ATSJ País Vasco 131/2019, 11 de Noviembre de 2019

PonenteANGEL RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJPV:2019:490A
Número de Recurso694/2018
ProcedimientoContencioso
Número de Resolución131/2019
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

EAEko AUZITEGI NAGUSIA ADMINISTRAZIOAREKIKO AUZIEN SALA

BARROETA ALDAMAR, 10-2ª Planta-CP: 48001 Bilbao

TEL. : 94-4016655 FAX : 94-4016996

NIG PV: 00.01.3-18/000626

NIG CGPJ: 48020.33.3-2018/0000626

Procedimiento: Procedimiento ordinario 694/2018 - Seccion 2ª AMS

Demandante: GRAN HOTEL ERCILLA S.A.

Representante: GERMAN ORS SIMON

Demandado: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL-DIRECCION PROVINCIAL DE BIZKAIARepresentante: SERVICIO JURIDICO DE LA TGSS EN BIZKAIA

Otros demandados: Julieta,

Otros demandados: Loreto,

Otros demandados: Margarita,

Otros demandados: Marisa,

Otros demandados: Matilde,

Otros demandados: Micaela

Otros demandados: Miriam

Representante: MARIA TERESA FARIÑAS GARRIDO, Representante: BEGOÑA LOPEZ DEL HOYO, Representante: MARTA EZCURRA FONTAN, Representante: MARIA TERESA FARIÑAS GARRIDO

ACTUACIÓN RECURRIDA: RESOLUCION DE 18-7-18 DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE BIZKAIA DE LA T.G.S.S. DESESTIMATORIA DEL RECURSO DE ALZADA INTERPUESTO CONTRA RESOLUCION DE 17-5-18 SOBRE CAMBIO DE CONTRATO. EXPTE. SIMAD NUM000 . $

AUTO Nº 131/2019

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE: ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL

MAGISTRADOS: ÁNGEL RUIZ RUIZ

JOSÉ ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA

Siendo Ponente D. Ángel Ruiz Ruiz.

En Bilbao, a once de noviembre de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo ha sido interpuesto por el Procurador German Ors Simón en nombre y representación de Gran Hotel Ercilla S.A. contra la actuación administrativa referenciada.

SEGUNDO

La parte recurrente ha presentado escrito de desistimiento del recurso.

TERCERO

Tras verif‌icar que el representante en juicio del recurrente estaba autorizado para desistir, se ha dado traslado de la solicitud a las demás partes, que si bien no se han opuesto al desistimiento instado, la Procuradora María Teresa Fariñas Garrido en nombre y representación de Dª. Micaela y Dª. Julieta, han solicitado la imposición de costas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Establece el artículo 74.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), que el recurrente podrá desistir del recurso en cualquier momento anterior a la sentencia, estableciendo el apartado 2, como requisito formal, que el representante esté autorizado para ello, o ratif‌ique el representado la solicitud, y si quien desiste es la Administración Pública, que presente testimonio del acuerdo adoptado por el órgano competente, requisito cumplido en el presente caso.

Añade el apartado tercero que el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado a las demás partes, y en los supuestos de acción popular al Ministerio Fiscal, por plazo común de cinco días y si prestaren su conformidad al desistimiento o no se opusieren a él, dictará decreto en el que declarará terminado el procedimiento, ordenando el archivo de los autos y la devolución del expediente administrativo a la of‌icina de procedencia; en otro caso, o cuando apreciare daño para el interés público, dará...

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