STSJ País Vasco 324/2019, 18 de Noviembre de 2019

PonenteLUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA
ECLIES:TSJPV:2019:3290
Número de Recurso499/2018
ProcedimientoContencioso
Número de Resolución324/2019
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO N.º 499/2018

PROCEDIMIENTO ORDINARIO

SENTENCIA NÚMERO 324/2019

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. LUIS ÁNGEL GARRIDO BENGOETXEA

MAGISTRADOS:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANÍA

D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ

En Bilbao, a dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve.

La Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados/as antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 499/2018 y seguido por el procedimiento ordinario, en el que se impugna la decisión de la Subdirección General de Recursos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, fechada el 8 de agosto de 2.017 por la que, a efectos de ejecutar el Auto de 24 de Julio de 2.017 del Juzgado Central Contencioso-Administrativo nº 10 que acordaba la ejecución provisional de Sentencia de 21 de Diciembre de 2.016, relativa a sanciones disciplinarias, -recaída en Rec. nº 94/2016-, se reingresaba a la recurrente al servicio activo en puesto del Centro Penitenciario de Dueñas (Palencia) con nombramiento mediante documento de formalización F-6 a tal f‌in.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE : Doña Beatriz, representada por la Procuradora Doña MARTA EZCURRA FONTÁN y dirigida por el Letrado Don JOSÉ MANUEL MARIÑELARENA GARCIANDIA.

- DEMANDADA : La ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (MINISTERIO DEL INTERIOR), represenada y dirigida por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANÍA.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

El día 8 dejunio de 2018 tuvo entrada en esta Sala el Procedimiento Abreviado 118/2017 del Juzgado Central de los Contencioso Administraivo número 6 que por auto de fecha 4 de abril de 2018 declaró

la incompetencia de ese Juzgado para conocer del presente recurso remitiendo las acturaciones a esta Sala; quedando registrado dicho recurso con el número 1033/2018.

SEGUNDO

En el escrito de demanda se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia en base a los hechos y fundamentos de derecho en él expresados y que damos por reproducidos.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestimaran los pedimentos de la actora.

CUARTO

Por Decreto de 15 de enero de 2019 se f‌ijó como cuantía del presente recurso la de indeterminada.

QUINTO

La Procuradora Doña Marta Ezkurra Fontán, en nombre y representación de Doña Beatriz, presentó escrito en fecha 11 de febrero de 2019 solicitando la suspensión del procedimiento.

SEXTO

Por decreto de fecha 25 de febrero de 2019 se accedió a lo solicitado y se suspendió el curso de los autos por plazo no superior a sesenta días.

SÉPTIMO

Por diligencia de ordenación de 3 de junio de 2019 y en virtud de escrito presentado por la Procuradora Doña Marta Ezkurra Fontán se reanudó el curso de las actuaciones.

OCTAVO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.

NOVENO

Por resolución de fecha 8 de noviembre de 2019 se señaló el pasado día 14 de noviembre de 2019 para la votación y fallo del presente recurso.

DÉCIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

I

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo, -que trae origen en la inhibición por partedel Juzgado Central de lo C-A nº 6 en el R.C-A nº 118/2017-, se interpuso frente a la decisión de la Subdirección General de Recursos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, fechada el 8 de agosto de 2.017 por la que, a efectos de ejecutar el Auto de 24 de Julio de 2.017 del Juzgado Central Contencioso-Administrativo nº 10 que acordaba la ejecución provisional de Sentencia de 21 de Diciembre de

2.016, relativa a sanciones disciplinarias, -recaída en Rec. nº 94/2016-, se reingresaba a la recurrente al servicio activo en puesto del Centro Penitenciario de Dueñas (Palencia) con nombramiento mediante documento de formalización F-6 a tal f‌in.

En un segundo escrito de demanda que, tras recepcionarse las actuaciones en esta Sala, se registraba el 17 de octubre de 2.018, -f. 223 a 232 de estos autos-, aludió la parte recurrente a que por Sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia nacional de 7 de diciembre de 2.017, -f. 233 a 237-, se había estimado recurso de apelación contra aquella Sentencia a instancia de la recurrente, con anulación de la sanción más grave impuesta de un año de suspensión f‌irme de funciones.

Con posterioridad, por medio de escrito registrado el 11 de Febrero de 2.019, la parte actora solicitaba la SUSPENSIÓN del curso del presente proceso, habida cuenta de que se seguía ante el Juzgado Central sentenciador un incidente de ejecución forzosa de la Sentencia que había f‌inalmente recaído, en el que se pretendía que se le reconociese una...

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