la Sra. Carlota, que de acuerdo con la cláusula séptima de su contrato de trabajo, el día 1 de septiembre de 2018, tendría lugar el cese de la relación laboral.
Que el puesto de trabajo que había venido siendo ocupado por la trabajadora demandante, fue adjudicado a la Sra. Coro, mediante resolución de fecha 22 de junio de 2018 dictada por el Director de gestión del personal del departamento de Educación del Gobierno, mediante la cual se resolvía definitivamente el concurso de traslados del personal laboral de limpieza y cocina de dicho departamento, convocado con fecha 10 de mayo de 2018.
Que el Departamento de Educación del Gobierno vasco no abonó cantidad alguna a la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS 1076/2021, 2 de Noviembre de 2021
...de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de fecha 19 de noviembre de 2019, recaída en el recurso de suplicación núm. 1949/2019, que resolvió el formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de Donostia/San Sebastián, dictada el 19 de julio de 2019, en l......