STSJ Andalucía 2483/2019, 5 de Noviembre de 2019

PonenteINMACULADA MONTALBAN HUERTAS
ECLIES:TSJAND:2019:17274
Número de Recurso5178/2019
ProcedimientoRecurso de apelación. Contencioso
Número de Resolución2483/2019
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

Sede en Granada.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Tercera

RECURSO DE APELACIÓN Núm. 5178/2019

SENTENCIA NÚM. 2483 DE 2.019

Iltma. Sra. Presidenta:

Dª Inmaculada Montalbán Huertas

Iltmas. Sras. Magistradas:

Dª María del Mar Jiménez Morera

Dª María Rosa López -Barajas Mira

_____________________________________

En la ciudad de Granada, a cinco de noviembre de dos mil diecinueve.

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Tercera, sede en Granada, se han tramitado los autos del recurso de apelación número 5178/2019, dimanante de Pieza de Medidas Cautelares número 83. 2/2019, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Almería.

En calidad de APELANTE consta la Procuradora doña Mª Dolores Pérez Muros, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Mojácar, asistido del letrado don Federico Lara González

En calidad de parte APELADA constan la procuradora doña Maria Luisa Labella Medina, en nombre y representación de RUBIA ASCASIBAR S.L. asistida del letrado don Ramón Ruiz Medina.

Ha sido Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª Inmaculada Montalbán Huertas, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación tiene por objeto el auto de 31/05/2019 que desestima la solicitud de modif‌icación de la medida cautelar adoptada mediante auto de fecha 25/02/2019, consistente en la suspensión de la efectividad de los apartados Quinto y Sexto del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mojacar en fecha 29 de noviembre de 2018.

SEGUNDO

La representación procesal del Ayuntamiento de Mojácar pretende la revocación del citado Auto, por infracción legal a la vista de cambio de circunstancias que justif‌ican el cese de la medida judicial de suspensión cautelar

La representación procesal de la mercantil recurrente presentó escrito de oposición al recurso de apelación solicitando la conf‌irmación del Auto.

TERCERO

Conclusa la tramitación de la apelación el Juzgado elevó los autos. Las partes no solicitaron vista ni conclusiones.

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día y hora señalado en autos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El auto objeto del recurso de apelación desestima la solicitud de modif‌icación de la medida cautelar adoptada mediante auto de fecha 25/02/2019, consistente en la suspensión de la efectividad de los apartados 5 y 6 del acuerdo de incoación de expediente sancionador seguido contra los titulares del local denominado "MAUI". En dichos apartados el Ayuntamiento acordaba, cautelarmente, la clausura del local por infracción grave consistente en no contar con las autorizaciones para desarrollar actividad recreativa de hostelería con música, que desarrolla en el citado establecimiento en el Paseo del Mediterráneo de Mojácar.

Argumenta el Ayuntamiento apelante, en síntesis, que procede modif‌icar la suspensión cautelar acordada judicialmente, en atención a que la llegada del buen tiempo y de la temporada turística, ha determinado la programación de una actuación para el sábado 1 de junio de 2019 de un artista conocido - con convocatoria a través de las redes sociales - junto con otros...

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