ATSJ País Vasco 131/2019, 11 de Noviembre de 2019
Ponente | ANGEL RUIZ RUIZ |
ECLI | ES:TSJPV:2019:490A |
Número de Recurso | 694/2018 |
Procedimiento | Contencioso |
Número de Resolución | 131/2019 |
Fecha de Resolución | 11 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
EAEko AUZITEGI NAGUSIA ADMINISTRAZIOAREKIKO AUZIEN SALA
BARROETA ALDAMAR, 10-2ª Planta-CP: 48001 Bilbao
TEL. : 94-4016655 FAX : 94-4016996
NIG PV: 00.01.3-18/000626
NIG CGPJ: 48020.33.3-2018/0000626
Procedimiento: Procedimiento ordinario 694/2018 - Seccion 2ª AMS
Demandante: GRAN HOTEL ERCILLA S.A.
Representante: GERMAN ORS SIMON
Demandado: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL-DIRECCION PROVINCIAL DE BIZKAIARepresentante: SERVICIO JURIDICO DE LA TGSS EN BIZKAIA
Otros demandados: Julieta,
Otros demandados: Loreto,
Otros demandados: Margarita,
Otros demandados: Marisa,
Otros demandados: Matilde,
Otros demandados: Micaela
Otros demandados: Miriam
Representante: MARIA TERESA FARIÑAS GARRIDO, Representante: BEGOÑA LOPEZ DEL HOYO, Representante: MARTA EZCURRA FONTAN, Representante: MARIA TERESA FARIÑAS GARRIDO
ACTUACIÓN RECURRIDA: RESOLUCION DE 18-7-18 DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE BIZKAIA DE LA T.G.S.S. DESESTIMATORIA DEL RECURSO DE ALZADA INTERPUESTO CONTRA RESOLUCION DE 17-5-18 SOBRE CAMBIO DE CONTRATO. EXPTE. SIMAD NUM000 . $
AUTO Nº 131/2019
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE: ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL
MAGISTRADOS: ÁNGEL RUIZ RUIZ
JOSÉ ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA
Siendo Ponente D. Ángel Ruiz Ruiz.
En Bilbao, a once de noviembre de dos mil diecinueve.
El presente recurso contencioso-administrativo ha sido interpuesto por el Procurador German Ors Simón en nombre y representación de Gran Hotel Ercilla S.A. contra la actuación administrativa referenciada.
La parte recurrente ha presentado escrito de desistimiento del recurso.
Tras verificar que el representante en juicio del recurrente estaba autorizado para desistir, se ha dado traslado de la solicitud a las demás partes, que si bien no se han opuesto al desistimiento instado, la Procuradora María Teresa Fariñas Garrido en nombre y representación de Dª. Micaela y Dª. Julieta, han solicitado la imposición de costas.
Establece el artículo 74.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), que el recurrente podrá desistir del recurso en cualquier momento anterior a la sentencia, estableciendo el apartado 2, como requisito formal, que el representante esté autorizado para ello, o ratifique el representado la solicitud, y si quien desiste es la Administración Pública, que presente testimonio del acuerdo adoptado por el órgano competente, requisito cumplido en el presente caso.
Añade el apartado tercero que el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado a las demás partes, y en los supuestos de acción popular al Ministerio Fiscal, por plazo común de cinco días y si prestaren su conformidad al desistimiento o no se opusieren a él, dictará decreto en el que declarará terminado el procedimiento, ordenando el archivo de los autos y la devolución del expediente administrativo a la oficina de procedencia; en otro caso, o cuando apreciare daño para el interés público, dará...
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